La violencia de género se ha trasladado del espacio físico al mundo digital debido al avance de la tecnología y al impacto del Internet. En ambos espacios, el Estado aún no tiene la capacidad para prevenirla, sancionarla y proteger y reparar a las víctimas, a pesar de los cambios en la normatividad. Hoy, en el Día de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, recordamos que la violencia de género en línea es real y cada vez más frecuente, a pesar de que no hay data oficial ni actualizada sobre la magnitud de este problema.

Acoso sexual, hostigamiento, lenguaje agresivo, amenazas, extorsión, robo de identidad y difusión de datos personales y material íntimo sin consentimiento son algunas de las modalidades de la violencia de género en línea que sufren las mujeres en el Perú. Aunque estas ya son consideradas un delito por la ley de este país, los agresores siguen actuando al amparo de la impunidad.

Hasta hace algunos años, si una mujer se encontraba ante situaciones de violencia digital se esperaba que bloquee a su agresor, que se desconecte de Internet, que elimine sus cuentas en las redes sociales y que autogestione la situación de una u otra forma, explica a Convoca.pe la abogada Elizabeth Mendoza, coordinadora legal de la Asociación Civil Hiperderecho.

Cinco años han pasado desde que en 2018 el gobierno peruano promulgó el Decreto Legislativo 1410, que incorpora al Código Penal el acoso, el acoso sexual, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento y el chantaje sexual como tipologías de violencia de género en línea. Sin embargo, son pocas las sentencias por la comisión de estos delitos que ameritan una pena privativa de libertad de entre uno y seis años.

 

Acoso virtual
Hay avances en las normas para luchar contra la violencia de género en línea, pero no se traducen en la realidad, según los expertos. Foto: Ministerio de la Mujer

 

La magnitud de la violencia de género en línea aún no es medible, lo que resulta en la falta de políticas públicas para combatirla. Las cifras que manejan las instituciones estatal que deberían estar involucradas en la lucha contra este delito están incompletas y desactualizadas, si las tienen. 

El resumen estadístico de alertas contra el acoso virtual que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables publicaba desde el 2018 dejó de actualizarse en febrero de este año. Desde su lanzamiento, la plataforma “No al acoso virtual” registró alertas de 910 víctimas e informantes en 2018; 1012 en 2019; 1487 en 2020; 1771 en 2021; 566 en 2022 y 59 entre enero y febrero de 2023. En total, fueron 5,305 alertas de acoso virtual.

“Las estadísticas, los números, no representan la realidad. El problema no es sólo cómo se recoge esta información sino también la falta de difusión sobre la violencia de género en línea, su existencia y su persecución como un delito desde el Estado porque si nosotros, como ciudadanos, no reconocemos que es un delito, no lo vamos a denunciar”, advierte la abogada Elizabeth Mendoza.

Para Patricia Sarmiento, comisionada para la Adjuntía de los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, no existe un avance significativo en la lucha contra este delito porque la problemática de la violencia en nuestro país es tan grande que las políticas públicas se están enfocando en prevenir feminicidios, violencia sexual, mujeres desaparecidas, trata de mujeres y xenofobia.

Este medio solicitó una entrevista con representantes del Ministerio de la Mujer a cargo de esta problemática, pero hasta la publicación de esta nota no obtuvimos respuesta a nuestros reiterados pedidos.

 

 

Del espacio físico al mundo digital

Un comentario en una página de Facebook originó que Emma recibiera mensajes con insultos y amenazas. A esto se sumaron los reportes reiterados que generaron el bloqueo de su perfil de esta red social, la difusión no autorizada de sus datos personales y la suplantación de su identidad en sitios de Internet, haciéndola aparecer como que se dedicaba a la prostitución y era integrante de una banda criminal.

El caso de Enma figura en el Informe N° 3 Después de la ley, de la Asociación Civil Hiperderecho. Desde que la Policía se negó a recibir su denuncia por acoso, en 2018, la periodista emprendió una lucha por obtener justicia y para que otras feministas no sean hostigadas y atacadas en el mundo digital.

Las mujeres, miembros de la comunidad LGTBIQ+, activistas y defensores de DDHH y menores de edad son las principales víctimas de estas situaciones de violencia, advierte Elizabeth Mendoza, de Hiperderecho.

La abogada explica que la violencia digital afecta el quehacer diario de las víctimas. Agrega que a pesar de los avances en la normativa, aún es complicado no sólo denunciar este tipo de delitos sino también investigarlos y obtener una sentencia.

