El 10 de diciembre último, el Congreso de la República aprobó, en primera votación el fin de la inmunidad parlamentaria. La mayoría del Legislativo acordó modificar el artículo 93 de la Constitución Política del Perú y eliminar la exigencia de contar con la autorización de la mayoría de parlamentarios para procesar o capturar por delitos comunes a cualquier congresista. La responsabilidad de esas acciones judiciales ha pasado a la Corte Suprema de Justicia.
Con la eliminación de la inmunidad parlamentaria, algunos procesos en el interior del Parlamento también perderán vigencia, como el funcionamiento de la Comisión de levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, grupo de trabajo que durante la existencia del Congreso unicameral tiene como función ser el primer filtro de los pedidos de la Corte Suprema para retirar la inmunidad a los parlamentarios. Este grupo decide qué solicitudes de levantamiento de inmunidad pasan para el debate y votación en el Pleno del Congreso.
Para procesar o encarcelar a parlamentarios, en lo que va del último quinquenio parlamentario, desde julio de 2016, la Corte Suprema envió 12 solicitudes de levantamiento de inmunidad de nueve congresistas. La mencionada comisión sólo aprobó el levantamiento de inmunidad en cinco oportunidades, las rechazó en otras seis y no se pronunció sobre uno de los casos. Sin embargo, el Pleno del Congreso sólo aprobó tres levantamientos de inmunidad parlamentaria.
La mayoría de los pedidos de levantamiento de inmunidad fueron solicitados para congresistas de Fuerza Popular (4), de Alianza para el Progreso (3) y del Frente Amplio (2).
Entre los legisladores que acumularon más pedidos de levantamiento de la inmunidad parlamentaria, entre el 2016 y 2019, están la excongresista Betty Ananculí y el fallecido exparlamentario Moisés Mamani, ambos electos por la bancada de Fuerza Popular, en las elecciones generales de 2016.
En el caso de Betty Ananculí, la Corte Suprema tuvo que solicitar en dos oportunidades el levantamiento de la inmunidad parlamentaria y ambas fueron rechazadas por la mayoría de los integrantes de la Comisión de Inmunidad Parlamentaria, incluida la entonces presidenta, la legisladora aprista Luciana León.
En el último pedido de levantamiento de inmunidad que fue rechazado, la Corte Suprema solicitaba que el Congreso le permitiera procesar a Ananculí por el presunto delito de falsedad genérica, al haber presentado supuesta información falsa sobre sus estudios superiores en la hoja de vida que entregó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para postular en las elecciones de 2016.
Según el Ministerio Público, Ananculí no habría cursado la carrera de Administración de Negocios Internacionales en el Instituto Alas Peruanas, de Ica, durante el 2013 y que sus certificados de estudios habrían sido adulterados. El 19 de junio de 2019, con la votación mayoritaria de Fuerza Popular, la abstención del legislador Edmundo Del Águila (Acción Popular) y cuatro votos en contra, la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria declaró improcedente el levantamiento de inmunidad.
Asimismo, la Corte Suprema solicitó el levantamiento de la inmunidad parlamentaria para Moisés Mamani, por dos casos distintos: el delito contra la libertad sexual en agravio de una aeromoza de la aerolínea Latam Perú y por el presunto delito de falsedad genérica, por supuestamente mentir sobre sus estudios de educación primaria en una escuela en la provincia de Castrovirreyna, en Huancavelica.
En la investigación a Mamani por el presunto delito de tocamientos indebidos, la Comisión de Levantamiento de Inmunidad aprobó, por unanimidad, el informe de levantamiento de inmunidad, que también recibió el respaldo del Pleno del Congreso, en marzo del 2019.
Respecto a la investigación sobre falsedad genérica a Mamani por mentir en su hoja de vida, cuando postuló al Legislativo en las elecciones de 2016, el grupo de trabajo, en una sesión realizada el 6 de junio de 2019, también aprobó por mayoría dejarlo sin inmunidad para que sea procesado. Sin embargo, el informe de la comisión no llegó al Pleno, ya que el 30 de septiembre de ese año el entonces presidente Martín Vizcarra cerró el Parlamento.
Casi un año después de la disolución del Parlamento, el 14 de agosto de 2020, el excongresista fujimorista Moisés Mamani falleció víctima del COVID-19.
Otro de los pedidos de levantamiento de inmunidad que no llegó a debatirse en el Pleno por el cierre del Congreso fue el informe sobre la excongresista fujimorista Yesenia Ponce Villarreal, también procesada por el delito de falsedad genérica referente a información entregada al JNE, por el presunto pago de 10 mil soles a un exdirector de un colegio para conseguir certificados de estudios falsos. El informe fue aprobado por la Comisión de Inmunidad Parlamentaria en junio de 2019.
Entre los pedidos de la Corte Suprema para levantar la inmunidad de los legisladores también figuran dos relacionados a sentencias del Poder Judicial respecto a delitos de corrupción a los entonces congresistas Edwin Donayre Gotzch y Benicio Ríos Ocsa, ambos electos en el 2016 por el partido Alianza por el Progreso.
El caso más conocido fue el del exparlamentario Edwin Donayre, quien el 29 de abril de 2019 fue condenado por la Corte Suprema a cinco años de prisión efectiva, como autor del delito de peculado por el desvío de combustible asignado a la Región Militar del Sur que, entre entre enero y noviembre de 2006 fue desviado a grifos particulares, en el caso conocido como "Gasolinazo". En esos años, Donayre era el comandante general del Ejército Peruano.
