COVID-19: Dos proveedores del Estado se beneficiaron con órdenes de compra mientras estaban inhabilitados

 

A partir de una base de datos construida por Convoca.pe, en la que se cruzó información de adquisiciones de entidades estatales durante la pandemia del COVID-19 y de empresas con antecedentes de inhabilitación, se halló que dos proveedores de instituciones en la región La Libertad siguieron contratando con entes públicos en el periodo en el cual estaban sancionados con ese impedimento. El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) inhabilitó a Ahseco Perú S.A. de 2014 a 2017; y a Santos Miguel Carranza Gutiérrez, entre 2014 y 2015; sin embargo, en ese lapso se emitió más de 200 órdenes de compra y de servicios, en total, a favor de ambos. Este reportaje forma parte de la serie investigativa 'Expedientes de la pandemia', del proyecto colaborativo Periodistas en Red*, que lidera y coordina Convoca.pe.

 

Por Convoca / Periodistas en Red - La Libertad | 11 de diciembre del 2020

 

Dos proveedores en la región La Libertad que, en conjunto vendieron productos por 14.4 millones de soles durante la pandemia del COVID-19 a diferentes organismos estatales a nivel nacional, siguieron contratando con el Estado mientras se encontraban inhabilitados temporalmente para hacerlo —entre los años 2014 y 2017, en un caso; y de 2014 a 2015, en el otro—, a través de órdenes de compra y servicios de entidades públicas, según información oficial revisada y analizada por Convoca.pe.

Se trata de la compañía American Hospital Scientific Equipment Company del Perú S.A. (Ahseco Perú S.A.) que, mediante 202 órdenes de compra, consiguió contrataciones por 1 millón 57 mil 928 soles, en total; y de la “persona natural con negocio” Santos Miguel Carranza Gutiérrez, quien con cinco órdenes de servicio logró contratos por 22 mil 590 soles.

Ahseco Perú S.A. es una empresa familiar creada hace 63 años y se dedica a actividades de importación. Ha declarado como fecha de inicio de actividades el 23 de octubre de 1957 y figura en los registros de la Sunat (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) desde 1992. Su oficina principal está ubicada en el distrito de Jesús María, en Lima.

Los accionistas de esta sociedad comercial son Graciela Vega Cheel de Minetti y cuatro hermanos de la familia Minetti Vega. La gerente general es Vega Cheel de Minetti y la gerente ejecutiva es Mariella Minetti Vega, de acuerdo con el Registro Nacional de Proveedores.

 

sede gobierno regional Trujillo
Gobierno Regional de La Libertad hizo compras a Ahseco Perú S.A. antes y durante la crisis sanitaria por el COVID-19. Foto: Difusión

 

En tanto, el proveedor Santos Miguel Carranza Gutiérrez, que utiliza el nombre comercial de Inversiones San Miguel, realiza desde diciembre de 2003 ventas al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, así como de enseres domésticos y servicios vinculados al transporte terrestre.

Esta “persona natural con negocio” ha registrado su domicilio legal en la urbanización Chimú, en Trujillo, región La Libertad. Además, tiene un local en la provincia de Otuzco y un almacén en la urbanización Aranjuez, también en Trujillo.

Más de 200 órdenes de compra

Ahseco Perú S.A. registra una intensa actividad como proveedor del Estado. Gobiernos regionales, hospitales y diferentes entidades de nivel nacional requieren de esta compañía variados productos y equipos de uso médico y hospitalario.

En setiembre de 2014, la empresa fue sancionada con 36 meses (tres años) de inhabilitación por la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Así, se le confirmó el impedimento de participar en procesos de selección y de contratar con el Estado, entre el 25 de setiembre del 2014 y el 25 de setiembre del 2017, debido a una grave infracción en calidad de consorciada.

El motivo de la sanción se remonta a octubre 2013, cuando el Ministerio de Salud (Minsa) convocó a la adjudicación de equipos biomédicos para hospitales de la región Ica. El proveedor ganó el proceso con su propuesta de 20 mil 666 soles y, luego, se firmó el contrato.