“La mayoría de personas aún no tiene el conocimiento de que estas situaciones son denunciables. Hay personas que identifican estas situaciones como violencia, pero cuando van a denunciar se encuentran con operadores de justicia que no recepcionan su denuncia”, señala Mendoza.

 

Acoso virtual
El Ministerio de la Mujer registra las denuncias sobre acoso virtual, pero su data está desactualizada. Foto. Ministerio de la Mujer

 

Sobre las rutas para denunciar la violencia de género en Línea, Mendoza explica que entre los operadores de justicia no existe un entendimiento efectivo del modus operandi de los delitos en tecnología ni se aplica un enfoque de género. Esto se evidencia en cómo realizan las diligencias y en el rápido archivamiento de los casos.

“Hay una serie de avances a nivel normativo, pero falta implementar muchas herramientas para mejorar la atención de las mujeres víctimas de violencia en el espacio físico como en el virtual”, reconoce Patricia Sarmiento, de la Defensoría del Pueblo.

Además del Decreto Legislativo 1410, existe la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, que establece en su artículo 5 el delito de proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos, conocido coloquialmente como grooming.

A pesar de que esta ley fue promulgada en 2013, este año recién se emitió la primera sentencia por grooming. José Hernandez Cerruche fue sentenciado a seis años y 8 meses de prisión por haber acosado a menores de edad a través de juegos en línea como Free Fire, pidiéndoles sus números de whatsapp para tener conversaciones de índole sexual y pedirles imágenes y vídeos de connotación sexual.

Organizaciones y expertos están en conversaciones con congresistas para proponer a la violencia de género en línea como una nueva tipología de violencia de género, para que se investigue y juzgue como una modalidad aparte, reveló la abogada Elizabeth Mendoza, quien agregó que también se necesita encontrar una forma de emitir nuevas normas con el entendimiento de lo que sucede con las tecnologías pues la forma de investigación del delito es distinta.

 

Acoso virtual
La violencia de género en línea se registra mayormente por las redes sociales, como Facebook, WhatsApp e Instagram. Foto: Andina

 

Además de la Policía y del Ministerio Público, hay instituciones a las que se puede acudir en busca de una sanción administrativa para los agresores en ciertos casos, como la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.

Olga Escudero, directora de Fiscalización e Instrucción de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, explica que han recibido denuncias de personas sobre “doxing”, que consiste en recopilar información y publicarla a través de las redes sociales sin el conocimiento de los titulares de los datos, para dañar la imagen de esta persona y su trayectoria profesional o pública, como imágenes, nombre, y dirección.

“El tratamiento sin consentimiento del titular de los datos infringe la norma de protección de datos. En estos casos, nos comunicamos con la red social, le informamos de tratamientos inadecuados de datos y ésta remueve a los usuarios o grupos que publican datos personales”, explica Moscoso a este medio digital.

 

Efectos de la violencia

A partir de un informe realizado por Hiperderecho, la Defensoría del Pueblo publicó en 2021 el documento de trabajo "Violencia de género contra las mujeres en línea", que advierte sobre los daños físicos, psicológicos y económicos que puede causar en las víctimas, además de vulnerar sus derechos a la intimidad, libertad de expresión, vida privada, integridad personal y a una vida libre de violencia.

Las consecuencias de la violencia de género contra Enma, una de las víctimas que mencionamos en esta nota, están relacionadas con su bienestar emocional, el uso del espacio público, sus dinámicas sociales y su relación con la tecnología.

“Me dio mucha ansiedad y pánico: sentí paranoia por varias semanas”, contó Emma a Hiperderecho cuando le llegaron los primeros mensajes masivos. "A partir de eso, tuve que restringir mis redes. Cuando lo hice, me sentí coactada, porque no era una decisión que estaba tomando de manera libre”, señaló.

El documento de la Defensoría del Pueblo puso en videncia que el Estado aún no estaba debidamente preparado para prevenir, investigar y sancionar la violencia de género en línea así como para proteger y brindar una reparación a las víctimas. Dos años después, la situación no ha cambiado, de acuerdo con los expertos.

“Internet es una fuente de muchas oportunidades y beneficios, pero también hay diversas situaciones que nos pueden poner en riesgo o vulnerar nuestros derechos. Nuestra meta es tener un internet libre de violencia donde todas las personas podamos navegar de forma libre sin experimentar la vulneración de nuestros derechos”, concluye la abogada Elizabeth Mendoza.

 

Foto principal: Ministerio de la Mujer