El Poder Judicial ordenó que continúe la investigación penal por la muerte de 27 trabajadores mineros en la Minera Yanaquihua S.A.C., ocurrida la madrugada del 5 de mayo de 2023, tras rechazar el pedido de archivo definitivo presentado por la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos. El caso ahora deberá ser investigado por un fiscal superior.
El requerimiento de archivo fue formulado por el fiscal Giovanni Matos Palza, quien solicitó el sobreseimiento del caso al considerar que no existió dolo por parte de los investigados y que las muertes fueron consecuencia de decisiones adoptadas por los propios trabajadores de la subcontratista Sermigold S.A.C. durante el incendio ocurrido al interior de la mina, en la provincia arequipeña de Condesuyos.
Sin embargo, la jueza de investigación preparatoria de Condesuyos, María del Carmen Rendón Vigil, declaró infundado el pedido de archivo del fiscal Matos y sostuvo que existen documentos técnicos que revelan indicios graves de incumplimientos estructurales en materia de seguridad que deben ser evaluados en un juicio oral.
Uno de los puntos centrales de la resolución judicial es el rechazo a la tesis fiscal de la “autopuesta en peligro”. Según la jueza, este argumento no se sostiene porque el incendio que provocó la intoxicación masiva por monóxido de carbono no fue causado por los trabajadores fallecidos.
La magistrada precisa que dicha tesis solo sería aplicable si las propias víctimas hubieran generado el incendio, lo cual no ocurrió. Por el contrario, el fallo señala que el siniestro fue consecuencia de deficiencias estructurales atribuibles a la gestión empresarial, como instalaciones eléctricas precarias, ausencia de señalización y falta de supervisión técnica obligatoria.
“El riesgo mortal no fue creado por los trabajadores, sino por condiciones estructurales ajenas a su voluntad”, señala la resolución. Por ello, la jueza encuadra el caso en una situación de “heteropuesta en peligro”, en la que el empleador mantiene el dominio del riesgo y no puede trasladar la responsabilidad penal a los trabajadores.
El fallo recoge un informe de ingeniería forense que ubica el foco del incendio en zonas de cableado eléctrico constringido y material combustible. Asimismo, se advierte que al momento del accidente la mina operaba en el turno noche sin ingeniero de seguridad ni supervisor de seguridad, en abierta infracción al Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.
Estas condiciones, señala la jueza, impiden sostener que el entorno laboral era seguro o que la responsabilidad del resultado mortal recaiga en los propios trabajadores fallecidos.
La jueza también advirtió que la tesis fiscal de la “autopuesta en peligro” se sustenta únicamente en el testimonio del supervisor sobreviviente Roberto Rudy Quispe Monroy, un aspecto que ya había sido observado por el portal de investigación Convoca.pe en reportajes anteriores.
Según esta versión, Quispe Monroy alertó al supervisor Apolinar Flores Meneses —quien falleció en el incendio— que su monitor de gases registraba 64 partes por millón de monóxido de carbono, muy por encima del máximo permitido. Monroy dijo a la Fiscalía que avisó al supervisor Apolinar Flores Meneses —quien finalmente falleció en el incendio— para evacuar a los trabajadores, pero este le respondió: “sí, sí, ahorita los sacamos”.
Para el fiscal Matos, esta respuesta del trabajador fallecido demostraría que el supervisor reconoció el riesgo y no actuó a tiempo. No obstante, la jueza Rendón consideró que aceptar esta versión como verdad absoluta para archivar la causa, sin someterla a contradicción en juicio, resulta peligroso.
“Aún en el supuesto negado de que hubiera existido una demora en la evacuación, el peligro original (fuego y toxicidad en espacio confinado) seguía siendo dominado organizacionalmente por la empresa, que ostentaba un deber de garante irrenunciable”, señala la resolución.
Responsabilidad de los investigados
La jueza Rendón identificó indicios concretos de responsabilidad penal en cada uno de los cuatro investigados que merecerían ser indagados por un fiscal superior.
En el caso de Mario Pérez Anaya, jefe de mina de Minera Yanaquihua, se cuestiona que haya autorizado la operación nocturna sin supervisión de seguridad. Esta omisión fue calificada como negligencia en un informe de la Gerencia Regional de Minería (GREM) del Gobierno Regional de Arequipa.
Respecto a Josmel Calli Vilca, jefe de seguridad de Minera Yanaquihua, la magistrada señala que no habría detectado ni corregido fallas estructurales que convirtieron la mina en una trampa mortal. Informes de la Gerencia Regional de Minería y el Acta de Inspección Policial acreditan la ausencia de mapas de riesgos y de señalización visible de rutas de escape.
En cuanto a Leandro Tito Huamani Urday, gerente de la contratista Sermigold S.A.C., la resolución destaca que la empresa no asignó un ingeniero de seguridad para el turno noche, hecho certificado por la autoridad minera regional.
Sobre William Martín Carpio Cárdenas, administrador de Minera Yanaquihua, el juzgado considera necesario esclarecer en juicio si la precariedad de materiales —como cables eléctricos parchados y sujetos de forma artesanal— respondió a decisiones de recorte presupuestal bajo su gestión directa.
Finalmente, la jueza concluyó que no existe la certeza negativa exigida por la ley para archivar el proceso penal y que retirar el caso del juicio oral, como pretendía la Fiscalía, “vulneraría el deber de esclarecimiento de los hechos”, especialmente cuando existen 27 víctimas mortales en un contexto de ilegalidad administrativa certificada por la autoridad minera.
Con esta decisión, el Ministerio Público deberá asignar el caso a un fiscal de nivel superior, quien tendrá la responsabilidad de continuar la investigación por una de las tragedias mineras más graves registradas en los últimos años.
No obstante, como informó Convoca.pe, que viene siguiendo el caso desde sus orígenes, la minera Yanaquihua y la contratista Sermigold han llegado a acuerdos económicos extrajudiciales con los deudos de las 27 víctimas. Por ello, ninguna de las familias han presentado objeciones ante el pedido de archivamiento del caso por parte de la Fiscalía.