¿Qué debo saber antes de contratar un seguro de desgravamen y qué hacer si la aseguradora se niega a activarlo?

Por Milagros Gonzáles Sánchez | 12 Junio, 2022



Si solicitas un préstamo hipotecario, vehicular, de consumo o usas tarjetas de crédito, estás obligado a contratar un seguro de desgravamen, que cubre el pago de la deuda, en caso de fallecimiento o invalidez. Convoca a tu servicio te explica en que consiste este producto, si es obligatorio adquirir el que te ofrece la entidad financiera con la que firmas el contrato y cómo tus familiares pueden activarlo. Además, te brindamos las recomendaciones de Eveling Roa, especialista en protección del consumidor del Indecopi.

El seguro de desgravamen es un pago que estamos obligados a realizar al acceder a un préstamo para que, en caso de fallecer o quedar en condición de invalidez total y permanente, nuestra familia quede libre de continuar pagando esa deuda. Es importante conocer en qué condiciones se contrata este seguro, cómo activarlo y qué hacer ante posibles controversias con las aseguradoras..

Precisamente, en el 2021, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, Indecopi, impuso una multa a la compañía de seguros Mapfre por negarse a ejecutar la cobertura del seguro de desgravamen ante el fallecimiento de un cliente por Covid-19. La aseguradora argumentó, inicialmente, que la póliza contemplaba como causal de exclusión el fallecimiento del asegurado por una enfermedad declarada como epidemia por el Ministerio de Salud (Minsa).

Sin embargo, al amparo de la Ley N° 29946, Ley del Contrato de Seguro, que establece que las exclusiones de cobertura deben interpretarse literalmente y, en caso de dudas, a favor del asegurado; la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi precisó que el fallecimiento del asegurado fue consecuencia del Covid-19, una enfermedad que, previamente, había sido declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una pandemia, dándole la razón a la esposa de la víctima. La compañía de seguros Mapfre apeló, por  lo cual, el caso aún se mantiene abierto.

Convoca a tu servicio te explica qué es el seguro de desgravamen, si estás obligado a contratarlo, cómo puedes activarlo y la normativa que protege a los ciudadanos ante posibles improcedencias injustificadas de las aseguradoras. y te brindamos las recomendaciones de Eveling Roa, Secretaria Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N °1 del Indecopi.

 ✔ ¿Qué es el seguro de desgravamen?

Es un seguro que sirve para pagar la deuda que mantienes con alguna entidad financiera en caso de que fallezcas. De esta manera, se beneficiarán tus herederos, quienes quedarán liberados de la obligación de pago del crédito.

 

✔ ¿Qué cubre el seguro de desgravamen?

Los diversos productos bancarios o financieros, como préstamos hipotecarios, vehiculares, de consumo y tarjetas de crédito, cuentan con seguros de desgravamen con diferentes tipos de coberturas.

Algunos seguros de desgravamen cubren sólo en caso de muerte de la persona que adquirió el producto financiero o invalidez. Algunas empresas bancarias ponen condiciones para la activación de este seguro y hacen distinciones entre muerte natural o accidental y otras ofrecen coberturas adicionales, tales como desempleo o problemas patrimoniales.

 

Seguro de Desgravamen

 

✔ ¿Es obligatoria la contratación de este seguro?

No. Sin embargo, algunas entidades financieras exigen la contratación de un seguro de desgravamen como condición necesaria para otorgar un crédito.

 

✔ ¿Estoy obligado a contratar el seguro de desgravamen con la aseguradora que determine la entidad financiera que me brindó el crédito?

No. Puedes elegir el seguro de desgravamen con la aseguradora de tu preferencia y que cumpla los requisitos mínimos establecidos por la entidad financiera. Sin embargo, la entidad financiera que te otorga el crédito debe sugerir, por lo menos, una alternativa de seguro de desgravamen con rescate o devolución.

