Por: Francisco Pérez*
12 de febrero de 2025
En agosto de 2015, un grupo de inspectores de la principal entidad fiscalizadora ambiental del país llegó a la unidad minera La Virgen, perteneciente a la Compañía Minera San Simón, en la sierra del departamento peruano de La Libertad. Buscaban verificar el cumplimiento de la gestión de residuos de la mina y el cuidado de los terrenos y fuentes de agua cercanas a la zona. El resultado de la inspección fue el hallazgo de un conjunto de daños que atentaban contra el medio ambiente.
Tres años después, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ordenó la aplicación de medidas correctivas, de acuerdo a lo estipulado por la ley 30230, conocida como “Paquetazo Ambiental”, que priorizaba estas acciones de remediación antes que las multas económicas, las cuales vendrían después pero con un beneficio de 50% de descuento.
En 2024, casi diez años después de la inspección, la Compañía Minera San Simón no ha corregido el daño ambiental generado por el desecho de residuos de la mina volcados a fuentes de agua en el distrito de Cachicadán ni ha cumplido con cancelar las multas que se le impusieron y otras sanciones aplicadas por infracciones ambientales. La minera acumula una deuda que sobrepasa los 21 millones de soles, más de 5 millones y medio de dólares, monto correspondiente a 28 multas.
Como hemos revelado en el reportaje central de la serie investigativa “El negocio de la Impunidad ambiental”, Compañía Minera San Simón, fue propiedad de los hermanos Sánchez Alayo, miembros de la familia Sánchez Paredes, procesados por delito de lavado de activos y narcotráfico, pero absueltos en 2023. Se trata de la tercera empresa con más multas coercitivas aplicadas que no han sido pagadas hasta la fecha.
San Simón lidera el listado de empresas beneficiadas con 18 medidas correctivas, de las cuales 14 quedaron sin ser ejecutadas. Le siguen en el ranking, la minera Santa Rosa (también propiedad de la familia Sánchez Paredes) con 15 medidas correctivas exoneradas, y Concepción Industrial, con 13.
Hecha la ley…
¿Cómo ha logrado esta empresa sobrevivir casi 10 años sin pagar un centavo de las sanciones económicas? ¿Cómo persiste en la impunidad sin corregir los daños ambientales perpetrados por su actividad? ´
San Simón -al igual que otras empresas- no sólo se ha visto beneficiada con la ley del “Paquetazo Ambiental”, que redujo el monto de las multas en un 50%, sino que también se ha resguardado en la figura del proceso concursal. La compañía ha logrado apelar a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, que establece una serie de situaciones en las cuales las obligaciones de una empresa quedan suspendidas.
Ante la consulta a OEFA, la oficina de prensa del organismo remitió a Convoca.pe un cuadro que demuestra que las multas de las seis resoluciones aplicadas contra la empresa minera San Simón, que acumulan los mayores montos monetarios y que fueron beneficiadas por el “paquetazo ambiental” se encuentran suspendidas debido al proceso concursal en el que se encuentra inmersa.
La Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva fue promulgada el 24 de septiembre de 1998 y fue el resultado de la acumulación de una serie de proyectos vinculados al tema de las deudas coactivas, es decir, las referidas al cobro que exigen las entidades del Estado frente a deudas tributarias, omisiones del pago de multas, entre otros.
La ley fue aprobada en la comisión de Justicia que presidía en aquel entonces el congresista fujimorista Ricardo Marcenaro Frers, acompañado de sus colegas de bancada Carlos Blanco Oropeza y Luz Salgado Rubianes. Diez años después, en 2008, en el segundo gobierno de Alan García, se promulgó un Decreto Supremo que emitía el Texto Único Ordenado, que establece modificaciones a la ley.
Uno de los artículos que nunca cambió permite a San Simón, y a otras empresas que se encuentran en situaciones similares, evitar el pago de multas y otras deudas, tal como revelamos en el segundo informe de la serie Impunidad Ambiental.
