Elecciones 2021: ¿Cómo tramitar de forma virtual la dispensa por no votar?

Por Convoca | 11 Junio, 2021



Desde este lunes 7 de junio hasta setiembre, los electores que no pudieron acudir a votar en las elecciones del domingo 6 de junio pueden tramitar la dispensa de manera virtual ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Entre los motivos para no sufragar figuran problemas de salud, viajes al extranjero por estudios o salud, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de familiar directo y ser personas vulnerables ante el COVID-19 (Mayores de 65 años o con enfermedades crónicas). Convoca a tu servicio entrevistó a Luis Grillo, jefe de Servicio Educativos del JNE, y te ofrece una guía sobre los pasos para tramitar la dispensa y que te exoneren de la multa.

En medio de una emergencia sanitaria por COVID-19, que dificultó a muchos acercarse a sufragar, surge la necesidad de conocer el procedimiento correcto para presentar una dispensa o justificación por no votar; o no haber ejercido nuestra labor como miembro de mesa. 

Según el reporte de la ONPE al 99.346% arroja un ausentismo de 25.334%nequivalente a 6 millones 364,135 de no votantes. Luis Grillo sugirió a los ciudadanos realizar el trámite lo más breve posible, para evitar pagos innecesarios o presentar dificultades a la hora de realizar trámites notariales. 

 

✔ ¿En qué casos se presenta la dispensa por no votar?

La dispensa es un recurso que dispone el ciudadano para extinguir multas que han sido generadas por omisiones, por ejemplo: por no instalar una mesa de sufragio o por no haber votado?

 

✔ ¿Cuáles son los requisitos y costos de la dispensa por no votar y la justificación por no haber instalado una mesa? 

Las dispensas requieren presentar requisitos. Si es porque estas fuera del país por estudios o algún tratamiento médico, debe ser justificado con documentos. La dispensa tiene un costo de S/23.60 y una justificación de S/.23.40. 
Ambas son distintas, la dispensa es por no haber sufragado, y la justificación por no haber instalado una mesa

 

✔ ¿Quiénes pueden solicitar la dispensa por no haber votado o no haber instalado una mesa?

De acuerdo con la Ley 31030, los grupos vulnerables pueden presentar la dispensa por no votar ante el Jurado Nacional de Elecciones, siempre y cuando justifiquen con documentos su inasistencia.

Los miembros de mesa que no se presentaron el domingo 6 de junio deberán realizar el mismo trámite de la dispensa, si cuentan con razones justificadas.

Primer grupo: Mayores de 65 años

-El voto es obligatorio para todos los peruanos hasta que cumplen los 70 años, cuando se vuelve voluntario. Sin embargo, la población de 65 años a más tiene el beneficio de no votar y tramitar la dispensa gratuita. 

-Para el trámite de dispensa, debe adjuntar una imagen de su DNI.

 

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Segundo grupo: Personas con enfermedades crónicas

-Personas con diabetes, hipertensión, alguna cardiopatía u otras enfermedades.

-Para el trámite de dispensa, presentar  copia simple o documento expedido por entidad de salud privada o pública que acredite el grupo de riesgo (Receta de medicinas que indique la enfermedad).

 

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Tercer grupo: Personas impedidas de ingresar al local de votación por temperatura mayor a 37.5° C

-Si al llegar al local de votación, tenían una temperatura superior a 37.5° C y el personal de la Oficina Nacional de Proceso Electorales Onpe las registró en un aplicativo porque no podían votar.

-Para el trámite de dispensa, mientras que la Onpe no remita la lista del grupo de electores impedidos de ingresar al local de votación por su temperatura, se debe adjuntar la notificación que personal de este organismo electoral envió al celular del elector cuando le midieron la temperatura en el local de votación.

 

 

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Cuarto grupo: Personas con COVID-19

-Para el trámite de dispensa, deben presentar copia simple del certificado médico o el documento expedido por la entidad pública o privada que acredite la enfermedad, como el resultado de sus pruebas moleculares, antígenas o rápidas.

-Se cuentan 14 días desde la fecha de emisión de la prueba que acredita el Covid-19.

-Si hay pacientes cuya recuperación es más lenta, se considerará la fecha que figura en el documento de alta epidemiológica.

 

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✔ ¿Desde cuándo puede tramitar la dispensa por no votar y hasta cuándo?

Las dispensas por no votar se pueden realizarse desde el lunes 7 de junio y no hay un plazo máximo, excepto se emita una medida cautelar de cobranza por el área de cobranza. Se recomienda comunicarse a través de la plataforma de dispensa virtual para realizar del trámite.

 

✔ ¿Cuántas solicitudes de dispensa se tramitaron en la primera vuelta y cuáles fueron los motivos más comunes?

En la primera vuelta se calcula 17,000 a 20,000  solicitudes recibidas y el escenario más común fue el covid-19, fuera de ello las justificaciones eran pérdida o robo de DNI o enfermedades.

✔ ¿Cuál es el número de inasistentes al proceso electoral por segunda vuelta 2021?

