Tras el reportaje de Convoca.pe que reveló que la planta de Perú LNG, operada por la empresa estadounidense Hunt Oil, realizó quema de gas sin autorización durante más de una década y registró al menos un episodio de venteo de metano —una práctica contaminante prohibida salvo en casos excepcionales— el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) informó que inició acciones de fiscalización, pero únicamente en relación con los eventos de venteo y no por la quema de gas sin permiso sectorial. 

Por su parte, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) señaló que evalúa la información disponible. El Ministerio de Energía y Minas (Minem), entidad responsable de autorizar la quema de gas, no respondió a Convoca.pe si ha iniciado alguna investigación o procedimiento administrativo hasta el cierre de esta edición.
 

Convoca.pe buscó las respuestas de las autoridades tras la publicación del reportaje que reveló la liberación de emisiones tóxicas y la quema de gas sin autorización en la planta de Perú LNG, la única planta exportadora de gas natural del Perú, ubicada en Pampa Melchorita, y estas fueron sus respuestas.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) anunció acciones de fiscalización, pero solo respecto al venteo y sin precisar fechas; el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) indicó que evalúa la información disponible; y el Ministerio de Energía y Minas (Minem), entidad encargada de autorizar y sancionar la quema de gas, optó por el silencio. El contraste entre anuncios parciales y el silencio del sector competente marca el eje de este caso, que involucra a la única planta exportadora de gas natural del país.

La quema y el venteo de gas no solo implican desperdicio de un recurso energético, sino la emisión de dióxido de carbono, metano —un gas de efecto invernadero mucho más potente en el corto plazo— y otros contaminantes tóxicos asociados a enfermedades respiratorias y cardiovasculares, lo que agrava la relevancia ambiental y sanitaria del caso para las poblaciones cercanas de Cañete y Chincha.

El Osinergmin informó a este medio que “viene realizando acciones de fiscalización, en el marco de sus competencias, a fin de determinar las acciones que correspondan en lo referido a los eventos de venteo (liberación directa de metano, un gas contaminante)" 

Peru LNG

La solicitud de información sobre las acciones adoptadas fue enviada el 9 de febrero. Osinergmin respondió el 12 de febrero, aunque no precisó la fecha exacta en que se realizaría la fiscalización ni el alcance específico de las diligencias.

Sin embargo, la entidad precisó que no tiene facultades para autorizar la quema de gas natural. Según indicó, esa atribución corresponde al Ministerio de Energía y Minas (Minem), a través de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH). 

El reportaje de Convoca.pe —publicado el 19 de diciembre— evidenció que la planta de licuefacción de gas natural operada por Perú LNG, con la empresa estadounidense Hunt Oil, realizó quema de gas sin autorización sectorial desde 2012 y registró al menos un episodio de liberación directa de metano en 2023, las autoridades competentes respondieron sobre sus acciones tras la revelación de las infracciones detectadas en nuestra historia.

El reportaje fue elaborado en colaboración con el medio británico Point Source y contó con el análisis de datos satelitales del sistema Global Gas Flaring Observed from Space (GGFOS) del Banco Mundial y de la empresa GHGSat.

Osinergmin recordó que, conforme al Reglamento de Refinación y Procesamiento de Hidrocarburos (DS 051-93-EM), sus funciones de fiscalización en plantas de procesamiento se limitan a verificar que los equipos de quema (flare) existan y se mantengan en buenas condiciones, mas no a evaluar o autorizar la quema en sí misma.

Es decir, Osinergmin supervisa las condiciones técnicas de los equipos, pero no aprueba la decisión de quemar gas.

 

Respuesta de Osinergmin
Respuesta de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales de Osinergmin a Convoca.pe

Por su parte, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) señaló que la autorización para la quema de gas se rige por el marco normativo sectorial vigente y que la evaluación y aprobación de estas actividades corresponde a la autoridad certificadora competente, en este caso el Ministerio de Energía y Minas.

Respecto al venteo de gas —práctica generalmente prohibida— OEFA recordó que solo puede realizarse en situaciones excepcionales, como contingencias o emergencias, y que requiere autorización previa de Osinergmin.

A OEFA y al Minem también se les solicitó información sobre las acciones adoptadas el 9 de febrero. OEFA respondió el 16 de febrero.

Finalmente, la entidad indicó que realiza sus supervisiones conforme a su Reglamento de Supervisión y que evalúa permanentemente la información disponible para determinar las actuaciones que correspondan dentro de sus competencias. No precisó, sin embargo, si ha iniciado un procedimiento específico vinculado a los hechos revelados en la investigación.

Cabe recordar que el 3 de diciembre de 2025, antes de la publicación del reportaje, Convoca.pe solicitó formalmente a OEFA información detallada sobre las acciones de supervisión realizadas entre 2012 y 2025 en la planta de Pampa Melchorita, incluyendo monitoreos de emisiones, verificación de permisos de quema y venteo, reportes de volúmenes y posibles sanciones. La entidad respondió entonces que la atención de consultas específicas podría tomar meses, lo que impidió contar con información detallada antes de la publicación.

Respuesta OEFA
Respuesta de OEFA a Convoca.pe el 16 de febrero 

 

El silencio del Minem 

Las respuestas de Osinergmin y OEFA coinciden en un punto central: la autorización para la quema de gas natural en instalaciones como la planta de Pampa Melchorita es competencia del Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Hidrocarburos.

En el reportaje original, el propio Minem había confirmado a Convoca.pe que no otorgó autorizaciones a Perú LNG para la quema de gas desde 2013 hasta 2025. Sin embargo, tras la publicación de la investigación y ante nuevas consultas de este medio para conocer si se iniciaron acciones administrativas, supervisiones o procedimientos sancionadores, el ministerio no respondió hasta el cierre de esta edición.

Aunque inicialmente indicó que enviaría una respuesta, posteriormente señaló que, debido a los acontecimientos de coyuntura nacional, no emitiría pronunciamiento dentro del plazo solicitado.

El silencio resulta especialmente relevante porque, según la normativa vigente, la quema de gas requiere autorización previa de la autoridad sectorial. Si dicha autorización no existió, corresponde al Minem evaluar la eventual comisión de infracciones administrativas y determinar si se aplicarán sanciones o medidas correctivas.

Mientras Osinergmin anuncia acciones de fiscalización respecto a los eventos de venteo y OEFA afirma que analiza la información disponible, la entidad con competencia directa para autorizar o sancionar la quema de gas aún no informa si ha iniciado una investigación formal.

En un caso que involucra a la única planta exportadora de gas natural del país y que, según datos satelitales analizados por Convoca.pe, duplicó sus volúmenes de quema entre 2023 y 2024, la ausencia de una respuesta clara del Ministerio de Energía y Minas deja abierta una pregunta clave: ¿habrá consecuencias administrativas por más de una década de emisiones sin autorización sectorial?

Convoca.pe seguirá investigando este caso por su alto interés público y hará seguimiento a las acciones que adopten las autoridades competentes.