Durante el 2021 y 2022 el Oefa emitió 263 resoluciones de sanción firmes contra empresas extractivas. Pluspetrol Norte, Buenaventura y Petroperú son las compañías más sancionadas. Sin embargo, en los datos publicados por la entidad no se incluyen sanciones muy graves de primera instancia como las del derrame de Refinería La Pampilla, pues, según afirma, "solo se publica lo correspondiente a los procedimientos concluidos".

Entre los años 2011 y 2014, la petrolera Pluspetrol Norte SA, que hoy es casi una empresa fantasma, fue protagonista de una gran y oscura racha de derrames de hidrocarburos a lo largo del Oleoducto Corrientes-Saramuro, al interior de su operación en el Lote 8, ubicado en Loreto. Fueron siete las emergencias ambientales ocurridas en esos años que generaron el vertido de más de mil barriles de crudo. Afectaron un total de 28 mil 600 metros cuadrados de suelo amazónico, en seis puntos, entre los distritos de Trompeteros y Urarinas, cerca de la frontera con Ecuador.

Por eso, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa) sancionó en 2021 a la compañía con 2 mil 503 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que equivale a más de 11 millones 16 mil soles. Además, le impuso seis medidas correctivas para descontaminar las áreas afectadas por los derrames y acreditar que realizó estos procedimientos.

Pluspetrol Norte, que está en proceso de liquidación, es la empresa extractiva que acumuló el mayor número de resoluciones de sanción administrativa firmes por infracciones ambientales entre 2021 y 2022. Las 48 multas que le impusieron en este período, por episodios ocurridos en el mencionado Lote 8 y en el Lote 192, superan los 40 millones de soles.

 

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Pluspetrol fue multada con más de 40 millones de soles en multas por infracciones ambientales. Solo por los incumplimientos en el Lote 8, las multas superan los 18 millones de soles. Foto: Difusión.

 

Si bien es la compañía más infractora, no es la única que ha sido objeto de penas económicas por millones de soles en los dos años analizados. En este mismo período, el Oefa emitió 263 resoluciones de sanción firmes contra empresas mineras y petroleras que suman 301 millones 349 mil soles en multas. Solo en el sector minero fueron 72 compañías las que sumaron 169 multas por procesos cerrados, mientras que 16 petroleras y gasíferas acumularon 94 sanciones por incumplimientos ambientales.

 

Las más sancionadas

Como parte de una nueva actualización de la plataforma Convoca Deep Data, este medio revisó las sanciones económicas impuestas por Oefa entre 2021 y 2022 y encontró que las empresas que lideran el ranking de multas son Pluspetrol Norte S.A. (48), Buenaventura (18), Petroperú (13), Maple Gas (10), San Simón (10), Activos Mineros (8), Concepción Industrial (7), Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros (5) y Shougang Hierro Perú (6).

Estas cifras provienen sólo de procesos sancionadores que han culminado con casos cerrados en esos dos años, que a su vez pueden estar vinculadas a hechos de más años atrás. La condición de “resolución firme” se obtiene cuando las empresas no presentan recursos impugnatorios luego de la sanción o cuando la última instancia administrativa confirma la multa.

 

 

 

 

Por eso, un caso que no figura en su totalidad entre estas sanciones firmes es el referido a las infracciones detectadas en primera instancia contra la Refinería La Pampilla por el masivo derrame de petróleo de Ventanilla de enero de 2022. Por esta catástrofe ambiental, a la subsidiaria de Repsol se le impusieron, en total, siete sanciones pecuniarias que suman 90 millones de soles. Las siete fueron apeladas ante el Tribunal de Fiscalización Ambiental.

Hasta el momento, solo una de estas ha sido ratificada por ese órgano en junio de 2023, y redujo ligeramente la multa de 19,9 a 19,5 UIT, un equivalente de 96 mil 525 soles. Esta sanción se debe a que La Pampilla incumplió con paralizar las actividades operativas de carga o descarga de hidrocarburos en los Terminales Multiboyas de la refinería.

El OEFA había recomendado esta acción hasta que la empresa presentara un Plan de Gestión ante Derrames de Hidrocarburos, así como certificaciones emitidas por entidades especializadas “que aprueban la integridad” de las instalaciones de la empresa.

Según el TFA, la compañía de Repsol remitió fuera de fecha la información referida al reporte diario de las operaciones de carga y descarga de petróleo crudo. Tampoco presentó las medidas adoptadas para proteger el medio ambiente en sus operaciones.

 

Buenaventura beneficiada por descuentos

En el ranking de las extractivas más sancionadas figura en segundo lugar la Compañía de Minas Buenaventura, cuyo presidente del directorio es el empresario y militante aprista Roque Benavides Ganoza, quien es considerado como uno de los personajes más poderosos del Perú, según la Encuesta del Poder de la revista Semana Económica.

