Desde las 8 de la mañana del sábado 5 de junio está prohibida la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo. La también llamada Ley seca se extiende hasta las 8 de la mañana del lunes 7.
El artículo 351º de la Ley Orgánica de Elecciones señala que se deben cerrar los establecimientos o los espacios de los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta de licor.
Sanción: El incumplimiento de esta disposición se sanciona con una pena de cárcel no mayor de seis meses, una multa no menor de 2,790 soles y una pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
El domingo 6 de junio, día del sufragio, entre las 7 de la mañana y las 7 de la noche, no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los locales de votación.
Fiscalizadores del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) realizarán operativos para hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad. Además, los fiscales visitarán establecimientos comerciales donde se expenden bebidas alcohólicas para informar sobre las consecuencias jurídicas de no cumplir con la Ley seca.
Fiscalizadores del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) realizarán operativos para hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con normalidad.
Desde las 00:00 horas del lunes 31 de mayo está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto de los candidatos que participan en las elecciones generales 2021 en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones.
Sanción: El incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, entre 44 mil y 440 mil soles.
Desde las 00:00 horas del viernes 4 de mayo está prohibida la realización de reuniones o manifestaciones de carácter político.
Sanción: La vulneración de esta norma, conforme al artículo 388 de la Ley Orgánica de Elecciones, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
Desde las 00:00 horas del sábado 5 de junio todo tipo de propaganda política quedará suspendida. Esto comprende la participación de los candidatos en los medios de comunicación (Entrevistas, conferencias, debates, etc.).
Sanción: El incumplimiento se sanciona con una multa de entre 30 (132 mil soles) y 100 UIT (440 mil soles) o una pena de prisión no menor de dos años.
Foto principal: Difusión