Convoca.pe identificó que la comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen de un proyecto de ley para evitar cuestionamientos por la vía judicial a las decisiones tomadas por el Legislativo pese a contar con solo 6 opiniones a favor de las 116 solicitudes realizadas a instituciones del Estado y abogados constitucionalistas, lo que representa un 5% de posiciones favorables. Además fueron 14 las opiniones en contra de la norma debatida en el grupo de trabajo que preside el congresista fujimorista Fernando Rospigliosi.
ACTUALIZACIÓN 17 de octubre de 2024
Con 72 votos a favor, 20 en contra y 8 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación el proyecto de ley que que modifica el Código Procesal Constitucional, con la finalidad de fortalecer los fines de los procesos constitucionales y que limita las sentencias judiciales sobre las decisiones que tome el Congreso de la República.
Durante el debate, el congresista Jaime Quito (Bancada Socialista) se mostró en contra de la propuesta al señalar que ésta busca "controlar al Tribunal Constitucional (...) es inconstitucional y violenta el equilibrio de poderes", expresó.
ACTUALIZACIÓN DE LA NOTA: 9 de octubre de 2024
En la sesión del Pleno de este miércoles 9 de octubre, se aprobó el proyecto de ley en primera votación. En principio la propuesta no alcanzó los votos requeridos para una reforma del Código Procesal Constitucional, que requiere más de la mitad del número de congresistas, es decir necesitaba al menos 66 votos para pasar a segunda votación. Tras la presentación de un texto sustitorio el proyecto contó con 65 votos a favor, 36 en contra y 9 abstenciones.
Ante la falta de un voto más, los congresistas Arturo Alegría (Fuerza Popular) y Héctor Valer (Somos Perú) presentaron un recurso de reconsideración para volver a votar el proyecto, el cual finalmente contó con el respaldo de 70 congresistas. Los congresistas Ruth Luque (Bloque Democrático Popular) y Bernardo Quito (Bancada Socialista) presentaron una reconsideración la cual no fue aprobada. La propuesta volverá a ser votada en siete días y de ser aprobada pasará al Ejecutivo para su observación o promulgación.
Nota original
El miércoles 10 de julio de 2024 en la sede del Tribunal Constitucional (TC) en Arequipa, los magistrados de esta institución escucharon la sustentación de los argumentos del abogado del Congreso de la República, Aníbal Quiroga y del procurador adjunto público del Poder Judicial (PJ), Jhony Tupayachi Sotomayor. Ambos letrados defendían sus posiciones respecto a la demanda competencial presentada por el Congreso contra el PJ por la sentencia de la sala constitucional que suspendía el desafuero de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello y Aldo Vásquez.
La decisión del Tribunal Constitucional se encuentra a la espera de una votación final. Mientras, la Comisión de Constitución, presidida por el congresista de Fuerza Popular, Fernando Rospigliosi, aprobó el último 23 de septiembre el dictamen de una ley que evita que el Poder Judicial resuelva medidas cautelares contra decisiones políticas del Congreso y que sea el Tribunal Constitucional quien determine los posibles cambios a estas resoluciones.
Convoca.pe analizó el dictamen del proyecto de ley en cuestión y encontró que -al igual como ocurrió con el proyecto que buscaba desaparecer la Junta Nacional de Justicia- la Comisión de Constitución remitió, desde 2023, 116 pedidos de opinión a instituciones públicas y abogados constitucionalistas para que expresen la viabilidad o no de los proyectos que forman parte del dictamen final.
De los pedidos solicitados, hubo 25 respuestas, de las cuales 14 fueron en contra. Es decir, era una mayor cantidad de opiniones negativas en comparación a las que consideraban viables los proyectos. De este listado, destacan las opiniones en contra de la Adjuntía en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, presidida por la abogada Elizabeth Zea y también las respuestas del abogado Gerardo Eto Cruz quien fuera magistrado del Tribunal Constitucional entre septiembre de 2007 y julio de 2014.
Pese a la mayoría de respuestas en contra, la comisión de Constitución decidió seguir adelante con la aprobación del dictamen. De los 13 proyectos de ley que se acumularon para el documento final, solo se consideraron cuatro que son los que están más dirigidos a proteger las decisiones del Congreso de la República en materia de desafuero, vacancia entre otros actos políticos.
Las opiniones en los proyectos
Para la discusión de un proyecto de ley en una comisión ordinaria del Congreso, se solicitan opiniones a actores civiles y políticos con conocimiento del tema o que tengan algún papel en el ámbito que se está discutiendo. En el caso de la comisión de Constitución, siempre se acude a abogados constitucionalistas. En algunas ocasiones estos abogados han sido magistrados del Tribunal Constitucional o han emitido de forma pública opiniones sobre los temas en consulta.