Las multas impagas
Tras la revisión exhaustiva de los expedientes y las resoluciones de OEFA, Convoca.pe detectó que existen 21 infracciones cometidas por la Compañía Minera San Simón, que, entre 2019 y 2021, fueron revisadas por el organismo fiscalizador. Este grupo de infracciones está concentrado en cinco expedientes que determinan también el monto de las multas a ser pagadas por la minera.
El expediente con la multa más alta y que se originó tras la inspección de 2015 ascendía a S/ 3.466.628,00 (US $923,373.85). Una resolución de 2021 establece que existen cinco conductas infractoras cometidas por San Simón en la unidad minera La Virgen.
La sanción más grave es la relacionada a descargas de material no contemplado en el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA), básicamente por los efluentes (salida del agua) provenientes de botaderos de la minera que terminaban en los ríos Suro y Cuchicorral, con la afectación de suelos cercanos a la zona donde se realizó la actividad minera.
La descarga de agua se realizó -según el reporte de supervisión citado en la resolución previa de 2019- sin contar con medidas de manejo ambiental para su funcionamiento. El agua se desechaba directamente en los suelos y en los ríos generando que se pueda afectar el agua y la flora de la zona donde se dirigen estos líquidos.
Los especialistas de la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM) llegaron a la zona colindante con el río Suro. Allí tomaron muestras de los líquidos provenientes de los tajos mineros y de los botaderos de desechos tóxicos que se originaban del proceso de separación de los metales.
Sin la aplicación de lo establecido en la ley del “Paquetazo Ambiental”, San Simón debió recibir una multa de casi 7 millones de soles (S/ 6 933 326.40 / US $1 846 766.46) sólo por estas infracciones. Sin embargo, la flexibilización de la norma aseguró la multa en la mitad de ese monto: casi 3 millones y medio de soles (S/ 3 466 628 / (US $923 373.85). Fue la multa más alta impuesta a la minera en el período analizado.
Los alcaldes de la provincia de Santiago de Chuco, Víctor Luján, y del distrito de Cachicadan, Daniel de la Cruz, afirmaron a Convoca.pe que no conocían de incidencias ambientales en las zonas donde funcionó la empresa minera, pese a la cercanía de los ríos Suro y Cuchicorral.
“San Simón, creo que, desde 2010 no funciona (...) sólo vemos la parte externa de la mina, pero no el interior, ahí hay vigilantes, no tenemos conocimiento”, señala De La Cruz en diálogo con Convoca.pe.
Más bien el burgomaestre distrital considera que varias personas se han mudado de los alrededores de la mina. “Cuando hay actividad viene gente de otros lados pero ahora ya no hay nada”, puntualiza.
Por su parte el alcalde provincial señaló que la función de las minas “es autorizada por el ministerio de Energía y Minas, ellos lo supervisan y el ministerio del Ambiente ve el tema ambiental”.
Evasión de multas
Mientras OEFA imponía medidas correctivas, estas no se realizaban y el organismo debía imponer entonces multas coercitivas. Entonces Compañía Minera San Simón aprovechaba las salidas legales propiciadas por el mismo Estado, como la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, mencionada anteriormente, que deja sin margen de acción a las instituciones que deben velar por el cumplimiento de la sanción económica.
Otra acción para evadir las sanciones fue otorgar la cesión de la unidad minera La Virgen a la empresa El Dorado Resources S.A.C. Esta fue transferida a M&M Pino Contratistas Generales S.A.C, desde el 15 de febrero de 2023, tal cual se puede comprobar en los archivos de Registros Públicos.
OEFA señala que a la empresa titular de la concesión se le ejecutó una acción de supervisión en noviembre de 2023, con el fin de hacer seguimiento de las medidas preventivas y se verificó que las medidas ordenadas continuaban sin ser cumplidas. Asimismo el organismo de fiscalización ambiental comprobó que no se estaba ejecutando ningún tipo de actividad que permita cumplir las medidas correctivas.