 

sede Ahseco Perú
La oficina principal de Ahseco Perú S.A. en Jesús María, Lima, fue inaugurada en 2016, cuando tenía la sanción vigente impuesta por OSCE. Foto: Difusión

 

Sin embargo, en una acción de control, el Minsa descubrió que era falso el título de técnico en Electrónica del empleado acreditado por el consorcio. Era un documento con el rótulo del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público José Pardo, expedido a nombre de Fredy Kohagura Nakamura.

La compañía, en sus descargos, adujo que Kohagura reconoció la falsedad del título cuestionado y que había sorprendido la buena fe de quienes lo contrataron. El empleado fue despedido de la empresa, donde trabajaba desde el 2006. “El postor no falseó la realidad, sino que recogió la realidad que objetivamente tenía a la vista”, se argumentó.

No obstante, el Tribunal de Contrataciones del Estado impuso a Ahseco Perú S.A. la mencionada sanción de inhabilitación mediante dos resoluciones emitidas en agosto y setiembre de 2014. Fue así que se confirmó el castigo administrativo, tras declararse infundado el recurso de reconsideración de la compañía.

 

Resolución de inhabilitación por 3 años - Ahseco Perú S.A. by ConvocaRedes on Scribd

El tribunal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) sancionó a Ahseco Perú S.A. con el impedimento para contratar con entidades públicas entre setiembre de 2014 y setiembre de 2017.

 

Además, se dispuso elevar al Ministerio Público la resolución del tribunal de OSCE, incluyendo los documentos clave del proceso, para que proceda conforme a sus atribuciones y se iniciara una investigación al respecto. En 2018, la Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima dispuso que no había mérito para formular una denuncia penal contra Ahseco Perú, por los delitos de falsificación de documentos y falsa declaración en el procedimiento administrativo, según la resolución fiscal enviada a Convoca.pe por Víctor Sánchez, abogado de dicha empresa.

Cuando se revisa el historial de adjudicaciones con el Estado ganadas por Ahseco Perú S.A. se observa que, de forma aparente, sus actividades como proveedor estatal se detuvieron entre los años 2014 y 2017, pues en los registros no figura que se le haya adjudicado buenas pro en procesos de selección de instituciones públicas.

Sin embargo, Convoca.pe halló que, a nombre de esta compañía, se emitieron 202 órdenes de compra y de servicio, entre el 30 de setiembre de 2014 y el 18 de julio de 2017, cuando estaba inhabilitada para contratar con el Estado. El monto total entregado bajo esta modalidad ascendió a 1 millón 057 mil 928 soles, como se mencionó líneas arriba.

De la revisión de las 202 órdenes de compra y servicio que Ahseco Perú S.A. consiguió entre 2014 y 2017, 172 de estas órdenes tienen su origen en diferentes procesos de selección, cuyo monto total asciende a 918 mil 215 soles, de acuerdo con lo registrado por las propias entidades contratantes. Al respecto, la empresa Ahseco Perú S.A. sostiene que las órdenes de pago están referidas a contratos firmados antes de la inhabilitación impuesta por OSCE.

Entre esas entidades públicas con las que tenían contratos que dieron origen a esas 172 órdenes de compra y servicio figuran los gobiernos regionales de Tumbes, Piura, La Libertad, Lambayeque, Áncash, Lima Provincias, Callao, Ica, Junín, Huánuco, Huancavelica y Puno; así como con los hospitales San Bartolomé, Casimiro Ulloa, Cayetano Heredia, María Auxiliadora, Hipólito Unanue, de San Juan de Lurigancho y Dos de Mayo. También figuran el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud y el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú. 

Las otras 30 órdenes de compra y servicio suman un total de 139 mil 712 soles, las cuales fueron ejecutadas durante el período de inhabilitación y que no tienen que ver con contratos anteriores, según se desprende del registro de las entidades públicas contratantes. De ese total, 23 son contrataciones de hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y suman 98 mil 479 soles; cinco derivan de otras contrataciones sin proceso de selección previo, valorizadas en 32 mil 192 soles; una es el contrato de hasta 8 UIT, por 7 mil 970 soles; y una deviene de exoneraciones y contratación directa por el valor de 1 mil 69 soles.

