Con el uso de los datos de la plataforma “Rastreadora”, Convoca.pe analizó los casos de los jueces que han sido destituidos por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), entre los años 2021 a 2023, por otorgar medidas cautelares a empresas inhabilitadas por infracciones a la Ley de Contrataciones del Estado. Esta información surgió al cruzar la información de los exmagistrados con procesos de sanción y los obtenidos por parte del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE). Las infracciones que más resaltan es que estos jueces se abocaron a revisar las solicitudes de medida cautelar pese a que no tenían competencia territorial para resolver estas demandas. Muchas de las empresas buscaban estas resoluciones en distritos judiciales fuera de las localidades o regiones donde realizan sus operaciones. Este informe forma parte de nuestra cobertura especial "#EstadoPerú Más allá del discurso".

Un total de once jueces que favorecieron con medidas cautelares a empresas inhabilitadas por infracciones a las normativas de contrataciones del Estado, fueron sancionados por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) entre los años 2020 y 2023. Según los datos a los que accedió Convoca.pe, diez magistrados fueron destituidos de su cargo y a otro se le impuso una sanción menor.

Este medio de comunicación pudo verificar que desde el 2021, la JNJ terminó 26 procesos de sanción a los magistrados que coinciden por haber emitido medidas cautelares para suspender los efectos de las sanciones emitidas por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) a empresas proveedoras públicas que incurrieron en faltas administrativas graves contra la Ley de Contrataciones del Estado.

En total fueron diez los jueces destituidos por la JNJ y uno recibió una sanción menor. Cinco de estos magistrados sancionados laboraban en juzgados de regiones amazónicas como Madre de Dios, Loreto, Ucayali y San Martín.

Estas decisiones judiciales permitieron a las empresas sancionadas por el OSCE continuar contratando con entidades públicas, pese a que recaen sanciones administrativas impuestas por el Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) por incumplimientos al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

 

 

 

 

 

Uno de los jueces que fue destituido por la JNJ es Hugo Rodolfo Velásquez Zavaleta, quien fuera juez titular del Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia De Lima. Este juez acumula un total de 13 medidas cautelares emitidas que beneficiaron a doce empresas sancionadas por el OSCE para continuar contratando con el Estado.

Una de las empresas favorecidas fue la consultora Alpha Consult S.A., empresa supervisora de los principales proyectos de Odebrecht en Perú y que está implicada en el complejo sistema de transferencias de dinero para sobornos a funcionarios públicos del sector transporte. 

Uno de los directivos de Odebrecht señaló que el dueño de esta consultora, Jorge Peñaranda, recibió 2.6 millones de dólares de la constructora brasileña a través de cuentas bancarias en la Banca de Andorra. Esto para que Peñaranda no fuera un obstáculo en la supervisión de obras y la aprobación de los desembolsos del Estado a la empresa brasileña para la ejecución del tramo 2 y 3 de la Carretera Interoceánica Sur y Norte.

En marzo de 2013, la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, sancionó al Consorcio Vial Pallasca, del cual formaba parte Alpha Consult S.A., al determinar que la contratista incumplió el contrato suscrito con Provias Nacional, entidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en febrero de 2010. Este contrato de 1 millón 800 mil soles era para la elaboración de un estudio técnico sobre una carretera en la región Áncash.

El OSCE detectó que el consorcio formado por Alpha Consult tuvo retrasos en la entrega de planes de trabajo e informes de avances, así como otros incumplimientos, por lo que el MTC decidió resolver el contrato con el Consorcio Vial Pallasca. 

Por este motivo, el Tribunal de Contrataciones del Estado impuso 20 meses de inhabilitación temporal en cumplimiento del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado que indica que los contratistas que den lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte deben ser sancionados con impedimento de contratar con entidades públicas.

El Consorcio Pallasca buscó apelar la inhabilitación en la segunda instancia administrativa del TCE pero su pedido fue declarado infundado en marzo de 2015. 