Si decides contratar una aseguradora que no fue ofrecida por la entidad financiera, no debe generarte una comisión o gasto adicional.

 

✔ ¿Qué ocurre si la aseguradora que elijo no es aceptada por la entidad financiera?

Si presentaste una solicitud de endoso y es rechazada, la entidad financiera debe avisarte de este hecho y las causas, dentro de los 20 días posteriores a la presentación de la solicitud con la documentación completa.

✔ ¿Debo pagar alguna comisión o pago extra si quiero elegir una aseguradora fuera de las propuestas que me ofrece la entidad financiera?

No. Las empresas se encuentran prohibidas de establecer comisiones o gastos relacionados a la elección de un seguro de desgravamen, si decides contratar a una aseguradora diferente a la ofrecida por la empresa, incluyendo, las comisiones o gastos correspondientes a la evaluación de la póliza del seguro de desgravamen.

 

✔ ¿Estoy obligado a contratar otro tipo de seguros o coberturas aparte del seguro de desgravamen al acceder a un crédito?

No. La entidad financiera solo puede ofrecer otras coberturas señalándolas como adicionales, a través de cláusulas adicionales, Esta contratación es independiente del acceso al crédito y requiere de tu consentimiento expreso como usuario.

 

✔ ¿Cuál es el monto que debo pagar por el seguro de desgravamen?

El monto que se debe pagar por el seguro de desgravamen depende del convenio de las entidades financieras con las aseguradoras y del tipo de producto financiero que se ha contratado, como préstamos hipotecarios, vehiculares, de consumo o tarjetas de crédito.

A partir del 10 de agosto de 2022 está vigente la Resolución Nº 1147-2021, que señala que la entidad financiera debe calcular el cobro del seguro de desgravamen en proporción a la parte del préstamo que está pendiente de pagar (saldo insoluto). Para el caso de tarjetas de crédito, el monto a pagar por el seguro de desgravamen debe ser proporcional al promedio de los saldos diarios que se adeudan del periodo de facturación del cliente (créditos revolventes).


✔ ¿Por cuánto tiempo debo pagar el seguro de desgravamen que contraté al acceder a un crédito?

Se paga el tiempo en el que se ha acordado pagar las cuotas del crédito. El seguro de desgravamen ofrecido por las empresas debe cubrir el fallecimiento e invalidez total y permanente, cuyo plazo de vigencia corresponde al plazo del crédito.

 

✔ Cuando termino de pagar mi deuda, ¿me devolverán el monto que pagué por el seguro de desgravamen?

Esto es depende a la póliza que contrataste ya que algunos planes de cobertura ofrecen el rescate o devolución de la prima pagada cuando se salda la deuda del producto financiero.

Sin embargo, desde el 10 de agosto del 2022 entrará vigencia la Resolución Nº 1147-2021, que señala que las entidades financieras deberán sugerir a sus clientes alternativas de seguro de desgravamen que no solo cubran el fallecimiento e invalidez total y permanente del asegurado, sino que, al concluir el pago de la deuda, se le devuelva al cliente una fracción por sobrevivencia, remarcó para Convoca a tu servicio, Eveling Roa, Secretaria Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N °1 del Indecopi.

 

✔ ¿Qué sucede con el seguro de desgravamen si he decidido refinanciar una deuda?

En caso de refinanciar o reprogramar la deuda, el cliente debe avisar a la aseguradora para que ésta revise las condiciones de la cobertura y verifique si corresponde cobrar una extra prima.

En el caso de un traslado de la deuda a otra entidad financiera, el cliente podría firmar un nuevo contrato por seguro de desgravamen.
 

✔ Al momento de fallecimiento del contratante, ¿cómo pueden los beneficiarios activar el seguro de desgravamen?

Los herederos deberán declarar el fallecimiento en las oficinas de la entidad financiera o los canales virtuales que ésta disponga. Deben entregar los documentos requeridos por la aseguradora y la entidad financiera, que se detallan en el certificado del seguro de desgravamen que se contrató.

