A pocos meses de las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026 y en plena etapa central del proceso electoral, el Poder Judicial archivó el caso Cócteles contra Keiko Fujimori, candidata presidencial de Fuerza Popular investigada por lavado de activos, mientras que la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público suspendió al fiscal José Domingo Pérez, quien lideró esa acusación. Ambas decisiones, adoptadas por órganos distintos y sustentadas en una misma sentencia del Tribunal Constitucional, desactivaron uno de los procesos más emblemáticos sobre financiamiento político y reconfiguraron el escenario político y judicial del país. Convoca.pe accedió a las resoluciones y reconstruye la cadena de decisiones que llevó a este desenlace.

A pocos meses de las Elecciones Generales de abril de 2026 y en plena etapa central del proceso electoral, el sistema de justicia peruano ejecutó, en una secuencia de decisiones adoptadas el 12 y 13 de enero, el cierre definitivo del caso Cócteles contra Keiko Fujimori y la dirigencia de Fuerza Popular, y el apartamiento del fiscal que lideró la investigación por lavado de activos.

El 12 de enero de 2026, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público dispuso el apartamiento preventivo por seis meses del fiscal José Domingo Pérez, en el marco de un procedimiento disciplinario vinculado a su actuación en el caso Cócteles.

Al día siguiente, la tarde del 13 de enero, el juez nacional de investigación preparatoria Wilson Verástegui notificó la resolución que ordena el archivo definitivo del proceso penal contra Keiko Fujimori y toda la dirigencia de Fuerza Popular. La decisión fue comunicada a la Fiscalía a las 18:09 horas, según la cédula electrónica del Poder Judicial.

Aunque ambas decisiones fueron adoptadas por instancias distintas, el sustento jurídico del cierre del caso se remonta a la Sentencia N.° 185/2025 del Tribunal Constitucional (TC), que estableció que los aportes de campaña anteriores a noviembre de 2016 no pueden ser investigados como delito de lavado de activos, redefiniendo así el marco penal aplicable al financiamiento político.

caso cocteles
La resolución del archivo del Caso Cócteles acata la decisión del TC, que determinó que todas las actuaciones fiscales contra Keiko Fujimori a imputarle los delitos de lavado de activos y organización criminal carecen de sustento legal y deben quedar sin efecto
 

Con ayuda del TC 

En su resolución, el juez Wilson Verástegui sostiene que la sentencia del Tribunal Constitucional tiene carácter obligatorio e inmodificable. “La sentencia N.° 185/2025 tiene la calidad de cosa juzgada, (…) por ende, inamovible, vinculante y definitiva”, señala el magistrado, citando los artículos 15 y 120 del Código Procesal Constitucional, que establecen que los fallos del TC agotan la jurisdicción nacional.

El Tribunal Constitucional determinó que los aportes de origen ilícito a campañas electorales no podían ser perseguidos penalmente bajo el tipo penal de lavado de activos. Ese criterio dejó sin sustento jurídico el núcleo de la acusación fiscal en el caso Cócteles, que investigaba los aportes a las campañas de Fuerza Popular de 2011 y 2016.

Aunque el hábeas corpus que dio origen al fallo fue presentado únicamente a favor de Keiko Fujimori, el juez extendió sus efectos a todos los coimputados del proceso. Según la resolución, los cargos atribuidos a Fujimori eran los mismos que pesaban sobre los demás dirigentes y aportantes, por lo que mantener el proceso solo contra algunos implicados vulneraría el principio de igualdad ante la ley.

Por ello, el magistrado dispuso el sobreseimiento total del caso para la estructura partidaria investigada desde 2016 por presunta organización criminal y lavado de activos.

TC
La sentencia del Tribunal Constitucional contó con cinco votos a favor (Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Gustavo Hernández Chávez), quienes sostuvieron que la imputación por aportes de campaña como lavado de activos carecía de sustento legal.
 

Delitos que sobreviven, pero fuera del caso emblemático

El archivo no alcanza a todas las imputaciones. El juez mantuvo vigentes los cargos por presunta falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica contra Keiko Fujimori y otros dirigentes como Pier Figari, Ana Herz, Clemente Yoshiyama y José Chlimper.

Sin embargo, precisó que estos delitos ya no corresponden al subsistema especializado en lavado de activos y deberán continuar en fiscalías comunes.

