La cuarta legislatura extraordinaria del Congreso, cuyas funciones finalizan por completo la próxima semana, no logró los objetivos por el que sus impulsores la aprobaron. De las seis reformas constitucionales que propusieron, los legisladores solo lograron aprobar dos, que incluso podrían quedar sin efecto por una demanda presentanda ante el Tribunal Constitucional.

 

A pesar de que fue el principal argumento para aprobar una cuarta legislatura de forma extraordinaria —pocas semanas antes de que finalice la gestión del actual Congreso—, los parlamentarios solo aprobaron dos de los seis proyectos de reforma constitucional presentados ante el pleno de este poder del Estado. Además, los congresistas tampoco lograron su pretensión ilegítima de elegir nuevos miembros del Tribunal Constitucional (TC), en reemplazo de seis magistrados que tienen sus mandatos vencidos.

Estas seis reformas buscaban aprobar el retorno del sistema parlamentario bicameral, modificar la figura de la facultad del Ejecutivo de la cuestión de confianza, el impedimento de salida del país del presidente de la República por un año más, luego de terminar sus mandato; así como la elección de seis miembros del TC.

En el caso de la cuestión de confianza, el pleno del Congreso rechazó la propuesta de la Comisión de Constitución para interpretar el párrafo final del artículo 132 del texto de la Carta Magna, referido a esta facultad del Poder Ejecutivo ante el Parlamento. Esta propuesta no alcanzó los votos suficientes para lograr la aprobación calificada. 

El proyecto de ley obtuvo 63 votos en contra, 30 a favor y 13 abstenciones. El objetivo era evitar que el Poder Ejecutivo no pudiera utilizar la cuestión de confianza sobre los proyectos de reforma constitucional enviados por el propio gobierno central y tampoco aquellos "referidos a las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso".

 

Cuestion de confianza
La propuesta de modificación de la cuestión de confianza buscaba restringir las posibilidades del Ejecutivo. Foto: Congreso.

 

Con ese planteamiento se buscaba evitar que se repita el pedido de cuestión de confianza que, en setiembre de 2019, el entonces premier Salvador del Solar presentó ante el Congreso para modificar el proceso de selección de los integrantes del TC, el cual fue rechazado de forma fáctica por el Poder Legislativo, lo que llevó a que al presidente Martín Vizcarra a disolver el Congreso.

Como se recuerda, aquel cierre del Parlamento fue declarado constitucional por el Tribunal Constitucional en una sentencia emitida en enero de 2020, mediante la cual declaró infundada una demanda competencial presentada por la Comisión Permanente del Congreso disuelto.

Otra de las reformas que buscaban ser aprobadas en la cuarta legislatura extraordinaria, era la modificación del sistema parlamentario y restaurar la bicameralidad con las cámaras de senadores y diputados. La conformación de esas dos instancias parlamentarias fue anulada hace casi tres décadas, después del golpe de Estado de Alberto Fujimori.

Ese dictamen, producto de la integración de más de 30 proyectos de ley, no llegó a ser debatido por el Pleno del Congreso durante los últimos tres días de plenos continuos, entre el 14 y 16 de julio, con lo que quedó sin ser resuelto a pesar de los más de 30 días en los que estuvo pendiente de entrar a debate en las sesiones plenarias.

 

bicameralidad
El Congreso complementario no llegó a tener consenso para poner a debate la propuesta de retorno de la bicameralidad parlamentaria.

Otras de las reformas constitucionales que no logró el consenso del Congreso para ser debatida fue la que modifica los artículos 191 y 194, sobre la posibilidad de reelección de autoridades de los gobiernos regionales y de las municipalidades provinciales y distritales.

El dictamen, que no llegó a ser analizado en el pleno, fue aprobado por la Comisión de Descentralización en diciembre de 2020. Esa norma buscaba revertir la decisión del Parlamento de marzo de 2015, cuando se aprobó la prohibición de la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores regionales, que empezó a regir desde las Elecciones Regionales y Municipales de 2018.

 

Reelección
Pese a que el Congreso, en marzo de 2015, prohibió la reelección de autoridades regionales y municipales, el Parlamento complementario 2020-2021 intentó volver a aprobarla.

 

Además, quedó pendiente la segunda votación para aprobar una modificación constitucional que buscaba que se faculte al contralor General de la República el solicitar el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria y bursátil respecto a funcionarios y servidores que administren o manejen fondos del Estado, así como a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para los fines específicos de la inteligencia financiera.