Tiene 18 multas por incumplimientos ambientales en sus operaciones en la mina de plata Uchucchacua, en la sierra de Lima, y sus proyectos de exploración en Tocracancha Anchaca, en Arequipa, y Surichata, en Puno. Estas multas alcanzan los 2 millones 224 mil 979 soles.

 

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La plataforma Convoa Deep Data ya cuenta con la información de las sanciones firmes de OEFA contra Buenaventura dictadas entre 2021 y 2022.

 

La sanción más alta contra Buenaventura fue aplicada el 30 de junio de 2022, luego de que Oefa detectara cuatro incumplimientos a las normativas ambientales en la mencionada unidad de Surichata.

La sanción está vinculada a un expediente administrativo abierto en el 2017 y que tuvo su primera resolución en mayo de 2018. En esa primera decisión, OEFA identificó las infracciones, pero no multó a la minera en aplicación de la Ley 30230, también conocida como el "Paquetazo Ambiental". En vez de eso, se le impuso medidas correctivas que de no cumplirse podrían generar multas posteriores.

Años después, la autoridad consideró que Buenaventura no implementó las medidas propuestas para el cierre de seis plataformas de perforación minera. Tampoco implementó el cierre de tres pozas de agua y lodos, así como dos pozas de captación de agua, con lo que incumplió lo establecido.

OEFA calculó que la multa real por el incumplimiento de las medidas correctivas debía ser de más de 311 UIT, un total de 1 millón 431 mil 607 soles. Pero en aplicación de la Ley 30230 la minera se benefició con una reducción del 50%. Solo se le exigió 715 mil 803 soles.

 

buenaventura descuento
Buenaventura fue beneficiada con la aplicación de la Ley del Paquetazo Ambiental y obtuvo la reducción del 50% de la multa real.

 

Otra de las sanciones firmes que el OEFA impuso a Buenaventura está relacionada a una anterior disposición de primera instancia de 2021, con la que la entidad sancionó a la minera por haber implementado cinco pozas de sedimentación en la mina Uchucchacua, en Oyón, Lima. La instalación de estas cinco pozas no estaba contemplada en su instrumento de gestión ambiental.

Por ello, la entidad sancionó en un primer momento a la empresa con casi 126,5 UIT (más de 556 mil 500 soles). No obstante, la compañía presentó un recurso de reconsideración para que se recalculara la multa. El 28 de febrero de 2022 logró que se le recortara el castigo hasta casi 61,5 UIT. Solo pagó un total de 270 mil 520 soles.
 

La petrolera estatal entre las más sancionadas

La petrolera estatal Petroperú, se encarga de la administración y operación del Oleoducto Norperuano, infraestructura vital para el transporte del crudo de la selva de Loreto hasta las costas del Océano Pacífico, en Piura. 

Esta instalación, que tiene más de 45 años, solo durante el 2021 y 2022 ha sido materia de ocho resoluciones firmes de sanción por infracciones ambientales. A estas se suman otras cinco penalidades económicas por inconductas detectadas en otras operaciones de la empresa, como la Refinería de Talara, la Refinería de Iquitos y su Planta de Ventas en la capital de Loreto.

La sanción más importante es la que la entidad ambiental impuso a Petroperú por 1.488 UIT (más de 6 millones 974 mil soles) el 31 de mayo de 2021. Oefa determinó que Petroperú no adoptó medidas de prevención para evitar impactos ambientales negativos luego del derrame de petróleo ocurrido el 17 de enero de 2019 en el oleoducto, en el sector de Pucará, en la provincia cajamarquina de Jaén. El OEFA indicó que Petroperú tenía conocimiento de que ya en 2015 se había detectado la pérdida de un 27% del espesor de la tubería en la misma área donde ocurrió la fuga. Para la entidad, esto evidencia que la petrolera estatal estuvo en condiciones de haber realizado el mantenimiento del ducto.

 

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La información sobre las 13 sanciones contra Petroperú también están publicadas en Convoca Deep Data. 

 

La entidad fiscalizadora también señala que el derrame afectó el suelo que es usado para el cultivo de arroz por las comunidades cercanas. En la resolución se precisa que los elementos tóxicos generan daño potencial a la flora e inciden en el normal desarrollo de la vegetación.

La empresa pública presentó una apelación. Sin embargo, el Tribunal de Fiscalización Ambiental declaró improcedente el pedido porque no fue presentado dentro del plazo legal.

Y una nueva e importante multa impuesta por OEFA a Petroperú en el período analizado (2021-2022), relacionada a derrames de petróleo ocurridos en el Oleoducto Norperuano entre enero y febrero de 2016, en Imaza (Amazonas) y Morona (Loreto), que generaron notorios  impactos en la Amazonía y comunidades indígenas.