En la práctica, estos procesos podrían enfrentar problemas de prescripción, debido a que se trata de delitos con penas menores y vinculados a hechos ocurridos hace más de una década, lo que reduce significativamente el impacto penal de las investigaciones remanentes.

 

keiko fujimori
La persecución por lavado de activos contra Keiko Fujimori quedó cerrada, pero el proceso por presunta falsa declaración y falsedad genérica sigue formalmente vigente

La suspensión del fiscal que sostuvo la acusación

Antes de que se notificara el archivo del proceso, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público ya había dispuesto el apartamiento preventivo del fiscal José Domingo Pérez.

Según la resolución, la ANC considera que el fiscal habría incurrido en presuntas faltas disciplinarias graves al afectar el derecho al debido proceso y no adecuar su actuación al criterio vinculante fijado por el Tribunal Constitucional, especialmente en relación con la situación del investigado José Chlimper.

La autoridad de control sostiene además que la permanencia del fiscal en funciones podría afectar el desarrollo normal del procedimiento disciplinario, por lo que se justifica su apartamiento inmediato mientras se investiga si corresponde una sanción definitiva, que podría llegar hasta la destitución.

Aunque Pérez puede impugnar la medida, esta se ejecuta desde su notificación, dejándolo fuera de toda función fiscal durante el tiempo que dure el proceso administrativo.

jose domingo perez

No es una sanción aislada, es parte de un patrón

Antes de ser suspendido, José Domingo Pérez había advertido públicamente sobre lo que consideraba una ofensiva contra los fiscales que investigaron casos de alto perfil.

“Yo soy un fiscal de carrera. Nadie me ha regalado el puesto. Mi trabajo siempre ha sido incómodo para quienes están en el poder, pero eso no puede ser motivo para sacarnos del sistema”, declaró en entrevistas previas.

Tras la desarticulación del Equipo Especial Lava Jato, también sostuvo: “Se está desmontando progresivamente la capacidad del Ministerio Público para investigar grandes redes de corrupción. No es una decisión técnica, es una decisión política”.

Estas declaraciones cobran especial relevancia en un contexto en el que varios fiscales que llevaron investigaciones sensibles han sido objeto de procesos disciplinarios, traslados o remociones.

Toma del Ministerio Público 

Las decisiones de enero se producen en medio de un clima de fuerte confrontación entre poderes del Estado y de acusaciones de interferencia política en el Ministerio Público.

En los últimos años, congresistas investigados han presentado denuncias constitucionales contra fiscales supremos y contra ex fiscales de la Nación, acusándolos de abuso de autoridad. Paralelamente, sectores políticos han denunciado una supuesta “toma” del Ministerio Público, mientras que desde la Fiscalía se ha advertido sobre presiones externas para frenar investigaciones contra actores con poder político.

Este conflicto institucional ha incluido disputas públicas por el control de la Fiscalía de la Nación, enfrentamientos entre facciones internas del Ministerio Público y cuestionamientos a la Junta Nacional de Justicia por decisiones disciplinarias que han removido o restituido a altas autoridades fiscales.

En este escenario, la Autoridad Nacional de Control —órgano encargado de fiscalizar la conducta de los fiscales— también ha sido cuestionada por la rapidez con la que actúa en casos vinculados a investigaciones de alto impacto político, mientras otros procedimientos disciplinarios avanzan con mayor lentitud.

Tres instancias, una sola consecuencia

Lo ocurrido no fue producto de una sola decisión, sino de una secuencia institucional:

1. El Tribunal Constitucional redefinió en 2025 el alcance del delito de lavado de activos para campañas anteriores a 2016.

2. La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público dispuso el apartamiento preventivo del fiscal que impulsaba la acusación.

3. El Poder Judicial ejecutó el criterio constitucional y cerró el proceso penal contra la dirigencia de Fuerza Popular.

El resultado fue doble: el desmontaje del caso judicial más emblemático sobre financiamiento político y el apartamiento funcional de su principal investigador.

Las decisiones llegan cuando el país se encamina al proceso electoral de 2026 y cuando Keiko Fujimori vuelve a perfilarse como una de las figuras centrales de la contienda.

Con el archivo del caso Cócteles, la lideresa de Fuerza Popular queda liberada de su proceso penal más emblemático, aunque aún mantiene otras investigaciones abiertas.