Un día después de la sentencia, el 30 de abril de 2019 la Comisión de Inmunidad Parlamentaria recomendó desaforar a Donayre, lo que fue aprobado el 2 de mayo. Después de pasar casi seis meses prófugo de la justicia, Donayre fue capturado por la Policía Nacional el 30 de octubre y, el 5 de noviembre, fue internado en el penal Miguel Castro Castro, en Lima. En agosto de 2020, el exgeneral fue trasladado al penal Virgen de la Merced, de Chorrillos, por el riesgo de contagio de COVID-19.
Al excongresista Benicio Ríos Ocsa, el Poder Judicial lo condenó a siete años de prisión por el delito de colusión agravada, al haber comprado terrenos a precio sobrevaluado para la construcción de un relleno sanitario, cuando era alcalde de la provincia de Urubamba, en Cusco, en el 2009.
La Comisión de Levantamiento de Inmunidad aprobó elevar su caso al Pleno y el 23 de agosto de 2018, el Congreso declaró su vacancia en el cargo, al quitarle el fuero parlamentario. Casi dos meses después de perder la inmunidad, el 14 de noviembre de 2018, Ríos fue capturado. Actualmente, está recluido en el penal de Qenccoro, en Cusco.
Otros casos que fueron analizados por la Comisión de Inmunidad Parlamentaria, entre los años 2016 y 2019, fueron las solicitudes para levantar la inmunidad a los congresistas Richard Acuña Núñez de APP, así como los referidos a procesos contra Edilberto Curro y Wilbert Rozas Beltrán, ambos del Frente Amplio.
En el caso de Acuña, la comisión, que entonces presidía el excongresista aprista Elías Rodríguez, en junio de 2018, rechazó el pedido de levantamiento de inmunidad solicitado por el Poder Judicial para procesar al congresista de APP, por el delito de falsificación de documentos en la compra de un terreno de 20 mil metros cuadrados en la zona de El Gallinazo, en Trujillo, caso que data de 2004 y en el que también es procesada su hermana Kelly Acuña Núñez.
Sobre el pedido del excongresista Wilbert Rozas, la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria rechazó la solicitud formulada por el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para investigar al parlamentario por el presunto delito contra la administración pública, cuando fue alcalde de la provincia de Anta, entre 2007 y 2010.
El pedido que realizó la Corte Suprema sobre el excongresista Edilberto Curro y que fue rechazado por la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, buscó que el Congreso levante la inmunidad al legislador de Puno, para que sea incluido en la investigación por el presunto delito de falsedad genérica pues habría aprobado irregularmente tres cursos de la carrera de Derecho en la Universidad Andina Néstor Cáceres, entre agosto y diciembre de 2016, ya que no habría cumplido con asistir al total de clases presenciales pues cambió su residencia a la ciudad de Lima, cuando asumió como parlamentario.
Solo un proceso no logró ser analizado por la Comisión de Inmunidad Parlamentaria y es el referido al excongresista fujimorista Miky Joaquín Dipas Huamán, quien en mayo de 2019, fue condenado a cinco años de prisión por el Primer Juzgado Penal Unipersonal del Vraem, Sede Kimbiri, de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, por el presunto delito de colusión en agravio de la Municipalidad Distrital de Pichari.
Esta condena lo encontró responsable de haberse aprovechado de su cargo como alcalde de Pichari para aprobar ilegalmente la exoneración del proceso de adquisición de tres hectáreas de terreno para la construcción de un laboratorio de biotecnología, en ese distrito de la provincia de La Convención, en el Cusco. No obstante, en diciembre de 2019, la segunda instancia judicial declaró nula la setencia de prisión.
Según fuentes de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad y la Corte Suprema de Justicia, durante el nuevo Parlamento complementario, que inició sus funciones el 16 marzo de 2020, el Poder Judicial no ha presentado nuevas solicitudes de levantamiento de inmunidad para legisladores.
Antejuicio continúa
El presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, señaló a Convoca.pe que estima que, en febrero o marzo, se apruebe en segunda votación la modificación constitucional. De esta forma, los actuales congresistas perderán la inmunidad parlamentaria y los candidatos al Parlamento para las Elecciones Generales 2021 no contarán con esa prerrogativa ante investigaciones y procesos judiciales.
Chehade añadió que, si se confirma esta modificación, la Comisión de Inmunidad Parlamentaria dejaría de existir pues los casos por delitos comunes e imputados a los congresistas durante el ejercicio de su mandato serán competencia de la Corte Suprema y los delitos cometidos previoamente al mandato serán competencia de los jueces penales.
El parlamentario precisó que se ha eliminado la inmunidad respecto al artículo 93 de la Constitución, pero los congresistas mantienen la prerrogativa del antejuicio político, mediante el cual no pueden ser procesados penalmente por los eventuales delitos cometidos durante su cargo. Esta protección legal se aplica desde la juramentación del parlamentario hasta cinco años después de haber dejado el cargo.
El antejuicio también beneficia a los más altos cargos del Estado, como el presidente de la República, los ministros de Estado, los miembros del Tribunal Constitucional y de la Junta Nacional de Justicia, los jueces y fiscales supremos, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República. Estos funcionarios sólo pueden ser procesados penalmente si la mayoría del Congreso encuentra responsabilidad y deja sin efecto la prerrogativa del antejuicio, así como si suspende de sus funciones al imputado.