A través de una resolución firmada por el jefe del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba, los magistrados señalan que no acudirán a sedes judiciales para audiencias de cese de prisión preventiva de reos por corrupción. 

Los fiscales del Equipo Especial Lava Jato sólo participarán en audiencias judiciales convocadas por el órgano jurisdiccional por la vía virtual y no presencial, según una resolución publicada hoy y firmada por el fiscal coordinador Rafael Vela Barba. 

Como se recuerda, la semana pasada Vela Barba y el fiscal José Domingo Pérez, cuestionaron las citaciones de los juzgados de turno anticorrupción para audiencias presenciales de cese de prisión preventiva en casos como el de Jaime Yoshiyama, quien pidió ser excarcelado ante el supuesto riesgo de contraer COVID-19 en el penal Castro Castro.

Domingo Pérez señaló en un oficio dirigido al juez Santos Benites Burgos, que la audiencia que convocó para el caso Yoshiyama, "afectaba el derecho constitucional de la salud" al tener que movilizar personal, en pleno aislamiento social por el COVID-19.

Esta vez, Vela Barba señala a través de la resolución organizacional S/N-2020-REVB-FSCEE-MP, que los "señores fiscales participarán en las audiencias judiciales convocadas por el órgano jurisdiccional, siempre que implique no vulnerar el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Gobierno Central".

"Consecuentemente, sólo podrán participar de manera virtual no presencial, por los medios tecnológicos que para ello habilite el Poder Judicial al ser el órgano convocante", precisa el documento.

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Añade además que la participación de los fiscales del Equipo Especial Lava Jato, será en aquellas audiencias judiciales que implique cese de prisión preventiva, variación de prisión preventiva, entre otras.

Sin embargo precisa que el objeto de debate en estos casos, sólo debe estar relacionada, a las condiciones carcelarias, el estado de salud del interno y la propagación del COVID-19.

El documento fiscal señala además que para intervenir en las mismas "no se requiere contar con los actuados de la carpeta fiscal", con lo cual no se quebranta el aislamiento social ibligatorio.

FInalmente el documento señala que la medida se orienta a salvaguardar la vida y la salud de las personas, evitando sobre exposiciones innecesarias que puedan terminar con el contagio de fiscales o administrativos.

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