Por: Luis Enrique Pérez*
21 de noviembre de 2024
Anabi es una influyente minera que opera en Cusco y Apurímac, en el sur del Perú, gerenciada por el exviceministro de Minas Guillermo Shinno. Esta empresa es una de las más importantes infractoras ambientales sancionadas por la entidad fiscalizadora ambiental del país. A pesar de eso, gracias a una norma que estuvo vigente hace una década, esta compañía tuvo oportunidades para enmendar diversos episodios de afectación ambiental a fuentes de agua del que dependen las comunidades aledañas.
Uno de los casos en los que la compañía perjudicó el medio ambiente fue detectado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en la operación de Anabi, en la provincia de Cotabambas, en Apurímac. En mayo de 2013, OEFA determinó que la minera construyó un acceso a sus operaciones sobre un bofedal en la comunidad de Piscocalla, en el distrito de Haquira, que se encuentra a más de 4 mil metros sobre el nivel del mar.
Un bofedal es un cuerpo de agua de características naturales que alberga especies de flora y fauna, un ecosistema frágil, que brinda agua dulce a las comunidades altoandinas y es fundamental para actividades como la agricultura y ganadería.
Los accesos construidos sobre el bofedal están prohibidos en el artículo 11° del Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera (RAAEM), que precisa que "ninguna actividad de exploración minera debe atravesar bofedales o humedales con caminos de acceso”. Además, Anabi desconoció lo que había comprometido en sus estudios de impacto ambiental: que no iba a construir vías sobre estos cuerpos de agua.
En mayo de 2017, dos años después de que se detectara esta infracción, OEFA encontró responsable a Anabi de una conducta infractora, le ordenó que elimine el acceso que cruza el bofedal y que lo remedie para devolverlo a su paisaje original. Le dio 30 días para realizar esa labor.
Pese a la confirmación de esta infracción, la entidad fiscalizadora no multó a la empresa y sólo le aplicó una medida correctiva para enmendar el daño. Esto fue posible gracias a una norma emitida en 2014, la denominada “Ley del Paquetazo Ambiental”, que se aprobó durante el gobierno de Ollanta Humala. OEFA advirtió que de incumplir la medida ordenada, la empresa sería multada pero con un 50% de descuento.
Y así fue. OEFA encontró que Anabi no cumplió con la medida correctiva de eliminar el acceso que cruza el bofedal y que tampoco remedió el área a fin de devolver el terreno a su paisaje original. Por ello, calculó una multa total de 7 millones 529 mil 886 soles (US $1,984,154), pero con el descuento lo bajó a 3 millones 764 mil 943 soles (US $ 992,079).
¿Cómo es posible que se premie a los infractoras con descuentos millonarios pese a los daños ambientales provocados? La historia se inicia en 2014, cuando el Poder Legislativo, a propuesta del gobierno de Ollanta Humala, aprobó la Ley 30230. La "Ley del Paquetazo Ambiental" logró que OEFA reemplazara la sanción económica como primera opción por medidas correctivas ante los incumplimientos ambientales. La norma estuvo vigente entre julio de 2014 y abril 2017, cuando fue derogada, tras una serie de reportajes de Convoca.pe, que reveló las pérdidas millonarias del Estado peruano por la aplicación de esta ley.
El artículo 19° de la Ley 30230 establece que en caso de que OEFA identifique una infracción, deberá dictar en primer lugar una medida correctiva. Si esta medida es incumplida, se procederá a la sanción económica pero sólo se podrá aplicar el 50% de la multa total calculada.
A pesar de las reiteradas segundas oportunidades que OEFA da a las empresas, los resultados son incumplimientos tras incumplimientos. Esta nueva investigación de Convoca.pe demuestra que, pese a esta norma beneficiosa para las compañías, un total de 57 empresas mineras y de hidrocarburos faltaron a las medidas correctivas que le dio el Estado peruano para que puedan enmendar las infracciones ambientales que cometieron.