Este medio digital identificó que 15 entidades estatales aprobaron estas 30 órdenes de pago a favor de Ahseco Perú S.A, cuando estaba sancionada con inhabilitación temporal: el Instituto Nacional de Salud, el Instituto Especializado de Salud del Niño, el Seguro Social de Salud, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Junín, Ica y Huánuco y los hospitales Arzobispo Loayza, María Auxiliadora, Dos de Mayo, Hipólito Unanue, Casimiro Ulloa, Cayetano Heredia y de Puente Piedra.

Los mayores montos corresponden al Instituto Nacional de Salud (tres órdenes que suman 34 mil 476 soles por servicio de mantenimiento correctivo de equipos), al Instituto Especializado de Salud del Niño (11 mil 500 soles por bolsas de colostomía), al Hospital Dos de Mayo (11 mil 500 soles por material médico), al Hospital Loayza (7 mil 960 soles por adquisición de controlador de temperatura) y al Hospital Hipólito Unanue (7 mil 789 por material de uso médico)

Sobre las órdenes de compra y de servicio, se debe anotar que en 2014 el Decreto Legislativo 1017 permitía las contrataciones directas por sumas menores a 3 UIT, es decir 11 mil 400 soles. Esta norma se mantuvo hasta enero 2016, cuando entró en vigencia la Ley 30225 y su reglamento. Con la nueva norma, las contrataciones directas subieron el límite a 8 UIT.

 

Empresa da su versión

El abogado de Asheco Perú S.A., Víctor Sánchez, dijo a Convoca.pe que la Ley de Contrataciones del Estado señala que cuando una empresa es inhabilitada, debe seguir cumpliendo los contratos que tenga suscritos. Mientras la sanción no quede firme, la compañía puede seguir suscribiendo los contratos que tiene en trámite, alegó el vocero legal.

Según Sánchez, se suele suscribir contratos para un año de suministro y se hacen entregas periódicas, para lo cual las entidades van emitiendo órdenes de compra. “Hay órdenes de compras por montos relativamente altos en el año 2015. Normalmente, deben ser órdenes de compra que estaban en relación con contratos suscritos con anterioridad (...). Los compromisos pendientes deben haberse extendido hasta el 2015. Después, ya son órdenes de compra chicas excluidas del ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado”, agregó.

“La ley también permitía que las compras de hasta 3 UIT se excluían de la Ley de Contrataciones del Estado. Y, por lo tanto, por montos pequeños, sí se podía atender estos requerimientos. En los años 2016 y 2017, solamente hemos atendido en el sector público, órdenes de compras menores”, adujo el defensor legal de Asheco Perú S.A.

En relación a las más de 200 órdenes de compra, Víctor Sánchez sostuvo que, por ejemplo, si tenía un contrato por un año de bolsas de colostomía, con distintas entidades, surgían 12 órdenes de compra y si tenía contratos con otras entidades, tendría equivalentes órdenes de compra. "No hay nada irregular en ninguna de estas contrataciones", aseguró.

Proveedor trujillano

Santos Miguel Carranza Gutiérrez, quien es proveedor del Estado desde diciembre de 2006, fue sancionado dos veces con la inhabilitación temporal para contratar con entidades públicas, en 2014. La medida impuesta por el tribunal del OSCE estuvo vigente entre mayo de 2014 y marzo de 2015.

La primera sanción contra Miguel Carranza fue por siete meses de inhabilitación (del 21 de mayo al 21 de diciembre 2014), debido a que no había suscrito contrato con la Municipalidad Provincial de Jaén, derivado de un proceso de selección que había ganado para proveer arroz y frijol. Según argumentó en su descargo, por una supuesta descoordinación con el jefe de asesoría legal de la municipalidad, los documentos requeridos para la firma del contrato no llegaron a ser presentados.