Aníbal Quiroga, experto en derecho constitucional, ha sido abogado del Congreso en -precisamente- la demanda competencial presentada por el Legislativo contra el Poder Judicial en el caso de la suspensión de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia. Para este dictamen que ve la definición de la cantidad de votos para este tipo de acciones, Quiroga fue consultado en 12 oportunidades: en ninguna respondió por escrito, según el registro del seguimiento de trámite de proyectos de Ley de la página web del Congreso.
En diálogo con Convoca.pe, Quiroga León señaló que no respondió porque él ya había opinado para otros proyectos similares “sin embargo mi opinión es favorable”. Consultado sobre el sustento de sus opiniones a favor, el letrado aseguró que “el requisito de un quorum de cinco [votos] sobre dos no hace falta en un proceso competencial, porque no es similar a uno de inconstitucionalidad, que son dos cosas diferentes”.
Para Quiroga tener una mayoría calificada (cinco votos contra dos) ha “obstruido algunas decisiones que no se han podido resolver y se han quedado pendientes” por lo cual considera que una mayoría absoluta (cuatro votos contra tres) si es viable para una demanda competencial.
De una opinión similar es Víctor García Toma, expresidente del Tribunal Constitucional entre 2005 y 2006 y exministro de Justicia en el segundo gobierno de Alan García. El abogado constitucionalista consideró en diálogo con nuestro medio que en algunos momentos la mayoría calificada “entrampa” algunas decisiones porque “genera mayorías que terminan apropiándose de la institución” y por ello “si es favorable que sean cuatro votos [para definir una demanda competencial]”.
García Toma fue consultado para este dictamen en tres oportunidades, sin embargo no respondió a las solicitudes emitidas por el entonces presidente de la comisión de Constitución, Hernando Guerra García (Fuerza Popular). Consultado por Convoca.pe sobre las razones de su negativa a responder, el expresidente del Tribunal Constitucional señaló que no lo hizo por incompatibilidad con el cargo que tenía en 2023.
“No respondí porque tenía un encargo del gobierno y me pareció poco prudente emitir comentarios sobre un proyecto que involucra a poderes del Estado”, señaló al referirse a su designación como representante de Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA).
Las opiniones mayoritarias
De las opiniones recibidas por la comisión, quienes emitieron la mayor cantidad de respuestas tanto a favor como en contra, fueron el abogado constitucionalista y exmagistrado del Tribunal Constitucional, Gerardo Eto Cruz y la Adjuntía de Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, cuya titular Elizabeth Zea firma los informes respectivos.
Así, la Defensoría del Pueblo brindó respuesta sobre 10 proyectos que conforman el dictamen, de los cuales dos son a favor y seis consideran inviables varias de las propuestas planteadas en el proyecto que está pendiente de ser discutido en el Pleno del Congreso.
Por su parte el abogado Gerardo Eto Cruz, respondió 8 de las 13 solicitudes remitidas, de las cuales tres fueron a favor y cinco fueron en contra, mientras que cinco no contaron con respuesta.
Al cierre de este informe, la oficina defensorial no ha emitido respuesta alguna a nuestros pedidos de entrevista. Por su parte el abogado Eto Cruz respondió por correo electrónico que se encontraba fuera del país, pero que a su retorno podría darnos una entrevista para brindar sus opiniones sobre este tema.
Pero ¿por qué es importante que un proyecto de ley cuente con opiniones? Para el abogado constitucionalista Heber Joel Campos, la solicitud de opiniones es importante “porque enriquece el debate para garantizar que lo aprendido sea una norma técnicamente viable y representativa (...) que haya opiniones en contra, no significa que sea inválida la norma pero demuestra que no tiene asidero jurídico”.
Campos considera que con este proyecto “el Congreso busca cerrar paso a sus críticos y revela una deliberación pobre y a espaldas de las instituciones democráticas”.
Víctor García Toma considera que las opiniones son importantes pero “debe hacerse como antes, que invitaban a los especialistas a debatir en la comisión, a presentar sus posiciones y eso enriquece el debate”.
Quiroga León es más estricto al momento de considerar las opiniones “son recibidas pero no son decisivas (...) se utilizan algunas para definir la viabilidad o no de los proyectos que están dentro del dictamen, pero incluso cuando hay opiniones en contra la comisión decide que a pesar de esas opiniones en contra resulta viable pasar un proyecto”.