Deudoras con privilegios
Para identificar cuáles son las empresas beneficiadas, Convoca.pe creó una base de datos con información sobre las sanciones firmes de OEFA contra empresas extractivas entre 2019 y 2023.
Entre cientos de documentos, se pudo identificar un total de 107 resoluciones de sanciones por un total de 258 medidas correctivas incumplidas por 57 grandes empresas mineras y de hidrocarburos. La totalidad de estas sanciones debieron significar la aplicación de multas por 137 millones 500 mil 430 soles (US $36,231,997), pero gracias a la aplicación del descuento de la Ley del Paquetazo Ambiental, OEFA perdonó el pago reduciendo la sanción económica a 66.8 millones de soles. De esta manera, el Estado peruano dejó de percibir 70 millones 689 mil 668 soles (US $18,627,053). El monto descontado supera el 30% del presupuesto institucional de OEFA, la entidad fiscalizadora ambiental.
De estos casos, 93 resoluciones corresponden sólo a mineras. Las más favorecidas fueron la Compañía Minera San Simón SA, que estaba a manos de la familia de los Sánchez Paredes investigados por lavado de dinero; la estatal Activos Mineros SAC, Anabi SAC, Castrovirreyna Compañía Minera SA en Liquidación y Compañía Minera Santa Rosa SA (Comarsa). Juntas, estas empresas acumulan más del 48% del total de las multas reales que las 57 empresas debieron pagar, así como el 46.8% de las multas impuestas con el descuento. Anabi es la minera gerenciada por el exviceministro de Minas Guillermo Shinno (2012-2017) mientras que Castrovirreyna fue controlada por la familia Jimenez Tode. Comarsa estuvo ligada hasta 2018 a Santos Orlando Sánchez Paredes, investigado por lavado de activos y con antecedentes por presunto narcotráfico desde los años 80. Años más tarde fue absuelto en un fallo cuestionado por la Fiscalía.
Convoca.pe consultó a las empresas investigadas pero no obtuvo respuestas. Voceros de OEFA tampoco respondieron las consultas.
Otra de las grandes empresas extractivas que destaca entre las que incumplieron con las medidas correctivas ordenadas por el Estado es Volcan Compañía Minera. Esta firma que era administrada por la suiza Glencore y ahora pertenece al grupo argentino Integra Capital, acumula dos resoluciones de sanción por desacatar las disposiciones del OEFA y es la compañía con más infracciones ambientales en los últimos 20 años, según el semáforo de cumplimiento de la plataforma Convoca Deep Data.
OEFA calculó las multas contra Volcan en un total de 3 millones 84 mil 427 soles (US $812,760), pero terminó siendo reducida a solo 1 millón 410 mil 579 soles (US $371,694) gracias a los descuentos de la Ley 30230.
La minera de capital peruano-estadounidense Buenaventura, que preside el empresario Roque Benavides, también registra incumplimientos en las medidas correctivas ambientales exigidas por OEFA, que además han sido desacatadas de forma persistente. Durante 2021 y 2022, la entidad detectó que esta compañía incumplió con las disposiciones para enmendar infracciones ambientales en sus unidades Surichata en Puno y Lircay en Huancavelica, en los andes del país.
Ante estas infracciones, OEFA calculó que la multa a imponer debía superar la cifra de 1 millón 581 mil 810 soles (US $416,814), pero solo pudo imponerle el 50% de la multa. Un total de 790 mil 905 soles (US $208,407).
Un año después, la entidad realizó nuevas inspecciones para verificar si es que la minera enmendó las infracciones encontradas. Sin embargo, los resultados fueron negativos por lo que en 2023 el OEFA determinó los incumplimientos reiterados, lo que generó nuevas multas coercitivas contra Buenaventura por un total de 3 millones 69 mil soles (US $808,695). Esta vez, sin descuentos.