Dicha reforma constitucional era la única de las propuestas de la cuarta legislatura que buscaban aportar a la lucha contra la corrupción, aunque no llegó a ser aprobada por el Parlamento. Solo dos fueron aprobadas

Dos de las leyes de reforma constitucional que sí alcanzaron consenso y fueron aprobadas son la Ley 31280, que establece el régimen de residencia temporal del expresidente de la República, quien tendrá un impedimento de salida del país por un año, al culminar el mandato presidencial, salvo autorización de salida aprobada por el Legislativo.

Este último proyecto fue aprobado en segunda votación el 9 de julio, con el voto favorable de 94 parlamentarios y 5 abstenciones. Ese impedimento de un año busca que el exmandatario permanezca en suelo nacional ante eventuales aperturas de investigaciones o procesos judiciales.

Además, otra reforma constitucional que fue aprobada y respaldada por los congresistas fue la ley que modifica el artículo 21 de la Constitución Política y refuerza la protección del Patrimonio Cultural de la Nación, por lo que se amplía la protección a los bienes culturales no descubiertos ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del territorio nacional. La iniciativa alcanzó 89 votos a favor, 6 en contra y 19 abstenciones.

Frustrada elección de miembros del TC

Asimismo, el Parlamento programó tres plenos consecutivos, los días 7, 8 y 9 de julio, para elegir a seis integrantes del Tribunal Constitucional en reemplazo del mismo número de actuales magistrados que tienen vencido su mandato legal. Estos nuevos integrantes del TC iban a salir de una terna de 15 abogados propuestos por la Comisión Especial conformada por miembros de las bancadas parlamentarias y que estaba presidida por el congresista de Acción Popular, Rolando Ruíz. 

A pesar de que el Poder Judicial ordenó la suspensión del proceso de elección al detectar que el Comité Especial había incumplido los requisitos de transparencia sobre el detalle de la votación obtenida por cada uno de los abogados propuestos, los congresistas decidieron desacatar la resolución y continuar la votación de la elección, aunque no llegaron a elegir a ni un solo miembro nuevo para el TC.

Solo se lograron votar a los postulantes Fernando Calle Hayen, Aarón Oyarce Yuzzelli y Carlos Hakansson Nieto, quienes no alcanzaron los 87 votos necesarios para su elección. 

El primer abogado postulante Fernando Calle, exmagistrado constitucional vinculado al Partido Aprista, no consiguió los votos necesarios en la sesión plenaria del Congreso. Casi la totalidad de legisladores rechazó su candidatura: 80 votos en contra de que se convierta en magistrado del máximo órgano constitucional; solo hubo 6 votos a su favor.

 

Votación
El abogado Fernando Calle, quien tenía la mejor puntuación de la Comisión Especial, solo obtuvo seis votos en el Pleno del Congreso. Foto: Congreso.

 

En la votación de la propuesta para que el abogado Aarón Oyarce Yuzzelli tampoco se alcanzó el número de 87 votos reglamentarios, es decir no será magistrado del Tribunal Constitucional. Oyarce obtuvo 71 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones.

El proceso de elección continuó con el turno del candidato Carlos Hakansson Nieto, quien consiguió 81 votos a favor, 5 en contra y 6 abstenciones, por lo que su postulación al TC también fue rechazada.

Cabe anotar que el artículo 201 de la Constitución establece que los miembros del máximo órgano constitucional son elegidos por el Congreso con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros, es decir, deben obtener 87 votos a favor.

Cuarta legislatura es inconstitucional

Convoca.pe conversó con el abogado constitucionalista Luciano López, quien junto al Colegio de Abogados de Ayacucho, el 10 de junio, presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo único de la Resolución Legislativa N° 021-2020-2021-CR, publicada el 3 de junio último, con la cual se modificó la tercera disposición transitoria del Reglamento del Legislativo, que creó la cuarta legislatura.

La demanda señala que la aprobación de la cuarta legislatura tiene una serie de problemas, entre ellas, que se ha creado solo con la aprobación en una votación y exonerado de segunda votación, lo que sería inconstitucional.

El abogado López dijo que la demanda se encuentra aún pendiente de que sea admitida por el TC y el magistrado encargado de la admisibilidad es José Luis Sardón. En total, los colegios de Abogados de Ayacucho, de El Santa y Lambayeque fueron los que han presentado demandas para declarar inconstitucional la aprobación de la cuarta legislatura que, de ser declarada fundada por el TC, podría anular las aprobaciones de todos los proyectos de ley vistos durante las sesiones realizadas entre el 13 de junio al 16 de julio.