Proyecto de ley presentado por la congresista de Avanza País, propone limitar el actual derecho de los ciudadanos a impulsar procesos de firmas para la convocatoria a referéndums de reforma constitucional. Además, busca crear un filtro para que el Tribunal Constitucional acepte acciones de inconstitucionalidad contra las propuestas ciudadanas que se consideren contrarias a la Constitución vigente. Especialistas consultados por Convoca.pe coinciden en que esta iniciativa viola la Carta Magna y vulnera los mecanismos de la democracia directa.
 

A través de un último proyecto de ley, la bancada de Avanza País busca limitar el derecho que actualmente tiene cualquier ciudadano para impulsar reformas constitucionales. La parlamentaria Patricia Chirinos presentó el último 12 de noviembre una iniciativa para modificar la Ley de Participación Ciudadana que, de aprobarse, establecería barreras al derecho de la ciudadanía a reformar la Carta Magna por medio de referéndum.

Chirinos también pretende dejar solo en el Congreso la potestad para autorizar la convocatoria a este tipo de consulta popular.

El proyecto de ley 715/2021 también coloca otras vallas a las iniciativas de reforma total o parcial de la Constitución provenientes de la ciudadanía, como la posibilidad de presentar un proceso de inconstitucionalidad para evitar que prosperen. La iniciativa legislativa cuenta con el respaldo de los congresistas José Williams, Alejandro Cavero, Adriana Tudela, Yessica Amuruz, Diana Gonzales y José Burgos.

 

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Patricia Chirinos busca modificar la Ley de Participación y Control Ciudadanos para trabar cualquier proceso de firmas para la reforma constitucional vía referéndum. Foto: Congreso.

 

Cambios

En el documento se propone que se modifique el artículo 44 de la Ley de Participación Ciudadana para quitarle al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la facultad de convocar a referéndum para reformas constitucionales. Actualmente, este organismo autonómo puede llamar a consulta popular siempre que antes se haya confirmado la presentación de al menos 2,5 millones de firmas de ciudadanos que se adhieran a dicho objetivo.

Chirinos propone expresamente que solo "corresponde al Congreso de la República la convocatoria a referéndum constitucional". Es decir, el JNE no podrá cumplir con su actual atribución y este tipo de sufragio solo podrá ser convocado por una norma aprobada por la mayoría de los legisladores.

 

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La propuesta busca quitarle al JNE la atribución para la convocatoria a referéndum cuando las iniciativas ciudadanas alcanzaron el número legal de firmas. 

 

La propuesta también busca añadir una disposición a la Ley de Participación Ciudadana, que actúa como una barrera a la voluntad popular. Además de las millones de firmas que los ciudadanos deben reunir para proponer una reforma constitucional, Chirinos señala que la sola propuesta de cambio deberá pasar por un filtro de control constitucional.

"Cualquier ciudadano puede impugnar la constitucionalidad de la propuesta, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 203 de la Constitución", dice el proyecto.

En este sentido, el presidente de la República, el fiscal de la Nación, el defensor del Pueblo, el 25% del número legal de congresistas o cinco mil ciudadanos firmantes podrían interponer, ante el Tribunal Constitucional, una acción de inconstitucionalidad contra una reforma solicitada por 2 millones y medio de adherentes.

Sin embargo, tanto la Constitución vigente como el Código Procesal Constitucional señalan que el Tribunal Constitucional solo puede admitir demandas de inconstitucionalidad contra normas con rango de ley y no sobre propuestas de ley.

 

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La propuesta también busca que se permita interponer una demanda de inconstitucionalidad contra las propuestas ciudadanas para el referéndum.

Completamente inconstitucional

El abogado constitucionalista Luciano López, en comunicación con Convoca.pe, calificó a la propuesta de Patricia Chirinos para modificar la Ley de Participación Ciudadana como "completamente inconstitucional". El especialista detalló que el proyecto de ley busca restringir los mecanismos de democracia directa de la ciudadanía incluidos en la Constitución. Ademas, le otorgaría nuevas competencias al Tribunal Constitucional para analizar la constitucionalidad de las propuestas de reforma con un proyecto de ley ordinaria.

"La acción de inconstitucionalidad tiene una descripción bastante específica. Ninguno de los supuestos para la presentación de una demanda tiene que ver con proyectos de Ley", señaló López, quien agregó que la propuesta de Avanza País no tiene "ninguna correlación lógica con la Constitución”.

El experto advirtió, además, que para modificar las atribuciones del Tribunal se requeriría a su vez una reforma constitucional para cambiar los artículos 200 y 202 de la Constitución. 

López también comentó que la iniciativa legislativa presentada desconoce que la Constitución vigente tiene artículos que respaldan los mecanismos de participación ciudadana para promover consultas populares sobre reforma constitucional.

 

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Luciano López señaló que la iniciativa coarta la democracia directa de los ciudadanos. Foto: Andina

 

De hecho, el artículo 32 de la carta magna señala que pueden ser sometidas a referéndum la reforma total o parcial de la Constitución. Además, el artículo 31 consagra que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, mientras que artículo 2 señala que los ciudadanos tienen derecho a impulsar el mecanismo de referéndum.

Para el constitucionalista, que el Congreso sea el único que convoque por ley a referéndum, como propone Avanza País, vulnera los principios de la democracia directa, ya que si los ciudadanos logran el número total de firmas para convocar a una consulta nacional no se requiere que los legisladores lo aprueben. 

"Lo único que pasa por el Congreso es la presentación de proyectos de Ley por iniciativa de legislativa ciudadana", señaló López. Tratar de colocar un estamento intermedio parlamentario a un mecanismo de democracia directa es inconstitucional, comentó.

Por su parte, Juan Carlos Ruiz, constitucionalista del Instituto de Defensa Legal (IDL), advirtió que se está pretendiendo que el Congreso asuma competencias del sistema electoral que no le corresponden.

"La facultad del Congreso es política y que tenga facultades para convocar a elecciones, como el referéndum, no es compatible con la Constitución", señaló el especialista legal del IDL.

Por otro lado, Samuel Rotta, director ejecutivo de Proética, también fue crítico con la iniciativa, pues vetaría el debate público. "Si se quiere consultar el matrimonio igualitario en un referéndum, no se podría ver porque tendría que aprobarlo el Congreso", señaló con un ejemplo.

Rotta consideró que toda iniciativa parlamentaria que busque limitar o poner trabas a la participación ciudadana para reformar la Constitución es negativa y también vulneraría el derecho a la expresión de los ciudadanos de cualquier sector político.