Francisco Sagasti
"No tenemos mandato para cambiar la constitución"
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¿El gobierno transitorio de Francisco Sagasti cuenta con tiempo y legitimidad para cambiar la Constitución Política del Perú?

Por Sonia Tello Santibañez | 3 Diciembre, 2020

Después de las últimas manifestaciones de protesta contra Manuel Merino, un sector de la población ha venido exigiendo al gobierno de Francisco Sagasti que inicie un referéndum para cambiar la Constitución Política del Perú, que fue instituida en 1993 por el expresidente Alberto Fujimori. Sin embargo, en una entrevista televisiva, Sagasti ha rechazado un cambio de la Carta Magna. Convoca Verifica, la unidad de verificación del discurso público y fact-checking de Convoca.pe, evaluó las declaraciones del jefe de Estado. 

A lo largo de la historia, el Perú ha cambiado de Constitución Política en 12 oportunidades. El último cambio fue en 1993. Hace algunos días, el presidente Francisco Sagasti adelantó que su gobierno transitorio no tiene tiempo ni legitimidad para cambiar la Carta Magna.
 
“No tenemos el mandato, en este gobierno de transición, de emergencia, para iniciar un proceso de cambio constitucional. No tenemos la legitimidad ni el tiempo para hacerlo”, dijo Sagasti.

¿Es cierto que el gobierno transitorio de Sagasti no cuenta con tiempo ni legitimidad? ¿Serían suficientes ocho meses para cambiar la Constitución Política? 

Convoca Verifica analizó estas declaraciones y concluyó que esta verificación es verdadera.

Según el artículo 206 de la Carta Magna de 1993, las reformas de la Constitución deben ser aprobadas por el Congreso y no por el presidente de la República. Para lograr el cambio total o parcial de la Constitución Política del Perú, es necesario conformar una Asamblea Constituyente, que tiene como función definir las reglas que regirán en el futuro, además de redactar la nueva constitución. Sin embargo, esta medida también debe ser aprobada por el Congreso de la República. 

 

Artículo 206
El artículo 206 de la Carta Magna de 1993, las reformas de la Constitución deben ser aprobadas por el Congreso y no por el Presidente de la República.

Los caminos 

Un cambio total o parcial en la Constitución sí es posible, pero no estaría en las manos del presidente de la República que, en su última entrevista, mencionó que no tiene tiempo ni legitimidad. En caso de que el mandatario quiera presentar un avance, los expertos señalan que ocho meses serían insuficientes. 

El abogado constitucionalista Juan Carlos Ruíz considera que solicitar una Asamblea Constituyente para un cambio de la Constitución Política del Perú va en contra de la ley porque, antes, se debería presentar un proyecto de reforma constitucional. 

“Se presenta el proyecto de ley. El Congreso lo aprueba con 66 votos o en dos legislaturas, para ser sometida a referéndum. Luego, se pide una Asamblea Constituyente y se inicia la escritura para el cambio de la Constitución”, añade.

Si la propuesta es aprobada, en dos legislaturas sucesivas, el proyecto estaría en espera durante un año porque la primera sesión se inicia el 27 de julio y termina el 15 de diciembre, mientras que la segunda se inicia el 1 de marzo y termina el 15 de junio. Se necesitaría el voto de 87 parlamentarios para que el cambio sea aprobado. 

Asimismo, el presidente de la República en dicha entrevista recordó que en el año 2000, el gobierno de transición de Valentín Paniagua inició un proceso para modificar la Constitución de 1993, pero no logró obtener mayores resultados.

Sagasti insistió en que durante los ocho meses que estará en el sillón presidencial no es oportuno enfocarse en dicho cambio. Lo mismo considera el exmiembro del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, quien recuerda que el Perú aún atraviesa la pandemia del COVID-19. 

“Son ocho meses que tiene por delante. Según el Ministerio de Salud, están los indicadores para que venga una segunda ola de la pandemia. Estamos en una profunda crisis económica y, además, tenemos el proceso electoral. Hay que darle prioridad a que lo que es verdaderamente importante”, agregó.