Si tienes una marca de un producto o servicio, puedes registrarla ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), para proteger tu derecho a utilizarla o conceder una licencia a un tercero a cambio de un pago. Este registro también impedirá que otros se aprovechen de tu esfuerzo lucrando con los signos distintivos de tu marca.
Hace unos días, Convoca.pe detectó que una empresa sin Registro Único de Contribuyentes (RUC) habría usado indebidamente el nombre y el logo de una reconocida universidad privada en un evento realizado en las instalaciones del Congreso de la República, organizado por el parlamentario de Renovación Popular, Javier Padilla Romero. Por ello, es importante qué hacer ante estas situaciones.
Convoca a tu servicio te explica cómo proteger la marca de tu empresa y denunciar su uso indebido en el Indecopi. Además, entrevistamos a Juan Lino, coordinador del área de Infracciones de la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi, quién brinda recomendaciones y explica cuáles son las sanciones por infringir el Decreto Legislativo 1075, que reglamenta las medidas para proteger las marcas de productos y servicios.
La marca que desees registrar ante el Indecopi puede ser una palabra o combinación de palabras, logotipos, emblemas, escudos, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, monogramas, retratos, etiquetas, sonidos y olores, letras y números, un color delimitado por una forma o combinación de colores, en forma de productos, envases o envolturas o cualquier combinación de los signos señalados.
El registro de una marca otorga a su dueño el derecho de autorizar el uso de su marca o signos similares a otros. Esta autorización es conocida como “Licencia de marca”
Cuando una persona, empresa o entidad utiliza sin autorización un signo igual o similar o confundible con una marca ya registrada, y lo hace para distinguir sus propios productos o servicios, se configura una infracción a la propiedad industrial, pasible de sanción.
Aparte de las medidas que se dicten por la vía de un proceso administrativo ante el Indecopi, como medidas cautelares para interrumpir o evitar que se reproduzca el uso indebido de una marca, este organismo podrá imponer sanciones que van desde la amonestación hasta multas de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), cuyo valor en 2022 es de S/ 4600 cada una.
“Entre las medidas correctivas tenemos el decomiso de productos a la persona infractora En el caso de prestación de servicios, lo que puede decomisarse es el material publicitario y, como medida cautelar, podría dictarse el cese de uso”, agrega Juan Lino, coordinador del área de Infracciones de la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi.
Es legalmente posible hacer uso de una marca ajena sin autorización de su dueño, si su uso se limita a propósitos informativos, se emplea con buena fe y no induce a la confusión a los consumidores.
Aunque una marca no sea utilizada con fines distintivos por terceros, sino únicamente con razones informativas, pero se determina que este uso pudo causar confusión en el público, se habrá configurado una infracción sancionable, detalla el Decreto Legislativo 1075, que reglamenta las medidas para proteger las marcas de productos y servicios, las cuales están comprendidas dentro de la propiedad industrial.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) se encarga de conocer y resolver, en primera instancia, todo lo relativo a marcas de producto o de servicio, nombres comerciales, lemas comerciales, marcas colectivas; y tiene a su cargo el registro de contratos que contengan licencias sobre signos distintivos, a través de la Dirección de Signos Distintivos.
El Indecopi también se encarga de conocer y resolver, en primera instancia, todo lo relativo a patentes de invención, certificados de protección, modelos de utilidad, diseños industriales y esquemas de trazado de circuitos integrados; específicamente a través de La Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías.
- Debes contar con una dirección de correo electrónico, para las notificaciones del procedimiento que realizarás.
- Si eres una persona jurídica, debes contar con una copia simple de la partida registral y asiento o simplemente señalar en tu solicitud el número de estos documentos.
- Si vas a registrar tu marca de manera presencial, debes agregar dos copias del formulario de solicitud, correctamente llenado y la imagen de tu marca impresa, de ser el caso, con dos copias impresas, de preferencia de 5 x 5 cm en blanco y negro o a color.
Paso 1
Si haces el trámite de manera virtual, debes crear un usuario en la plataforma de solicitud de registro de marcas, haciendo clic AQUÍ. Luego, haz clic en 'Ingreso de solicitudes', elige tu tipo de solicitud y completa los datos. Para consignar la clase de la marca que deseas registrar, revisa el clasificador de producto y servicios Peruanizado de Indecopi, haciendo clic AQUÍ.
Paso 2
Debes pagar una tasa de S/ 534,99 en el Banco de la Nación, con el código 201000562, por el arancel de “Registro de marca y/o servicio”, o en la plataforma pagalo.pe. Puedes revisar el tarifario de tasas de marcas establecido para estos trámites haciendo clic AQUÍ.
Paso 3
Envía la solicitud en la misma plataforma de solicitud de registro de marcas o haz clic AQUÍ. Para consultar el avance de tu solicitud, ingresa all sistema de información en línea de Indecopi.
Los registros de marca sin oposición se resuelven en un plazo de 45 días hábiles.