Este es el capítulo más reciente de una serie de cambios a lo largo de la existencia de esta empresa y la impunidad en la cual persisten, sin haber cumplido las medidas correctivas y evadiendo el pago de multas. El punto de quiebre de la empresa empieza el 18 de diciembre de 2017 cuando el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) interviene y declara el inicio del procedimiento concursal.
La empresa se encontraba con varias deudas y estaba considerada como sujeto pasivo del megaproceso que se seguía contra la familia Sánchez Paredes, acusados desde 2008 de los supuestos delitos de narcotráfico y lavado de activos. En este proceso, Fidel Ernesto Sánchez Alayo, director de la empresa, se encontraba acusado junto a su padre, Manuel, y otros miembros de la familia.
Mientras el proceso judicial seguía su curso, con toda la exposición mediática que ello implica, una serie de eventos empezaron a darse en la interna de la compañía minera, entre abril y agosto de 2018.
Según los archivos de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) en su registro de personas jurídicas, Carlos Alberto Sánchez Alayo renunció a los poderes que tenía sobre la empresa el 17 de abril de 2018. El registro de la renuncia fue inscrito en Sunarp el 11 de julio de 2018.
El 19 de julio, Fidel Ernesto Sánchez Alayo, el único de los hermanos que estaba involucrado en el caso judicial, renunció a sus poderes en la compañía.
Entre el 20 y el 23 de agosto, las renuncias continuaron. Fidel Ernesto Sánchez Alayo sumó a su renuncia como apoderado la renuncia al cargo de director de la compañía minera San Simón, según los registros de Sunarp. Lo mismo hicieron Simón Agapito, Lola Rosmery y Carlos Alberto, este último además de declinar en su cargo como director dejó también el puesto de presidente del directorio.
Para esta fecha, los expedientes de 2013 a 2017 de OEFA ya habían sido ejecutados y se advertía a San Simón de las medidas infractoras en sus actividades en el distrito liberteño de Cachicadan.
En 2018, San Simón dejó de producir y de exportar, según los registros de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas y Sunat. De enero de 2019 en adelante cambió varias veces de juntas concursales.
A partir de 2022 no existen más datos de la actividad de la empresa en Registros Públicos, pero sí en la agenda que Indecopi publica y que tiene a varias empresas -que ya han presidido la Junta- convocando a reuniones y declarando improcedentes los acuerdos de la misma.
Tras una comunicación con él área de prensa, Indecopi nos brindó información mediante un escrito sobre la situación actual de la Junta de Acreedores, presidida por Créditos Tributarios, representante del acreedor fiscal (Sunat). La administración recae nuevamente en la firma Alva Legal Asesoría Empresarial S.A.C. Ambas fueron nombradas por la Junta de Acreedores en reunión del 8 de agosto de 2023.
San Simón no sólo tiene deudas con OEFA por las multas impuestas. Según los registros de Indecopi analizados por este medio la compañía minera tiene una deuda de más de 95 millones de soles (US $25 millones) con siete instituciones del Estado.
Para este reportaje, la CEO de Alva Legal, la abogada Sonia Alva se excusó -vía correo electrónico- de conversar con nosotros señalando que “el concesionario es el obligado a pagar dichas obligaciones”.
Actualmente, la empresa M&M Pino Contratistas Generales SAC es titular de la concesión minera perteneciente a la empresa San Simón, según consta en las partidas de Registros Públicos para propiedades mineras.
M&M Pino Contratistas Generales SAC es una empresa cuya actividad principal -según los registros de Sunat- es la extracción de minerales. Su representante legal es el ingeniero José Alberto Terrones Alvarado. La dirección que registra la empresa es el número 1576 de la calle Inca Garcilaso de la Vega, en el distrito limeño de Lince.
Convoca.pe llegó a la dirección registrada en Sunat y pudo comprobar que en el lugar funciona un local compartido por negocios relacionados a la arquitectura y servicios de abogados. Preguntamos por el gerente de M&M Pino y por la empresa, pero no nos dieron razón de ninguno de los nombres mencionados.
