La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró fundada la casación presentada por la defensa del empresario pesquero Óscar Peña, el abogado Fredy Infanzón y Miguel Honores, y ordenó el archivo definitivo de las investigaciones por presunto cohecho. La resolución, emitida por el juez supremo César San Martín, revierte las decisiones previas del Poder Judicial y cierra un caso que se inició en 2020 por una acusación fiscal de presuntos pagos ilícitos a la jueza Noemí Nieto Nacarino y por el archivamiento del caso Fundo Oquendo.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia declaró fundada la casación sobre la “excepción de improcedencia de acción” presentada por la defensa de Óscar Peña Aparicio, Fredy Infanzón y Miguel Honores Pérez, quienes fueron investigados por el presunto delito de cohecho.

La decisión del Poder Judicial, de agosto de 2025, está vinculada a las investigaciones iniciadas en 2020 por la Fiscalía Anticorrupción del Callao, que indagaba si el empresario pesquero Óscar Peña Aparicio ofreció presuntos sobornos a la jueza Noemí Nieto Nacarino.

En noviembre de 2020, Convoca.pe informó sobre el inicio de estas pesquisas que señalaban que el presunto soborno tenía como objetivo que la magistrada emitiera en 2015 una resolución para extender las medidas cautelares que permitieron operar a las embarcaciones pesqueras de LSA Enterprise —empresa fundada por Peña— pese a no contar con autorización del Ministerio de la Producción.

En la etapa inicial de la investigación fiscal, según el Ministerio Público, la resolución de 2015 emitida por Nieto Nacarino se originó en un documento presentado en marzo de ese año por Fredy Infanzón Laurente, entonces abogado y representante legal de LSA Enterprise.

Entre 2011 y febrero de 2015, Infanzón trabajó en el Ministerio Público como asistente del fiscal Wils Gonzales Morales, a cargo de la Segunda Fiscalía Provincial Anticorrupción del Callao. Este fiscal investigaba a Óscar Peña y al exgobernador regional del Callao, Félix Moreno, por los presuntos delitos de tráfico de influencias, colusión y negociación incompatible en el caso Fundo Oquendo.

Según la investigación del Ministerio Público, Gonzales encargó a Fredy Infanzón la redacción de un proyecto de archivamiento del caso Fundo Oquendo, que el fiscal firmó y aprobó el 13 de mayo de 2014, beneficiando a Peña. Meses después, en febrero de 2015, Infanzón renunció a su trabajo de asistente fiscal y al mes siguiente, en marzo, asumió como representante legal de LSA Enterprise. Una de sus primeras gestiones fue presentar el pedido de aclaración sobre la medida cautelar que la jueza Nieto había emitido a favor de la empresa, aparece en las pesquisas.

La Fiscalía buscaba determinar si Peña e Infanzón habían coordinado para lograr el archivamiento del caso Fundo Oquendo. El expediente pasó al fiscal Francisco Alarcón Solís, quien tras 17 meses de investigación solicitó el sobreseimiento de esa investigación en julio de 2018 ante el juez Sergio Núñez Palacios.

El principal argumento de Alarcón para archivar la investigación fue que no se encontraron elementos que acreditaran una relación de “causa y efecto” entre la elaboración del proyecto de archivamiento y la posterior contratación de Infanzón por la empresa de Peña.

Sobre la presentación del pedido de aclaración ante el despacho de Nieto Nacarino, el fiscal Alarcón concluyó que no se logró demostrar que la decisión de la magistrada estuviera influida por algún beneficio económico ofrecido por Infanzón.

Sin embargo, en enero de 2019, el juez Núñez Palacios rechazó el archivamiento y consideró que existían elementos que configuraban el presunto delito de cohecho activo, señalando que Peña habría ofrecido a Infanzón un beneficio laboral superior al que recibía como asistente fiscal, a cambio de la redacción del proyecto de archivamiento del caso Fundo Oquendo.

Además, Núñez concluyó que Infanzón habría ofrecido a la jueza Nieto alguna ventaja con el objetivo de que la magistrada emitiera resoluciones parciales. También sostuvo que había indicios para determinar que Peña y el apoderado legal de LSA Enterprise, Miguel Honores Pérez, actuaron como instigadores del presunto ilícito.

La resolución del juez Núñez pasó a la fiscal superior Yanet Vizcarra Choque, titular de la Fiscalía Anticorrupción del Callao, quien en febrero de 2019 pidió a la fiscal Cristina Poicón formular acusación contra Peña, Honores e Infanzón por presuntos delitos de cohecho en diferentes modalidades.

En agosto de 2019, la defensa de los investigados presentó una excepción de improcedencia de acción ante la Corte del Callao, argumentando que las imputaciones de la Fiscalía carecían de relevancia penal.

El Decimoprimer Juzgado de Investigación Preparatoria declaró fundado el pedido y señaló que la Fiscalía sustentó el presunto delito de cohecho pasivo de auxiliares jurisdiccionales sin considerar que el entonces asistente fiscal Fredy Infanzón debía tener “conocimiento o competencia” en el caso Fundo Oquendo.

Asimismo, el juzgado destacó que el Ministerio Público había pedido el sobreseimiento del proceso contra la jueza Nieto Nacarino por presunto cohecho pasivo específico, en el que Infanzón era señalado como agente corruptor, lo cual —según el juzgado— impedía configurar el tipo penal.

En marzo de 2020, la fiscal provincial apeló la decisión, pero la Primera Sala de Apelaciones del Callao revocó el fallo y declaró infundadas las excepciones de improcedencia de acción por los presuntos delitos de cohecho pasivo de auxiliares jurisdiccionales y cohecho activo específico. De esa manera ordenó continuar con el proceso.

Tras esta decisión, en noviembre de 2023, la defensa de Peña, Infanzón y Honores presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema para anular el fallo de la Sala de Apelaciones y lograr el archivo definitivo.

En agosto de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, en una resolución elaborada por el juez supremo César San Martín, declaró fundada la casación y ordenó el archivo definitivo de las investigaciones.

Respecto al presunto cohecho pasivo atribuido a Infanzón para influir en la decisión fiscal que archivó el caso Fundo Oquendo a cambio de ser contratado por LSA Enterprise, la Corte Suprema concluyó que la orden de archivar el caso fue dispuesta por el fiscal Wils Gonzales y que la redacción de la resolución fue encargada directamente por él.

Sobre la supuesta entrega de beneficios a la jueza Nieto Nacarino para favorecer a LSA Enterprise mediante medidas cautelares para que la embarcación de la empresa de Óscar Peña siga pescando sin permiso del Ministerio de la Producción, la Sala de la Corte Suprema consideró como “hecho jurídico trascendental” para declarar fundada la casación el archivamiento de la investigación contra la magistrada, al no encontrarse que recibió ventajas, promesas económicas u otros beneficios de parte de Infanzón, Peña y Honores.

Óscar Peña solicitó a Convoca.pe a fines de 2025 que se elimine el reportaje en el que se informó en noviembre de 2020 sobre este caso. Al respecto, este medio de comunicación respondió, mediante una nota periodística, que mantendría el reportaje original de hace cinco años porque los hechos eran vigentes en el momento de la difusión del informe. Asimismo, se publicó una nota de actualización dentro del reportaje para informar sobre el archivamiento del caso.

Tras publicar nuestra respuesta a Peña, el abogado Fredy Infanzón pidió que se elimine del reportaje su nombre y su fotografía. Al respecto, Convoca también respondió como se puede ver en la siguiente nota.

Convoca.pe considera que informar sobre este caso es de interés público y renueva su compromiso para seguir investigando lejos de las presiones del poder.