Cuatro puntos controversiales del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Tía María que todos merecen conocer.
La mañana del viernes 22 de mayo, Convoca reveló cuatro graves inconsistencias en el manejo de las aguas y el monitoreo de los impactos ambientales del último Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto minero Tía María, entre otros hechos desconocidos. Para elaborar la investigación, nuestro equipo accedió a los 35 tomos del expediente de aprobación del polémico estudio presentado por Southern Perú en noviembre de 2013 al Ministerio de Energía y Minas, después que el primer EIA fuera declarado inadmisible en abril de 2011.
Con la ayuda de ingenieros ambientales, comparamos el primer estudio ambiental, que tuvo 138 observaciones de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), con el nuevo EIA, que es fuente de desconfianza en el conflicto minero que protagoniza la provincia de Islay, donde ya se registraron cuatro muertos y decenas de heridos.
Por la noche del viernes, una hora y media antes que el premier Pedro Cateriano anunciara el estado de emergencia en los distritos de Islay y Mollendo, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) respondió, mediante sus redes sociales, a una parte de los hallazgos del reportaje "La bomba que hizo explotar Tía María" publicado en Convoca y en el diario La República.
Aquí nuestra respuesta punto por punto.
I. Sobre el estudio de factibilidad
El Ministerio de Energía y Minas asegura que “toda información registrada en el Estudio de Impacto Ambiental es a nivel de factibilidad”. Y por lo tanto, habría que inferir que como “la planta desalinizadora forma parte del EIA”, también cuenta con ese estudio. Como reveló el reportaje, lo cierto y concreto es que el EIA no incluyó en ninguno de sus tomos, el Estudio de Factibilidad de la planta que es fundamental para garantizar que se usará el agua de mar en las operaciones de Southern y no otras fuentes de agua como el río Tambo. La presentación de este estudio es clave para que los evaluadores del Minem puedan determinar si realmente la planta tendrá la capacidad de procesar el agua que la empresa requiere para su explotación minera sin necesidad de recurrir al agua del río. Según los ingenieros ambientales consultados, no basta con diez carillas descriptivas sobre la planta como aparecen en el EIA.
El ingeniero César Rodríguez, jefe del equipo de ingenieros de Geoservice Ingenería que elaboró el EIA, aseguró a Convoca que la consultora no fue contratada para realizar el estudio de factibilidad de la planta y que Southern lo hizo por su cuenta. Entonces, ¿dónde está el estudio? Los técnicos de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Minem señalaron que no revisaron dicho estudio y confirmaron que no está en el EIA. En la Dirección General de Minería dieron la misma respuesta.
Antes de difundir la investigación, Convoca solicitó a lo largo de una semana y media, una entrevista con el viceministro de Minas, Guillermo Shinno, pero solo recibimos al borde del cierre de la investigación respuestas escuetas por correo electrónico mediante la Oficina de Imagen Institucional. Recién después de publicar el reportaje, la tarde del viernes 22, lo ubicamos en las instalaciones del diario La República, adonde acudió para participar en un debate sobre Tía María. ¿Qué respondió Shinno sobre la planta? Que lo “tiene que ver en detalle la Autoridad Nacional de Agua” y que el ministerio solo pide información respecto a los impactos. Lo que Shinno no dice es que este componente que forma parte de la actividad minera dentro del campamento de Southern, lo debe ver el propio ministerio y que la ANA solo revisa aspectos externos del proyecto para evitar que se impacte las fuentes de agua.
Pero además, si el ministerio no exige que el EIA incluya en sus anexos el Estudio de Factibilidad de la planta, no existe manera de que la Autoridad Nacional del Agua revise este documento durante el proceso de evaluación del estudio. Es el ministerio quien envía el expediente que le entrega la empresa a esta institución.