Sólo en la gran y mediana minería, el conjunto de las empresas de ese sector tenían que pagar un total de 115 millones 234 mil 767 soles (US $30,364,892) por desacatar las disposiciones de la entidad de fiscalización ambiental, pero con la aplicación de la Ley 30230 fueron multados con sólo 56 millones 121 mil 162 soles (US$ 30,364,892), un 48.7% del total de la multa real
Sólo en la gran y mediana minería, el conjunto de las empresas de ese sector tenían que pagar un total de 115 millones 234 mil 767 soles (US $30,364,892) por desacatar las disposiciones de la entidad de fiscalización ambiental, pero con la aplicación de la Ley 30230 fueron multados con sólo 56 millones 121 mil 162 soles (US$ 30,364,892), un 48.7% del total de la multa real.
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Algunas de las empresas favorecidas son ya viejas conocidas por su comportamiento irregular respecto al cumplimiento de medidas ambientales. Algunas de ellas, incluso ya han sido investigadas por Convoca.pe en reportajes que revelan las denuncias de contaminación de ríos contra la empresa minera Anabi.
La minera manejada por Shinno, quien fuera Director General de Minería y viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas (Minem), durante el gobierno de Ollanta Humala e inicios del mandato de Pedro Pablo Kuczynski (2012-2017), registra dos resoluciones de OEFA por incumplimientos de las medidas correctivas ordenadas, cuya multa original y sin los descuentos de la Ley 30230 sumaba más de 8 millones 55 mil soles (US$ 2,122,529).
Una de las multas más importantes por contaminación ambiental contra Anabi ocurrió en diciembre de 2017, en el distrito de Quiñota, provincia de Chumbivilcas, Cusco. Fue por el vertido de aguas residuales provenientes del depósito de desmonte que eran volcadas sin tratamiento previo al cauce de agua de la quebrada Chonta. Estas aguas contenían niveles de metales pesados por encima de los límites máximos permisibles.
El caso se había detectado dos años antes, durante las supervisiones realizadas en 2015. Entonces, se tomaron muestras en tres puntos donde se evidenció que estas aguas de subdrenaje provenientes del depósito de desmontes tienen concentraciones elevadas en los parámetros potencial de hidrógeno, arsénico, hierro, cobre, zinc y mercurio, por encima de los límites máximos permisibles.
En la resolución de 2017, la Dirección de Fiscalización del OEFA ordenó a minera Anabi una medida correctiva para mejorar el sistema de tratamiento de las aguas de subdrenaje del botadero de desmonte hasta cumplir con los límites máximos permisibles.
Dos años después, en octubre de 2019, el organismo volvió a inspeccionar el área para verificar el cumplimiento de las medidas correctivas. Sin embargo, la minera Anabi no cumplió con la única medida correctiva dictada, de acuerdo con la resolución analizada.
Por ello, OEFA calculó la multa en 525 mil 294 soles (US$ 138,417), pero con la aplicación de la Ley 30230, la sanción económica bajó a 262 mil 647 soles (US$ 69,208).
El caso Castrovirreyna
Otra empresa que lidera el ranking de las que tienen más sanciones por el incumplimiento de medidas correctivas es la longeva minera Castrovirreyna, que operaba en la región Huancavelica. La minera procesaba plata, oro y plomo en Perú desde 1942. En las últimas cuatro décadas, la compañía fue controlada por la familia Jimenez Tode.
Desde el 15 de junio de 2015, la minera está en proceso concursal y está siendo liquidada por la compañía Right Business. Esta empresa acumula un total de siete resoluciones de sanciones por medidas correctivas incumplidas que fueron calculadas en más de 8 millones de soles (US $2,115,652), pero gracias a la Ley 30230 estas multas se redujeron a 4 millones 14 mil 455 soles (US$ 1,057,827).
