Los abogados de la empresa Ocho Sur P S.A.C., dedicada a la siembra de palma y extracción de su aceite, expusieron sus descargos sobre las sanciones administrativas impuestas por la Dirección de Fiscalización y Aplicación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) que, en noviembre de 2020, la multó con casi 9 millones de soles y dispuso la paralización de sus actividades, por cuatro casos referidos al cultivo de palma aceitera sin contar con el instrumento de gestión ambiental, no impedir el efecto adverso de sustancias químicas en suelos de aptitud forestal y el mal manejo de residuos sólidos peligrosos en sus operaciones en la Amazonía de Ucayali.
En abril último, tras una reconsideración presentada por la compañía Ocho Sur, la Dirección de Fiscalización y Aplicación anuló la multa de más de 2 mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT). El grueso de la multa total estaba relacionado con actividades agrícolas intensivas de cultivo de palma aceitera en el Fundo Tibecocha, del distrito de Nueva Requena, provincia de Coronel Portillo, en la región Ucayali, que no contaban con un instrumento de gestión ambiental aprobado por el Ministerio de Agricultura y Riego. Además, le levantó la prohibición de continuar con sus actividades agrícolas.
La resolución de reconsideración no fue contradecida y quedaron pendientes las otras tres multas, que suman 280 mil 209 soles, las cuales fueron apeladas por la empresa Ocho Sur ante la instancia administrativa final del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, presidido por Marcos Yui e integrado por los vocales Carla Pegorari y Hebert Tassano.
Al inicio de la audiencia, el abogado de Ocho Sur, Ramón Huapaya, observó y rechazó la participación del expresidente de la Comunidad de Santa Clara de Uchunya, Carlos Hoyos, aduciendo que ya no representaba a esta organización. Sin embargo, el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Juan Carlos Ruíz, dijo que Hoyos estaba en representación del presidente de la comunidad, Efer Silvano, quien no pudo asistir porque estaba enfermo.
El abogado Guillermo Vargas, de Ocho Sur, dijo que la audiencia debía postergarse porque la comunidad shipibo-konibo de Santa Clara de Uchunya no es la única que debe tener voz en el proceso administrativo sino también se debería considerar a las otras 22 comunidades en al área de influencia de las plantaciones de la empresa.
Sin embargo, la vocal Carla Pegorari señaló que el tribunal no tiene la obligación de citar a las 22 comunidades y la única comunidad que se ha acreditado es la de Santa Clara de Uchunya. “Por favor, permítanos seguir. Está discutiendo cosas que no son materia de la audiencia”, dijo como llamada de atención a los técnicos legales de Ocho Sur.
La empresa argumentó que la sanción del OEFA sobre contaminación de suelos de uso forestal con productos tóxicos carece¿ de fundamento porque, según el abogado Huapaya, “esas tierras nunca han tenido actitud forestal y siempre, vocación agrícola desde los noventas en adelante”. Además, indicó que la Dirección de Fiscalización y Aplicación no ha evidenciado el uso de agroquímicos peligrosos en el suelo y no acredita cuáles se utilizaron.
Respecto a la sanción por la disposición de residuos sólidos, el abogado de la compañía infractora aseguró que se ha subsanado la observación y se ha construido un almacén, siguiendo las disposiciones ambientales.
En la réplica, el abogado de la comunidad de Santa Clara de Uchunya, Juan Carlos Ruíz, señaló que el territorio donde viene operando Ocho Sur ha sido usurpado por la empresa y es de propiedad ancestral de dicha comunidad. Advirtió que la compañís viene operando sin estudios de impacto ambiental y sin certificación de Programa de Adecuación de Manejo Ambiental, por lo que debería ser multada con los casi 9 millones de soles que se le impuso en la primera resolución.
Ruíz también recordó que la Fiscalía está investigando la adquisición ilegal de los terrenos por la compañía y está pendiente una resolución ante el Tribunal Constitucional sobre una demanda presentada por la comunidad shipibo-konibo, que pide dejar sin efecto los contratos de compraventa celebrados por presuntos traficantes de tierras y la empresa de palma aceitera.
La vocal Pegorari criticó la exposición del abogado de IDL y afirmó que los puntos que expuso no eran materia del procedimiento administrativo sancionador. "OEFA supervisa las normas ambientales. La conducta infractora número 1 dice que están a tiempo de tener el instrumento de gestión ambiental. No podemos imponer la multa de 9 millones porque esa multa fue desestimada por la primera instancia y no ha sido materia de apelación”, dijo la integrante del tribunal del OEFA.
El presidente del Tribunal de Fiscalización Ambiental cerró la audiencia indicando que la sala analizará los argumentos de la empresa Ocho Sur P S.A.C. y de los terceros afectados, como la Comunidad de Santa Clara de Uchunya, para emitir su fallo en el plazo legal. Se estima que en dos meses se tendría una resolución de última instancia administrativa sobre este caso.