Si el Ministerio de Energía y Minas quiere contribuir a despejar las dudas de los ciudadanos, sería importante que responda, sin atajos ni generalidades, cuáles son los folios del expediente de Tía María en los que podemos encontrar el Estudio de Factibilidad de la planta y qué empresa lo elaboró.
II. Manejo de los desechos contaminantes
Los planes que presenta el Estudio de Impacto Ambiental como parte del manejo ambiental de los desechos mineros, no detallan ni garantizan el tratamiento eficaz de estos residuos. Según los expertos consultados por Convoca, Geoservice propone un método anterior al que el Ministerio de Energía y Minas aprobó con el Decreto Supremo 045-2006-EM.
Para más detalle, en el caso de La Tapada, el tajo más próximo al valle El Tambo, la misma consultora reconoce que generará drenaje ácido por los desechos mineros. Sin embargo, solo propone construir un canal alrededor del tajo cuando debió diseñarse un sistema impermeable para evitar la filtración de agua ácida de estos desmontes y proteger los suelos y las fuentes de agua. El propio ministerio recomienda esta medida en su Guía Ambiental para el Manejo del Drenaje Ácido.
III. Monitoreo de la calidad del aire
El Ministerio de Energía y Minas confirma lo publicado en el reportaje sobre las distancias de los puntos de monitoreo de calidad de aire, pero también tergiversa parte de la información. Lo que señalamos en la infografía que acompaña la nota, es que la ubicación tan lejana de los puntos de monitoreo “no permitirá medir correctamente si hay o no contaminación de la mina en la población (“no de la misma” como dice el Minem) y áreas de cultivo”. Es decir, como explicamos en el texto, “no permitirá medir con precisión si hay o no contaminación (generada por el polvo mineral que sale del tajo) y tampoco fiscalizar los parámetros exigidos por ley”.
En su respuesta, el ministerio no señala la distancia de la tercera estación que será colocada en el cerro La Cumbre para vigilar la calidad del aire del tajo Tía María. ¿Por qué no lo hace? Porque esta estación también está ubicada a 11 kilómetros del tajo, que es otra fuente contaminante, y a esa distancia no se podrá fiscalizar adecuadamente los niveles de polvo producidos por el proyecto.
IV Aguas subterráneas
Sobre este último tema, hay cuatro puntos claros y directos. Primero, la Ley General de Aguaa la que hace referencia el Ministerio de Energía y Minas fue derogada el 30 de marzo de 2009. Por lo tanto, no sirve para explicar por qué no se utilizaron los estándares internacionales para aguas subterráneas.
Segundo, el Minem reconoce que en el EIA de Tía María, se tomaron en cuenta los Estándares de Calidad Ambiental de aguas superficiales (categoría 3, que son aptas para animales y riego) tal como informó Convoca. Tercero, lo que reveló el reportaje es que no se puede usar los mismos estándares de calidad de agua para dos fuentes distintas de agua, “no se puede comparar los análisis químicos de aguas subterráneas con aguas superficiales” como lo hicieron en el EIA. Según los ingenieros consultados esto no se puede hacer ni si quiera de forma referencial como asegura que se hizo, el ingeniero César Rodríguez de Geoservice.
Cuarto, el ministerio olvida que la Ley General del Ambiente señala que mientras no se regule en el país “Estándares de Calidad Ambiental, Límites Máximos Permisibles y otros estándares o parámetros para el control y protección ambiental” deben usarse las fijadas por instituciones internacionales.
Lo que está en juego en este caso, que parece exclusivamente técnico, es que los ciudadanos accedan a información completa, sólida y veraz sobre los documentos que sostienen un proyecto minero altamente conflictivo con un gran costo social. Por eso, Convoca seguirá investigando el proyecto Tía María y reitera su pedido de entrevista a los funcionarios del Ministerio de Energía y Minas. Un ministerio no puede responder a un tema importante solo desde su cuenta de Facebook y Twitter.
Aquí puedes revisar los cuatro puntos controversiales