La segunda inhabilitación comprendió ocho meses de impedimento, entre 22 de julio 2014 y 22 de marzo 2015. Otra vez, el motivo fue no haber firmado el contrato derivado de obtener la adjudicación del contrato para prestar servicio de transporte de personal de la Intendencia de Aduanas Salaverry, proceso convocado por la Sunat.

Las órdenes de compra y de servicio constituyen contratos, y un proveedor con inhabilitación está impedido de contratar incluso bajo esta modalidad". Roberto Benavides, abogado especialista en contrataciones públicas.

En la resolución de sanción consta que el proveedor Miguel Carranza no presentó todos los documentos necesarios para suscribir el contrato con la Sunat, le faltó una carta de garantía. Por esta razón, se le  retiró la buena pro y se convocó a un nuevo proceso de selección. Curiosamente en el segundo proceso, Carranza quedó en segundo lugar, pero terminó adjudicándose el contrato porque el ganador no firmó el contrato con la entidad estatal. Pese a ello, igual fue reportado ante el OSCE recibiendo la citada inhabilitación.

A pesar del impedimento establecido por OSCE, al revisar el historial de contrataciones de Miguel Carranza se halló que el Proyecto Especial Chavimochic (Gobierno Regional La Libertad) emitió a favor de este proveedor cinco órdenes de servicio por un total de 22,590 soles, por cuatro servicios de alquiler de vehículo y uno para transporte de personal, entre julio de 2014 y marzo de 2015.

 

Amnesia selectiva

Contactado por Convoca.pe, Miguel Carranza intentó negar que estuvo sancionado por el tribunal de OSCE. “Que yo haya estado inhabilitado, nunca, jamás. No tengo ninguna notificación formal, al menos”, afirmó vía telefónica.

Al ser consultado sobre si el Proyecto Chavimochic emitió a su favor cinco órdenes de servicio entre julio de 2014 y marzo de 2015, Carranza respondió que no lo recordaba y que trabajaba hace como 15 años con aquel proyecto regional, además de laborar con Hidrandina y varias instituciones.

Al leerle extractos de una de las dos resoluciones de sanción del OSCE por no haber suscrito un contrato con la Municipalidad Provincial de Jaén, Carranza recobró la memoria: “Ah, sí me está haciendo recordar. Creo que, por ese tiempo, algo así fue, pero de allí para adelante nunca. Yo no me he enterado”, refirió.

 

Chavimochic
Entre 2014 y 2015, el Proyecto Especial Chavimochic facturó órdenes de servicio para Miguel Carranza pese a que su registro de proveedor estatal se encontraba inhabilitado. Foto: Difusión


Alerta para el ente supervisor

En diálogo con Convoca.pe, el especialista en contrataciones públicas Roberto Benavides consideró que la situación de Ahseco Perú S.A. y Santos Miguel Carranza como proveedores del Estado podría ser revisada por el OSCE, pues las normas establecen que los infractores inhabilitados se quedan sin atribuciones para participar en cualquier proceso de contratación de entidades estatales, que incluye la emisión de órdenes de compra o servicios a favor de los sancionados.

En tal sentido, el abogado Benavides explicó que las órdenes de compra y de servicio constituyen contratos, y que un proveedor inhabilitado está impedido de contratar incluso bajo esta modalidad.

“El alcance del impedimento, cuando estás sancionado, es que no puedes ser participante, ni postor, es decir ni mandar tu propuesta, ni ser contratista en todas las etapas del proceso de selección. No puede estar en ningún momento porque está impedido”, manifestó el experto.

 

(*) Este reportaje fue elaborado con la colaboración de los periodistas Maricarmen Ballena, Óscar Libón y Elena Miranda. Periodistas en Red es un proyecto colaborativo que lidera Convoca.pe, en alianza con el diario La República; El Búho, de Arequipa; diario El Tiempo, de Piura, y reporteros independientes de diversas regiones del país. Este reportaje integra la serie investigativa 'Expedientes de la pandemia'.