Castrovirreyna fue sancionada por OEFA por el manejo de los pasivos ambientales de la mina Astohuaraca, en el distrito de Santa Ana, provincia de Castrovirreyna, Huancavelica. Una inspección realizada en diciembre de 2014 encontró que en el sistema de tratamiento de drenaje emanaba un efluente que excede los límites máximos permisibles respecto al plomo total y hierro total, que se descargaba en el río Yuracyacu.
La entidad fiscalizadora determinó que Castrovirreyna había implementado un sistema de tratamiento para el drenaje de la bocamina B-10, que se había instalado sin que estuviera contemplado en su instrumento de gestión ambiental, según una resolución del 31 de diciembre de 2018.
OEFA le ordenó a la compañía el cumplimiento de tres medidas correctivas. La más importante era que debía realizar el monitoreo mensual del efluente de la bocamina señalada y acreditar que los parámetros de plomo total y hierro disuelto en el punto del vertimiento hacía el río Yuracyacu se mantuvieran dentro de los límites permitidos. Esto, hasta que se lograra el cese de dicho efluente y se cerrara la bocamina B-10.
Otra conducta infractora indicaba que la minera Castrovirreyna no había ejecutado las actividades de cierre en el campamento III, por lo que OEFA dispuso la demolición de las estructuras, la nivelación del terreno y el recubrimiento del área con suelo orgánico. Le dio un plazo de 40 días.
Sin embargo, en octubre de 2022, la Subdirección de Fiscalización en Energía y Minas y la Dirección de Fiscalización Ambiental determinaron que la minera incumplió las cuatro medidas correctivas ordenadas, por lo que debía ser sancionada con multas económicas.
Se le calculó una sanción de 1,915,550 soles (US$ 504,756), pero con la aplicación del descuento por la Ley 30230 la multa se redujo al 50%.
Castrovirreyna no es la única minera en proceso de liquidación. Durante esta serie investigativa, Convoca.pe pudo identificar que otras seis empresas también se encuentran en proceso concursal.
Incumplen y no pagan
En las 107 resoluciones de sanción por el incumplimiento de las medidas correctivas analizadas para esta investigación, OEFA indicó que las empresas infractoras debían realizar el pago de sus multas en los primeros 15 días a partir de la resolución. De lo contrario, se generarán moras e intereses legales.
Esta advertencia no fue un inconveniente para las mineras infractoras. Convoca.pe pudo detectar que de las 107 resoluciones impuestas por incumplimientos de las medidas correctivas sólo fueron pagadas 32 resoluciones, dejando impagas hasta la fecha 78 resoluciones por un total de 54 millones 518 mil 249 soles en multas (US $14,356,810).
Las empresas con más multas impagas son las mineras San Simón, San Nicolás, Santa Rosa, Concepción Industrial y Castrovirreyna. Del total, sólo la minera San Simón registra una deuda de 11 millones 100 mil 758 soles (US $2,925,100) lo que significa el 16.6% del total de deudas por medidas correctivas incumplidas por las empresas mineras y petroleras.
La multa más alta que adeuda la Compañía Minera San Simón está referida a un proceso donde se le encontró responsable del incumplimiento de cinco medidas correctivas ordenadas por OEFA por hechos detectados en agosto de 2015 en la unidad minera La Virgen, provincia de Santiago de Chuco, La Libertad, en el norte del Perú.
La conducta infractora más grave fue que San Simón realizó descargas que no estaban contempladas en su instrumento de gestión ambiental hacia el río Suro y el río Cuchicorral, provenientes del tajo Suro Sur y de los botaderos Alumbre fase 1 y Alumbre Oeste.
Además, OEFA identificó que la minera San Simón no adoptó las medidas de prevención y control para evitar e impedir que la solución cianurada del PAD de lixiviación se desborde entrando en contacto con el suelo.
OEFA le impuso una sanción de 6 millones 933 mil 256 soles (US $1,826,944), pero con el descuento de la Ley 30230, la sanción fue de 3 millones 466 mil 628 soles (US $913,472). Aun con la reducción, la minera San Simón no pagó la multa.