Paso 1
Descarga el formulario de solicitud de registro de marca. Compelta el documento con tu información y la de la marca que deseas registrar. Para consignar la clase de la marca que deseas registrar, revisa el clasificador de producto y servicios Peruanizado de Indecopi, haciendo clic AQUÍ.
Paso 2
Paga una tasa de S/ 534,99 en el Banco de la Nación, con el código 201000562, por el arancel de “Registro de marca y/o servicio”, o en la plataforma pagalo.pe. Puedes revisar el tarifario de tasas de marcas establecido para estos trámites haciendo clic AQUÍ.
Paso 3
Acude a la oficina de Indecopi más cercana con dos copias del formulario de solicitud correctamente llenado y de la imagen de tu marca impresa, de preferencia de 5 x 5 cm, en blanco y negro o a color. Para conocer la ubicación de las sedes, haz clic AQUÍ. Para consultar el avance de tu solicitud, ingresa al sistema de información en línea de Indecopi.
Los registros de marca sin oposición se resuelven en un plazo de 45 días hábiles.
Registrar una marca ante el Indecopi cuesta S/ 534,99. Puedes pagar esta tasa en el Banco de la Nación, con el código 201000562 por el arancel de “Registro de marca y/o servicio”, o en la plataforma pagalo.pe.
Si deseas registrar tu marca en más de una clase, debes pagar S/ 533.30 por cada clase adicional con el arancel de código 2010599.
El registro de una marca tiene vigencia por diez años y puedes renovarlo por períodos sucesivos de diez años.
La denuncia interpuesta ante el Indecopi por el uso indebido de una marca deba contener lo siguiente:
- Datos personales del denunciante, como nombres y apellidos completos, denominación social o razón social, DNI, carné de extranjería o cualquier documento de identidad, domicilio procesal, Registro Único de Contribuyentes (RUC), si se cuenta con ello.
- Los datos de identificación del abogado del denunciante, si fuera el caso.
- El pedido concreto y los fundamentos de hecho.
- Firma o huella digital.
- Adjuntar las pruebas del supuesto uso indebido de la marca por un tercero.
- Identificación del presunto infractor y del lugar para notificar. Si no conoces la identidad del presunto infractor, deberá solicitarse la visita inspectiva al lugar donde se presume se cometen los actos de infracción.
- Identificación del certificado de registro de la marca que ampare el derecho del denunciante.
- Pago de la tasa por los derechos de interposición de denuncia, por cada denunciado, según lo establecido en el TUPA.
- Si se solicitan medidas cautelares, y estas deben ejecutarse en el local del presunto infractor, se debe solicitar la visita inspectiva, previo pago de la tasa establecida.
Juan Lino, especialista en registro y protección de marcas, añade que es posible solicitar medidas cautelares al momento de interponer el proceso administrativo ante el Indecopi: “Hay que solicitar lo que uno considere, podría ser una diligencia de inspección para verificar los hechos, podría pedirse medidas cautelares, para asegurar los resultados de la resolución que podrían ser declarar como fundadas por Indecopi”.
El procedimiento administrativo debe terminar en una resolución, en un plazo máximo de 180 días calendarios, aunque en la práctica real, suelen resolverse en tres o cuatro meses, según señala Juan Lino, coordinador del área de Infracciones de la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi.
Sí. Para presentar una denuncia penal, puedes acudir a cualquier oficina de la Fiscalía. El uso indebido de una marca se encuentra tipificado en el Artículo 222 del Código Penal, comprendido en el Capítulo II, titulado Delitos contra la propiedad intelectual.
Quienes transgreden normas y derechos de propiedad industrial con fines comerciales pueden ser condenados a una pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años, con 60 a 365 días de multa e inhabilitación, según la gravedad del delito y el valor de los perjuicios ocasionados.
“El tema de la protección de las marcas está incluido como delito en el Código Penal. Cualquier uso no autorizado de estos signos en productos o en servicios que no han sido puestos en el comercio por el titular (dueño de la marca) o que no tengan autorización del titular, estarían constituyendo una infracción a los derechos de propiedad intelectual”, explicó Juan Lino, del área de Infracciones de la Dirección de Signos Distintivos de Indecopi.
Al interponer un proceso administrativo ante el Indecopi, el Régimen Común de Propiedad Industrial ampara el registro de una marca, que confiere a su titular (dueño de la marca) la potestad de impedir que otros usen signos idénticos o similares que puedan causar confusión en el público consumidor de la marca registrada.
Al denunciar el uso indebido de una marca por la vía penal, ante el Ministerio Público, el artículo 222 del Código Penal lo tipifica como delito contra la propiedad intelectual.
Juan Lino, coordinador del área de Infracciones de la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi, agrega que existe una normativa internacional que protege las marcas: “Nos basamos en lo que está establecido en la Decisión 486, el Régimen Común sobre Propiedad Industrial para los países de la Comunidad Andina”.