Terrones Alvarado es vocal del Capítulo de Ingeniería de Minas del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP). Este medio solicitó en reiteradas oportunidades una entrevista con Terrones pero hasta el cierre de este informe y pese a las constantes llamadas y mensajes al despacho en el Colegio de Ingenieros la entrevista no se concretó.
El frente judicial En septiembre de 2023, el caso judicial de los Sánchez Paredes llegó a un primer hito. La Tercera Sala Penal Nacional Superior Nacional Liquidadora Transitoria absolvió, en primera instancia, a los hermanos Orlando, Fortunato y Manuel Sánchez Paredes y Fidel Sánchez Alayo, hijo de Manuel.
En este proceso, la minera San Simón también estuvo involucrada por adquisiciones subvaluadas de concesiones mineras y ocultamiento de los préstamos que Segundo Manuel Sánchez Paredes había hecho a la empresa para diversas actividades.
La fiscalía atribuyó a Segundo Manuel Sánchez Paredes la compra de acciones, bienes, activos y pasivos de la Compañía Minera Koripampa SA por aproximadamente US $ 950,000 en una transacción realizada desde una empresa offshore de las Islas Vírgenes Británicas. Además se incrementó el capital para la compra con US $ 500,000 pagados por la empresa minera Comarsa, también propiedad del grupo familiar.
Sobre este punto, fuentes de la Procuraduría Especializada en delitos de tráfico ilícito de drogas que conversaron con Convoca cuestionaron que la sala penal no considerara como una de las pruebas la fusión de la minera Koripampa con San Simón. El cuestionamiento principal es cómo una empresa que tenía un patrimonio de más de 33 millones de soles (equivalente a más de 9 millones 700 mil dólares) fuera adquirida por San Simón con sólo un millón y medio de dólares (equivalente a 5 millones y medio de soles).
Para la fiscalía y la procuraduría no hay sustento del origen del millón y medio de dólares con el que se realizó la compra. Esos 950 mil dólares “es dinero de origen no sustentado, repatriado por su gerente general Segundo Manuel Sánchez Paredes, desde España”, señalan informes de procuraduría a los cuales Convoca.pe tuvo acceso, además de referir que el resto del dinero “500 mil dólares son fondos transferidos de Comarsa”.
La acusación fiscal señala también que San Simón adquirió concesiones mineras, como Virgen de Fátima y María Auxiliadora, a un valor significativamente menor que su costo real con una diferencia de más de cinco millones y medio de dólares entre el precio pagado por la compra y el valor original.
Segundo Manuel Sánchez Paredes habría realizado préstamos a la Compañía Minera San Simón por más de 28 millones de soles (más de 8 millones de dólares) cuyo origen era injustificado. La fiscalía también apuntó a los movimientos bancarios en las cuentas de la empresa: transferencias y depósitos de dinero cuyo origen era desconocido y se presumía que provenía de actividades ilícitas, posiblemente relacionadas con tráfico ilícito de drogas (TID).
La procuraduría considera que existe una “notable insuficiencia de negocios lícitos que justifiquen el incremento patrimonial o las transmisiones dinerarias”, tanto para la compra de minera Koripampa como para la creación de una nueva empresa “San Simón Equipos”.
Tras la sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes, la fiscalía presentó un recurso de nulidad. En mayo de 2024, la defensa de Fidel Ernesto Sánchez Alayo solicitó al Poder Judicial que remita copia de la resolución judicial que lo absuelve a él y a los otros procesados de la familia.
En 2024, el movimiento de Compañía Minera San Simón se dio en Sunat. El 31 de julio de este año la empresa fue dada de baja, según consta en las consultas del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de esta entidad.
De esta manera San Simón se convirtió en una compañía dada de baja, sin actividad comercial; con un proceso concursal complicado; una deuda a acreedores por más de 107 millones de soles; con sus principales fundadores y accionistas en retirada mientras la minera quedaba involucrada en un juicio por lavado de activos; y multas impagas por daños ambientales. Fue posible gracias a una ley que se lo permite y a un Estado que termina amarrándose las manos con sus propias normas.