✔ Al fallecer el contratante, o quedar en invalidez total permanente, ¿qué documentos solicita la aseguradora a los beneficiarios para activar el seguro de desgravamen?

Entre los documentos que podrían ser requeridos por la aseguradora al solicitar la cobertura del seguro de desgravamen por fallecimiento del contratante, o quedar este en invalidez total permanente, están:

Datos personales del solicitante:

DNI, celular, domicilio, correo electrónico, parentesco con el asegurado.

Datos sobre el crédito obtenido por el contratante y el estado de la deuda:

El monto original.

- Fecha de desembolso.

- Monto original y saldo insoluto del capital a la fecha de ocurrencia del siniestro emitido por la entidad financiera.

- Certificado de Seguro de Desgravamen.

Documentos relacionados al fallecimiento del contratante:

Certificado médico  de defunción, partida o acta de defunción, certificado de necropsia (originales o copias legalizadas).

- Copia fedateada de historia clínica.

- Atestado policial completo de ser el caso (copia simple).

- Testamento, declaratoria de herederos o sucesión intestada.

Documentos relacionados a la declaratoria de invalidez total permanente del contratante:

- Certificación Médica o Dictamen de Incapacidad Total y Permanente emitida por ESSALUD, MINSA o COMAFP (Comisión Médica de AFP).

- Atestado Policial en caso de accidente o Resolución final de Fiscalía.

- Historia clínica foliada y fedateada.
 

✔ ¿Bajo qué normas puede proceder el Indecopi para resolver casos entre quienes contratan el seguro de desgravamen y la compañía de seguros?

Se puede interponer un proceso administrativo ante el Indecopi al amparo del Código de Protección y Defensa del Consumidor, si se demuestra una infracción de la empresa a esta norma.

En el precedente de 2021 que permitió a la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi ordenar a una aseguradora a activar el seguro de desgravamen de un cliente fallecido por Covid-19, después de la denuncia presentada por la viuda de la víctima, fue debido a que, en primera instancia, se acreditó que la empresa cuestionada había infringir los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor:

Estos artículos señalan que, “se entiende por idoneidad la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamente recibe, en función a lo que se le hubiera ofrecido, la publicidad e información transmitida, las condiciones y circunstancias de la transacción, las características y naturaleza del producto o servicio, el precio, entre otros factores” y que “El proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos… por la falta de conformidad entre la publicidad comercial de los productos y servicios y éstos, así como por el contenido”.

✔ ¿Cómo puedo denunciar ante el Indecopi si una aseguradora se niega a activar el segro de desgravamen?

"En cuanto a las controversias referidas al seguro de desgravamen, la instancia competente es la Comisión de protección del consumidor N° 1 (de Indecopi). Entonces, el cliente puede presentar su denuncia en las instalaciones de Indecopi, hay una tasa administrativa que se paga que es de S/ 36 y una vez que sea admitida a trámite la denuncia, inicia el procedimiento administrativo”, explica Eveling Rosa, funcionaria del Indecopi.

Para interponer estas denuncias, puedes acudir a las oficinas de Indecopi a nivel nacional o si deseas hacerlo virtualmente, es a través de mesa de partes de Indecopi haciendo clic AQUÍ.

 

desgravamen

 

✔ En cuanto tiempo obtiene el cliente que interpuso una denuncia ante el Indecopi en contra de una compañia aseguradora por la cobertura del seguro de desgravamen?

“La  Comisión de Protección al Consumidor N °1 tiene un plazo de hasta 120 días para emitir un pronunciamiento en primera instancia por estos casos”, precisó Eveling Roa, especialista en protección al consumidor del Indecopi.

Roa agrega que, en caso de que la aseguradora responda con una apelación a las medidas que se determinen en primera instancia, las autoridades en Indecopi tienen un plazo máximo de 120 para emitir otro pronunciamiento y resolver la controversia.

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