Aún no se cuenta con el número exacto, debido a que el padrón de omisos no ha llegado al JNE, por como se viene desarrollando el proceso en si. ONPE aún se encuentra culminando con el conteo de los votos.

 

✔ ¿En qué horario se puede realizar el trámite de dispensa por no votar?

El sistema virtual del JNE está disponible para recibir las solicitudes las 24 horas del día, los siete días de la semana. Grillo recomendó no acercarse a ninguna oficina de manera presencial y evitar aglomeraciones en medio de la emergencia sanitaria.

 

✔ ¿Qué ocurre si un elector no generó su dispensa y olvidó pagar la multa correspondiente?

La dificultad surge en situaciones pequeñas como un viaje al exterior por matrimonio, trabajo o estudio, cuando quieres tramitar tu pasaporte, formalizar ante Sunat, adquirir un negocio, gestionar un RUC. "Podemos pensar que son cosas pequeñas, pero que finalmente si te generan afectación. Es mejor atenderla a la prontitud", indicó Grillo. 

 

✔ ¿Por qué medio se tramita la dispensa por no acudir a sufragar o justificación por no haber ejercido el cargo de miembro de mesa?

El trámite es 100% online y se realiza en la siguiente plataforma virtual debido a la situación ocasionada por el covid-19, el sistema solicita los datos personales, fotografías o escaneos de los documentos que justifique sus inasistencia. Para ayuda orientación o apoyo pueden llamar al 311-1717 o el correo de [email protected] 

 

"Las personas que no han participado en el proceso no demanden mucho tiempo, porque probablemente en el devenir del tiempo nos olvidemos de la responsabilidad y eso pueda generar mayor afectación futura".

 

Finalmente indicó que el ciudadano puede llegar a perder el derecho de dispensa, si la unidad de cobranza del JNE emite una resolución de cobranza, y no se realizó en el tiempo pertinente. Instó a la población a visitar el el portal web e informarse si tienen alguna multa por alguna omisión en algún proceso electoral.

 

✔ ¿Qué pasa si sufre la pérdida o robo de su DNI?

Además de realizar el pago correspondiente por derecho a dispensa y adjuntar la copia simple de su denuncia policial y del DNI vigente emitido con fecha posterior al suceso motivo de la denuncia. El robo o pérdida debe haberse producido el día de la elección o dentro de los diez días previos a la misma.

 

✔ ¿Debo hacer dos trámites y pagar doble si no cumplí con ser miembro de mesa ni acudí a votar?

El pago se realiza por proceso electoral, independientemente de las multas generadas en dicho proceso, sean estas por inasistencia a la instalación y/o omisión al sufragio.

Solo se debe pagar el trámite más barato, el de justificación por no haber ejercido el cargo de mesa es de S/ 23.40. El mismo comprobante de pago sirve para realizar el trámite de dispensa por no haber votado.

 

✔ ¿Cuál es la diferencia entre dispensa y justificación?

La solicitud por dispensa se presenta si no he sufragado, siempre y cuando las razones sean ajenas a mi voluntad. Si no he cumplido con mi labor de miembro de mesa, por motivos ajenos a mi voluntad, lo que corresponde es solicitar una justificación.

 

CAUSALES Y JUSTIFICACIONES 

 

✔ ¿Cómo hacer en caso de viaje al extranjero para realizar estudios académicos? 

De acuerdo a la página del JNE. Se deberá realizar el pago y presentar la copia simple del pasaporte u otro documento donde conste la salida y entrada al país, además de la copia simple del documento que acredite de manera indubitable los estudios realizados en el extranjero.

 

✔ ¿Ciudadanos que salen del país para ser atendidos por motivos de salud en el extranjero? 

Junto con el pago de los S/.23.60, ingrese la copia simple del pasaporte u otro documento donde conste la salida y entrada al país y la copia simple del documento que certifique el tratamiento médico realizado en el extranjero.

 

✔ ¿Qué documento puedo presentar si he sufrido la pérdida de un familiar? 

El trámite en caso de la irreparable pérdida de un ser querido es presentar el voucher de pago por derecho de dispensa y adjuntar la copia simple de la partida de defunción.

Este mismo procedimiento aplica al cónyuge, familiares con vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta (padres, hijos, abuelos y nietos) o en segundo grado de consanguinidad en línea colateral (hermanos), acaecido en la fecha de la elección o dentro de los cinco días previos a la misma. 

 

✔ ¿Qué causales no requieren pago por derecho de trámite? 

-Desastres naturales / Desastre humano.

-Error en el padrón.

-Defectos en la organización y ejecución de actividades durante el desarrollo de la elección atribuible a las entidades del sistema electoral.

-Impedimento del ejercicio de derecho a la instalación, en los casos originados por incidencias electorales.

-Discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual. En caso se encuentre registrado en el padrón del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, Conadis, el trámite corre por cuenta de la institución que lo protege y no deberá pagar ni efectuar ningún proceso.

-Prisión.

-Función Electoral.