Desobediencia persistente
Si bien OEFA sancionó con multas con un descuento del 50% a estas 57 empresas mineras y de hidrocarburos, las sanciones no las liberaban del cumplimiento de las medidas correctivas. Así que posteriormente, esta institución hizo nuevas verificaciones para determinar si las compañías extractivas habían cumplido las medidas ambientales ordenadas.
Convoca.pe tuvo acceso a las resoluciones de OEFA y encontró que la entidad fiscalizadora determinó la persistencia en el incumplimiento de 175 medidas correctivas. Sólo se cumplieron 32 medidas. Además, la entidad fiscalizadora declaró que 64 medidas quedaron sin efecto y 13 fueron declaradas como “inexigibles”.
Ante la persistencia en el incumplimiento, OEFA tiene la facultad de imponer nuevas sanciones, esta vez sin descuentos. Convoca.pe analizó 148 resoluciones de sanción y pudo identificar que OEFA impuso multas coercitivas a 16 mineras y petroleras por una suma total de 108 millones 184 mil 267 soles (US $28,507,053).
Las empresas mineras que acumulan más resoluciones por multas coercitivas son la minera San Simón y la minera San Nicolás, sancionadas en 28 y 11 ocasiones respectivamente.
En las 28 resoluciones de sanción por multas contra la minera San Simón, OEFA le impuso un total de 21 millones 377 mil 600 soles en sanciones económicas entre 2019 y 2024 por la persistencia de la compañía en el incumplimiento de las medidas para remediar el impacto ambiental de su actividad.
La minera San Simón es la empresa con mayor cantidad de multas de este tipo. OEFA detectó que la empresa descargó agua de infiltración del tajo Suro Sur sin realizar el tratamiento previo, según lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
Además, el organismo detectó que la minera San Simón excedió los límites máximos permisibles de los parámetros de pH por cobre total y zinc total en tres puntos de muestreo.
La minera San Nicolás es la empresa que ha sido sancionada con el mayor monto económico, por un total de 27 millones 265 mil soles (US $7,184,453) por la persistencia en el incumplimiento de 16 medidas correctivas. Estas multas hasta la fecha no han sido pagadas.
Una de las infracciones incumplidas es por el exceso de los límites máximos permisibles para efluentes mineros con respecto a minerales como arsénico, cobre, zinc, mercurio, hierro y cadmio.
Crónica de una muerte anunciada
Para la experta en derecho ambiental Ana Leyva, que las empresas hayan dejado de pagar las multas por incumplimiento de las medidas correctivas, es una muestra de que el Estado cometió un error en ser tolerante con las infracciones ambientales.
“Las actividades mineras y petroleras pueden tener impactos muy dañinos. Esa idea de tolerar las infracciones ambientales, sobre todo a las grandes mineras, que ya tienen una trayectoria en el sector, es un error grave porque es bien difícil devolver las zonas afectadas a su estado anterior”, indicó Leyva.
El economista Manuel Glave Testino sostuvo que el resultado mostrado por Convoca.pe era una “crónica de muerte anunciada”, pues las empresas extractivas no adoptaron buenas prácticas, no cumplieron con las medidas correctivas y evitaron o postergaron el pago de las multas o apelaron las sanciones.
El también investigador principal del Grupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE) resaltó que conociendo la trayectoria de las empresas del sector público y privado, la Ley 30230 confirma que la normativa sólo buscaba la reducción de costos y trámites y facilitar las inversiones con menos controles ambientales.
Además, la experta Ana Leyva considera que las empresas infractoras hacen un análisis de costo y ven que las multas coercitivas no significan un perjuicio porque sólo pueden llegar hasta las 100 unidades impositivas tributarias. “Les sale más barato seguir pagando la multa coercitiva y seguir incumplimiento las medidas correctivas”, afirmó la especialista de Cooperacción. Y a pesar de ello, tampoco pagan.