Si los padres tienen dudas y quejas sobre los pagos que deben realizar en los colegios públicos y privados, las medidas que deben cumplir las escuelas para recibir a los estudiantes y las acciones que pueden tomar si consideran que sus derechos y los de sus hijos han sido afectados, pueden recurrir al Indecopi y al Ministerio de Educación.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) fiscaliza los colegios privados de todo el país, para verificar el cumplimiento de sus obligaciones, establecidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, y así garantizar un servicio idóneo. Si verifica incumplimientos, puede iniciar un procedimiento sancionador e imponer multas de hasta 450 UIT, es decir S/ 2,227,500.
La información sobre las condiciones económicas y la prestación del servicio en los colegios, los cobros permitidos, la fecha de pago de las pensiones, las prácticas prohibidas para procurarse el pago de las pensiones, el proceso de evaluación y selección de textos escolares, los materiales y útiles escolares, las consideraciones para la prestación del servicio a personas con discapacidad y las medidas para prevenir el Bullying son los aspectos que fiscaliza el Indecopi.
- Las pensiones nunca se cobran de manera adelantada, si no una vez que el servicio educativo ha sido prestado.
- La matrícula no puede estar condicionada a que el alumno rinda un examen de ingreso o admisión.
- Los colegios particulares no pueden exigir la compra de útiles, uniformes escolares y/u otros materiales de un determinado proveedor. Los padres tienen la libertad de comprarlos en cualquier establecimiento.
- Para el cobro de las pensiones, los colegios privados están prohibidos de ejercer practicas intimidatorias. Por ejemplo, no podrán restringir el ingreso de los alumnos al colegio, ni retirarlos del colegio; tampoco dejarlos en el patio, impedir que rindan las evaluaciones u otra acción que pueda afectarlos.
- Los colegios solo podrán requerir el pago de cuotas extraordinarias (montos distintos a los señalados anteriormente) si tienen autorización del Ministerio de Educación.
- Los padres tienen el derecho de adquirir textos de segundo uso.
Los colegios no pueden exigir el íntegro de los materiales y/o útiles el primer día de clases, tampoco solicitar otros artículos que no respondan a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes.
Los colegios pueden solicitar como útiles escolares solo aquellos artículos que el menor pueda usar como parte de su proceso formativo, advierte el Indecopi.
"El colegio no podría pedir papel higiénico como parte de su proceso formativo educativo, sin embargo, en el caso de las mascarillas, las toallitas húmedas y otros productos que sí están vinculados al aseo que el niño debe tener, eso sí forma parte de su formación integral", precisa Gladys Zeballos, coordinadora de la Dirección de Fiscalización del Indecopi.
Los únicos conceptos regulares por los que deben pagar los padres son:
- La cuota de ingreso: Se paga por única vez, en el caso de alumnos nuevos.
- Matrícula: Se cobra una vez al año, al iniciar el año escolar, y el monto no debe ser superior al de una pensión mensual.
- Pensión mensual: Es el pago que se realiza cada mes de estudios del año escolar. Su cobro no puede realizarse de forma adelantada y será de acuerdo con lo informado por el colegio, antes de finalizar el período educativo anterior y durante el proceso de matrícula.
Los precios y las variaciones de las pensiones escolares se deben al libre mercado. En algunos casos, los directivos de los centros educativos explican a los padres sobre los motivos de eventuales alzas de precios.
“El Indecopi no tiene facultades para intervenir en el precio de ningún producto, En el caso de los servicios educativos, la función consiste en verificar que los colegios particulares informen oportunamente a los padres de familia sobre los precios del servicio y los posibles incrementos a los que estos se encuentren sujetos”, explicó una funcionaria de esta entidad.
Sí pueden, sin embargo este monto no debe sobrepasar el interés establecido por el Banco Central de Reserva (BCR), señala el Indecopi. Los colegios están en la obligación de informar a los padres sobre este cobro antes de realizar la matrícula, de lo contrario, no podrán realizarlo. Los padres podrán calcular el interés moratorio permitido a través de un aplicativo que pueden descargar en este enlace.
- Descargar el documento en excel.
- Completar todos los espacios en blanco que aparecen en la ventana.
- Dar click en el botón 'siguiente' y aparecerá el interés moratorio que deberá pagar.
El Indecopi señala que si los padres no pagan las pensiones, las instituciones educativas privadas no pueden hacer lo siguiente:
- Bloquear las plataformas de accesos a las clases virtuales y presenciales
- Impedir que los estudiantes rindan los exámenes
- Negar la entrega de la libreta de notas
- Señalar en clase a las alumnas o alumnos, cuyos padres aún no han pagado la pensión
El padre o la madre puede denunciar si el colegio donde está su menor hijo realiza cobros indebidos y no justificados. Hay dos pasos a seguir:
- Los padres pueden acudir al colegio para presentar un reclamo en el Libro de Reclamaciones de la institución, en formato físico o virtual. El colegio tiene un plazo de 30 días calendario, como máximo, para la atención de la reclamación.
- Si las autoridades del colegio no atienden el reclamo o el padre no queda satisfecho con la respuesta recibida, puede comunicarse con el Indecopi, al teléfono 224-7777 desde Lima o al 0800-4-4040 (llamadas gratuitas desde provincias), a través de la plataforma digital del Indecopi o escribir al correo electrónico: [email protected]
Los padres pueden presentar su denuncia a través de la plataforma digital del Ministerio de Educación, Identicole. Tus reclamos serán atendidos por un especialista.
Los padres que deseen consultar si el colegio de su elección cuenta con autorización, pueden hacerlo a través de la herramienta Identicole, del Ministerio de Educación. Además, desde la plataforma digital pueden ingresar consultas y reclamos sobre la prestación de servicio de los colegios públicos y privados e, inclusive, reportar casos de violencia escolar.
El Indecopi tiene competencia para sancionar estas malas prácticas de los colegios privados y se encarga de supervisar la adecuada prestación de los servicios educativos en estas instituciones, según explicó Mariela Villacorta, funcionaria de dicha entidad.
Si el colegio persiste en cobrar pensiones indebidas y excesivas, puede recurrir al Indecopi y pedir el libro de reclamaciones o comunicarse con el Servicio de Atención al Ciudadano, a través de sus plataformas virtuales o llamando desde Lima al 01 224 7777.
Están prohibidas aquellas modalidades intimidatorias para exigir pagos a los padres, como no permitir a los alumnos que den exámenes, no dejarlos ingresar a la institución o no entregar la libreta de notas.
Los padres tienen el derecho de recibir información veraz y oportuna sobre el cronograma de matrícula y pensiones, las condiciones pedagógicas, institucionales y financieras a las que se ajusta el servicio educativo durante el año escolar, según precisó Mariela Villacorta, representante del Indecopi.
Cada institución educativa privada tiene la opción de subir el precio de las pensiones de acuerdo con la oferta y la demanda del mercado, siempre y cuando lo comunique a los padres al finalizar el año escolar y antes de iniciar el siguiente proceso de matrícula.