-Casos contemplados en la sexta y séptima disposición final del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.

 

✔ ¿Procede la justificación y/o dispensa para el personal de las Instituciones Públicas y organismos del sistema electoral?

Sí. Los titulares de las Instituciones Públicas y organismos del sistema electoral pueden solicitar justificación y/o dispensa para su personal, que por motivos propios de sus funciones no pudieron emitir su voto. 

Para ello la Institución Pública deberá remitir un oficio dirigido al JNE, adjuntando en medio magnético, la relación del personal en servicio, detallando los apellidos, nombres completos y número de DNI, conforme al formato del Anexo N° 1, en físico y en medio magnético (CD) así como el recibo de pago original por cada uno de ellos, en caso corresponda. 

El trámite es gratuito para el personal que realiza labores como Observadores Electorales y en los organismos electorales, (Onpe, Reniec y JNE), Ministerio Público y Poder Judicial (esta causal únicamente aplica para aquellos organismos que se encuentren involucrados directa o indirectamente con el desarrollo de actividades propias del proceso electoral, es decir por razones propias del desarrollo del proceso electoral en curso).

 

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Otros motivos de dispensa:

-Impedido del ejercicio del derecho de sufragio e instalación, en los casos originados por incidencias electorales (Presentar copia simple del documento emitido por la entidad electoral)

-Defectos en la actualización, organización y ejecución de actividades durante el desarrollo de la elección atribuible a las entidades del sistema electoral (Presentar copia simple del informe o documento de sustento, emitido por la entidad electoral)

-Desastres naturales (Presentar copia simple del documento suscrito por funcionario público o documento sustentatorio que acredite el impedimento de desplazarse a su centro de votación)

-Función electoral (Presentar constancia expedida por la institución que desarrolló labores en el proceso electoral)

-Fuerza mayor (Presentar recibo original por derecho de trámite y copia simple del documento de sustento)

 

✔ ¿El personal de salud que trabajó el domingo 6 de junio también puede solicitar dispensa por no votar?

Todo el personal de salud que tuvo guardia el día previo o el mismo día de la elección puede solicitar una dispensa por no haber acudido a votar. En ese caso, se invoca la causal de fuerza mayor. El JNE atenderá las solicitudes que envíe el nosocomio donde trabaje.

✔ ¿Dónde se realiza el trámite de dispensa por no votar?

Las gestiones se realizan únicamente a través del Sistema de Dispensa Virtual del organismo electoral, en el portal institucional del JNE o en este enlace.

 

Dispensa electoral

 

✔ Pasos para tramitar la dispensa por no votar:

-Ingresa a la plataforma virtual del JNE en este enlace.

-Coloca los datos de tu DNI (Número, código de ubigeo y grupo de votación)

 

Dispensa datos DNI

 

-Completa la información que el sistema te solicitará y carga los documentos sustentatorios escaneados y en formato PDF o imagen. 

-Ingresa el recibo de pago por derecho de trámite (En caso de que la causal invocada lo requiera, el sistema lo indicará).

-El pago puede realizarse mediante el sistema Pagalo.pe del Banco de la Nación, utilizando el código 01465, o en cualquier agencia del Banco de la Nación.

 

Dispensa por salud

 

✔ ¿Cuánto demora la respuesta al trámite de dispensa por no votar?

La solicitud de dispensa por no votar es resuelta dentro del plazo legal de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente de haber ingresado la solicitud en la plataforma virtual del JNE.

 

✔ ¿Se puede apelar a una respuesta improcedente por dispensa? 

Sí. Los ciudadanos cuyo pedido de justificación y/o dispensa ha sido denegado podrán interponer un recurso de apelación en el plazo de quince 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la improcedencia o del recurso de reconsideración. La solicitud de justificación y/o dispensa electoral se puede presentar por medio de nuestra mesa de partes virtual o presencial.

 

✔ ¿El JNE entrega una constancia de dispensa por no votar?

Cuando el JNE atiende una solicitud, emite un "Acto de procedencia", que se envía al correo electrónico del elector, registrado en la plataforma de dispensa virtual. Se le informa tanto si la solicitud ha sido declarada procedente como improcedente. 

Si hay una observación, por el incumplimiento de algún requisito, también se informa al elector y se le da un plazo de dos días hábiles para la subsanación. Si no lo hace, se considerará no presentada su solicitud y se procederá a declarar su archivamiento.

 

✔ ¿Qué pasa si un elector presenta documentación falsa para solicitar la dispensa por no votar?

Si se identifica que hay una adulteración de documentos, el caso pasa a la Procuraduría del JNE, que abre una causa regular y formal. 

 

✔ ¿Qué pasa si un elector no paga sus multas electorales?

Si no se paga una multa electoral, se puede tener impedimento para realizar algunos trámites, como por ejemplo: gestionar el pasaporte en Migraciones, obtener el RUC ante la Sunat, realizar trámites y otras documentaciones en entidades del Estado y/o del sector privado. 

 

Foto principal: Difusión/JNE

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