Sin embargo, Alpha Consult buscaba continuar contratando con el Estado por lo que la resolución del OSCE era un escollo en sus planes. Por ello, decidió acudir al Poder Judicial y su caso recayó en el juez Rodolfo Velásquez Zavaleta. Este magistrado otorgó medida cautelar para suspender todos los efectos de la inhabilitación desde mayo de 2015.

 

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La OCMA solicitó la destitución de Velasquez Zavaleta por su vinculación al caso 'Los Cuellos Blancos'. Foto: OCMA.

 

Si bien las decisiones de Velasquez Zavaleta vinculadas a las medidas cautelares emitidas no han merecido por la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) la solicitud de destitución, sí lo fue su vinculación al caso 'Los Cuellos Blancos' y a su protagonista César Hinostroza Pariachi.

Es por este caso que la JNJ determinó que el entonces juez Velasquez Zavaleta tenía una relación extraprocesal con el exjuez supremo César Hinostroza, le dio un trato preferencial en un proceso judicial y le dio información sobre el estado del proceso. Con ello habría incumplido su deber de impartir justicia y guardar la debida reserva de los casos. 

En el proceso disciplinario, también la JNJ señala que Velásquez tuvo una relación extraprocesal con el entonces presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos Montalvo. Gracias a esa relación obtuvo de manera irregular la contratación de su hermano, Percy Velásquez Zavaleta, en la sede judicial del Callao.

Este juez emitió en total 13 medidas cautelares a favor del mismo número de empresas que habían sido inhabilitadas temporalmente por el Tribunal de Contrataciones con el Estado. Entre las empresas que fueron beneficiadas con el levantamiento de las sanciones se encuentra la empresa Alpha Consult, involucrada en el Caso Lava Jato.

Medidas cautelares a distancia

Otro juez que emitió medidas cautelares pese a que su juzgado estaba a miles de kilómetros de distancia de las sedes de las empresas es el exmagistrado Juan Carlos Becerra Marroquín, quien se desempeñaba como juez del Juzgado Mixto de Huepethua de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios.

A las manos de su juzgado llegaron pedidos de medidas cautelares de nueve empresas sancionadas por el OSCE que buscaban suspender la aplicación de las inhabilitaciones para así poder contratar con el Estado. Lo extraño es que de estas empresas ninguna tenía su sede en Madre de Dios, sino que eran compañías con domicilio en Lima, Callao, Arequipa y Ucayali.

 

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El juez Becerra Marroquín fue destituído por la JNJ por emitir una medida cautelar a favor de Ceba S.A. Foto: Poder Judicial

 

Esto fue detectado por la Oficina Descentralizada del Control de la Magistratura (ODECMA) de Loreto en uno de los casos que resolvió Becerra Marroquín a favor de la empresa CEBA S.A., una compañía dedicada a la construcción de obras de ingeniería civil y que había sido  inhabilitada por 20 meses para contratar con el Estado en septiembre de 2012.

En el 2018, la OCMA propuso la destitución de Becerra como juez del Juzgado Mixto de Datem del Marañón de la Corte Superior de Loreto, tras comprobar que incurrió en falta muy grave al emitir una medida cautelar a favor de esta empresa con sede en el distrito limeño de San Isidro. 

En este caso, en septiembre de 2021, la JNJ comprobó que el juez Becerra otorgó una medida cautelar innovativa, suspendiendo la sanción, pese a que no era competente por territorio, ni por materia. La resolución indebida que otorgó el juez permitió que la empresa continúe contratando con el Estado, incumpliendo la sanción administrativa.

Otro juez que benefició a CEBA S.A. con una medida cautelar y que fue sancionado por el JNJ es Cilnio Fernández Hernández quien como juez del Juzgado Mixto de Caballococha de Loreto admitió a trámite ocho demandas de amparo y concedió el mismo número de medidas cautelares sin tener competencia territorial. De las ocho medidas cautelares, sólo uno de los demandantes tenía como domicilio en Loreto. El resto tienen sus sedes en Lima y Callao.

El integrante de la JNJ, Aldo Vásquez Ríos, indicó que el exmagistrado no observó las reglas de competencia territorial para abocarse a las medidas cautelares pues se acreditó que los domicilios de los demandantes se encontraban en otras localidades y no en la provincia de Caballococha. 