 

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La multa más alta contra Petroperú en el 2021 fue superior a los 6 millones de soles.

 

En una primera resolución que el OEFA impuso en junio de 2020, la entidad encontró, entre otras cosas, que la petrolera estatal no adoptó las acciones inmediatas para controlar y minimizar los impactos ocasionados por las fugas. Según advierte, esto generó daño real y potencial a la flora y fauna, así como un daño potencial a la salud humana.

La entidad encontró responsabilidad administrativa en Petroperú, pero solo aplicó seis medidas correctivas debido, otra vez, a la aplicación del “Paquetazo Ambiental”. Entre ellas, la descontaminación de cuerpos de agua afectados en cuatro puntos. Asimismo, anunció que si la estatal no cumplía con las medidas correctivas se impondrían multas coercitivas. Y esto ocurrió. El 26 de septiembre de 2022, se le exigió el pago de 100 UIT, o sea 460 mil soles, a Petroperú por no acreditar la descontaminación de estas cuatro zonas. 

 

Pocas sanciones, grandes multas

Si bien las cinco compañías que se han nombrado son las que acumulan más resoluciones de sanción, hay otras dos mineras con muy pocas sanciones pero a las que se ha multado con muy altos montos debido a la gravedad de sus infracciones. Estas son Compañía Minera Aurífera Santa Rosa SA, una de las principales productoras de oro a nivel nacional, y El Misti Gold SA.

Del 22 al 26 de octubre de 2018, la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas del OEFA realizó una inspección especial a la mina de Santa Rosa y encontró que la minera había incurrido en un total de 13 presuntas infracciones a la normativa ambiental.

En febrero de 2022, la Subdirección de Fiscalización en Energía y Minas le aplicó la resolución con la multa firme más alta emitida entre 2021 y 2022 contra una empresa extractiva. El monto impuesto fue de 28 mil 401 UIT o S/ 130 millones 649 mil soles.

 

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La multa más alta impuesta contra una empresa extractiva entre 2021 y 2022 es de 28 mil 401 UIT y fue impuesta a la minera Santa Rosa.
 

OEFA consideró que Santa Rosa no realizó la labor de estabilización geoquímica en el área de lixiviación de minerales, proceso que convierte los metales en líquidos, por lo que incumplió lo que dice su instrumento de gestión ambiental.

La otra empresa que destaca por el monto de multa impuesto, El Misti Gold, registra entre 2021 y 2022 solo una sanción, pero fue penalizada económicamente con más de 25 millones 578 soles (5.813 UIT). Este proceso sancionador tiene su antecedente en la supervisión especial que hizo Oefa en la unidad minera Santa Rosa (homónima de la mencionada anteriormente), ubicada en la provincia de Grau, Apurímac.

En esa inspección se encontraron cuatro conductas infractoras, la más importante por no realizar cierres de las pozas de lixiviación con geomembrana y suelo orgánico para la revegetación. También por no disponer de manera adecuada de los lodos almacenados en las pozas.

 

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25 millones 578 soles de multa dictó el OEFA contra la minera El Misti Gold en octubre de 2021.
 

 

OEFA no publica las sanciones de primera instancia

¿Por qué la entidad fiscalizadora ya no publica las sanciones de primera instancia en tiempo real? OEFA respondió a Convoca.pe, a través de su área de prensa, que “solo se publica lo correspondiente a los procedimientos concluidos”.

De acuerdo con la abogada de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), Wendy Ancieta, conforme a la Ley de Transparencia, si un procedimiento administrativo está en curso tiene un carácter confidencial. “Por eso es que las resoluciones de primera instancia que han sido apeladas o reconsideradas no son públicas”, explica.

Al menos hasta octubre de 2020, la institución sí publicaba las resoluciones de primera instancia, reconsideraciones y apelaciones en el Registro de Actos Administrativos. Sin embargo, luego de esa fecha estas pasaron a un portal de datos abiertos que solo registra las sanciones firmes. 

Juan Carlos Ruiz, abogado constitucionalista del Instituto de Defensa Legal, critica el cambio de criterio sobre estos temas de interés público que deben ser transparentados. Comenta que, por ejemplo, la publicación oportuna de las resoluciones de primera instancia puede permitir que una persona afectada se haga presente en el proceso para aportar más pruebas. Asimismo, advierte que el criterio actual es conveniente para las grandes extractivas sancionadas, pues la publicación afecta la imagen comercial, "que es lo más preciado para las empresas".

 

Empresas no responden

Convoca.pe consultó a las cinco empresas que lideran el ranking de más sancionadas para conocer su posición sobre las multas millonarias que les impuso OEFA en instancia administrativa. 

Solo la estatal Petroperú respondió para indicar que “viene actuando en el marco de la normatividad vigente” y en tanto estos procesos no concluyan la empresa no emitirá comentarios.