En sus descargos, el investigado reconoció que incurrió en esas irregularidades y solo anuló las medidas cautelares cuando la ODECMA le inició el proceso disciplinario. Por este motivo, Cilnio Fernández fue destituido de su cargo por la Junta Nacional de Justicia con voto unánime de sus integrantes.

 

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Cilnio Fernández Hernández (corbata a rayas y camisa crema) fue destituido por la JNJ ya que emitió ocho demandas de amparo y medidas cautelares sin tener competencia territorial. Foto: Poder Judicial.
 

Otro de los exjueces sancionados por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por el otorgamiento de medidas cautelares para que una empresa evite las sanciones de inhabilitación por parte del OSCE es Rafael Espinoza Calderón, juez del Juzgado Mixto de Campo Verde de la Corte Superior de Justicia de Ucayali.

 

Según los datos obtenidos por Convoca.pe, este juez emitió dos medidas cautelares en abril de 2014 a favor de consorcios integrados por la empresa Hidroenergía S.A.C. Uno de estos casos es el indicado en la Resolución N° 2485-2013-TC-S1 por el cual se inhabilitó por 32 meses a la mencionada compañía. Esta firma tiene sede en el distrito de Callería, en la misma provincia.

Hidroenergía S.A.C. conformaba el Consorcio Chiara I y en diciembre de 2010, junto a otras tres empresas, ganó la licitación del Gobierno Regional de Ayacucho para realizar la mejora del sistema de electrificación del distrito de Chiara en la provincia de Huamanga. La obra tenía un monto superior de 1 millón 878 mil 361 soles.

El OSCE detectó que como parte de la propuesta técnica presentada por el consorcio, se presentó información falsa y/o inexacta consistente en certificados de trabajo de un ingeniero experto.

 

 

 

 

Durante el proceso sancionador, Hidroenergía S.A.C refirió que no tuvo participación en la elaboración de esa documentación, pero ninguna compañía asumió la responsabilidad. "Cada una de las empresas responsabiliza a la otra por la presentación del documento falso y/o información inexacta", indicó el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Por ello, en noviembre de 2013, el OSCE sancionó a Hidroenergía con 32 meses de suspensión para participar en procesos de selección y contratar con el estado. Sin embargo, la empresa no aceptaría la inhabilitación temporal y buscaría detener su vigencia en el Poder Judicial.

La compañía inhabilitada decidió presentar una demanda de amparo y solicitar una medida cautelar ante el juez del Juzgado Mixto del distrito de Campo Verde de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, Rafael Espinoza Calderón. Este juez dictó medida cautelar para suspender los efectos de la sanción del OSCE. 

 

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La Junta Nacional de Justicia encontró responsable al juez Rafael Espinoza Calderón de infracción muy grave por emitir una medida cautelar. Foto: Difusión
 

Tanto la ODECMA como la OCMA se dieron cuenta que en la medida cautelar había algunas inconsistencias de forma respecto a la tramitación de la admisibilidad de la demanda de amparo y solicitó a la Junta Nacional de Justicia que abriera una investigación para evaluar la destitución del magistrado Espinoza Calderón.

El 6 de febrero de 2014, Hidroenergía presentó la demanda contra el OSCE por la presunta vulneración del derecho al trabajo, derecho al debido proceso y a la contratación. Entre los documentos, la empresa mostró documentos que indican que su sede era en el distrito de Callería en la provincia de Coronel Portillo y no en el distrito de Campoverde. Esa diferencia en el domicilio, hacía que el juez no sea competente para abocarse a la demanda.

No obstante, en su defensa, el magistrado indicó que el motivo por el que no pudo confirmar la ubicación del domicilio real de la empresa demandante fue porque durante ese tiempo estuvo a cargo de hasta cinco distintos juzgados. Esto mientras que los jueces encargados de esos despachos estaban de vacaciones. 

Por ello, en diciembre de 2021, si bien la JNJ dictaminó que el juez Espinoza Calderón incurrió en una infracción muy grave, no ameritó imponer la inhabilitación, sino una sanción menor que debía ser decidida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA).