Entre mayo de 2022 y abril de 2023 se presentaron cinco recursos ante el Poder Judicial con el objetivo de anular el reconocimiento de tres reservas indígenas: la de Napo, Tigre y Afluentes, la de Sierra del Divisor Occidental y la Kakataibo Norte y Sur. Tras el archivamiento de un polémico proyecto de ley fujimorista, estos reclamos continúan cuestionando el reconocimiento a los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial. Además, dos de ellos coinciden con los intereses de la petrolera anglo-francesa Perenco.

Los intentos por revertir el reconocimiento de territorios donde habitan Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (Piaci) no se detienen. Entre mayo de 2022 y abril de 2023 se han presentado cinco recursos legales ante el Poder Judicial que buscan paralizar y anular el reconocimiento de tres reservas indígenas en la Amazonía: Napo, Tigre y Afluentes; Kakataibo Norte y Sur; y Sierra del Divisor Occidental, entre los departamentos de Loreto, Ucayali y Huánuco. Una de estas demandas fue desistida, cuatro siguen su curso legal y, de estas, dos tienen fechas próximas de audiencia.

El primero de estos recursos es la acción de amparo presentada el 12 de agosto de 2022 por la Federación de Comunidades Nativas del Alto Curaray y Arabela (Feconaca). El documento, que se encuentra en la Corte Superior de Justicia de Loreto, busca la nulidad del proceso de creación de la Reserva Napo, Tigre y Afluentes y reclama el derecho de consulta previa en este caso. Asimismo, pide al Poder Judicial la participación de la organización en el proceso de reconocimiento a los Piaci que puedan hallarse en lo que consideran sus “territorios ancestrales”.

“¿Cuál es la implicancia en estos casos? Que estas acciones judiciales constituyen una amenaza cierta e inminente de violación del derecho de los pueblos indígenas: el derecho a la vida, subsistencia, e incluso el derecho al territorio que tienen”, declara para Convoca.pe Maritza Quispe, abogada del área de Pueblos Indígenas y Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal (IDL).

 

MALOCAS
Edificaciones llamadas "malocas", en Loreto. Pertenecerían a los Piaci que habitan la zona. Foto: Orpio.

 

Como se sabe, el proceso de creación de la Reserva Indígena Napo, Tigre y Afluentes tomó impulso con el Informe N°155-2015-DGPI-VMI/MC, emitido el 15 de septiembre de 2015.  El documento cuenta con la calificación técnica favorable del Ministerio de Cultura para la creación de esta reserva. Tras esto, se procedió a realizar el Estudio Previo de Reconocimiento, que luego fue aprobado por una Comisión Multisectorial en julio de 2022, lo que impulsó sustancialmente el proceso.

“Lo que pretenden en los hechos [estas demandas] es paralizar la categorización de las reservas [indígenas] y buscan que se expulse del ordenamiento jurídico los decretos supremos desde los cuales se han reconocido a los pueblos en situación de aislamiento”, puntualiza Quispe.

Esta primera demanda llegó semanas antes de que el gobierno del hoy encarcelado expresidente Pedro Castillo diera un segundo paso decisivo en el establecimiento de este territorio en favor de los Piaci que allí habitan. 

Como se recuerda, el 1 de septiembre de 2022, el entonces presidente, junto con la exministra de Cultura, Bettsy Chávez, firmaron el Decreto Supremo N° 010-2022. Este documento reconocía la existencia de los pueblos indígenas Aewa, Taushiro, Tagaeri, Taromenane y Záparo en situación de aislamiento, y atiende la solicitud para la creación de la Reserva Indígena Napo, Tigre y Afluentes, 19 años después de que esta fue realizada por las organizaciones indígenas Orpio y Aidesep.

Establecido este reconocimiento por parte del Estado a favor de los Piaci, la Feconaca volvió a recurrir a las instancias judiciales. Esta vez presentó el 28 de octubre de 2022 una demanda de acción popular contra la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC y el Decreto Supremo N° 010-2022-MC. En este caso, el documento se halla y sigue su curso en la Corte Superior de Justicia de Lima. La audiencia para su discusión está programada para el 1 de agosto próximo.

La nueva demanda argumenta que no se habría respetado el derecho de la Feconaca, como agrupación de comunidades nativas, a la consulta previa. Asimismo, plantea que el reconocimiento de los Piaci en Napo, Tigre y Afluentes fue realizado a raíz de un Estudio Previo de Reconocimiento que habría sido "elaborado sin cumplir con sustento técnico alguno" y sin evidencias físicas mínimas.

DP
Extracto de la acción popular presentada por la Feconaca ante el Poder Judicial, el 28 de octubre de 2022.


Julia Urrunaga, directora en Perú de la ONG Environmental Investigation Agency (EIA), comenta que, en cuanto al reconocimiento a los Piaci y en el proceso previo al establecimiento de una Reserva Indígena, no corresponde una consulta previa.  

"Si bien en el proceso de los estudios [de reconocimiento] se conversa y se habla y se recoge la opinión y la voz de los pueblos indígenas colindantes, en ese momento no se hace una consulta de si se quiere crear una reserva, porque no corresponde. Porque lo que corresponde primero es determinar si existe o no existe el pueblo. Una vez que se determina, al momento de que se va a crear la reserva, ahí es cuando corresponde hacer la consulta", declaró Urrunaga para Convoca.pe.

Efectivamente, la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC menciona los casos en los que debe efectuarse la consulta previa. Y si se trata sobre la categorización de una reserva indígena, esta se realiza, como en otros casos, luego de diferentes etapas. 

Primero se deben identificar las posibles afectaciones a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios. La consulta previa también debe darse luego de reuniones preparatorias por parte de la Dirección de Consulta Previa del Ministerio de Cultura. Y, por último, se deben pasar las etapas de publicidad, información, evaluación interna, diálogo y decisión del proceso coordinados también por el Ministerio de Cultura, según consta en la resolución.

Esto no es aplicable cuando se está discutiendo la existencia o no de los Piaci. 

“La parte sociológico-antropológica de la elaboración de este estudio [de reconocimiento] implica reuniones y conversaciones con las comunidades colindantes (...). Pero en esa etapa no hay una consulta previa porque tú no consultas sobre la existencia de un pueblo. O sea, el pueblo existe o no existe”, puntualiza Urrunaga.

Fuente: OSINFOR
Parte de la  Resolución Ministerial N° 365-2017-MC.

 

Los intereses encontrados en torno a Napo, Tigre y Afluentes

Como se recuerda, el 11 de noviembre de 2022, el congresista fujimorista, Jorge Morante, presentó el Proyecto de Ley 3518/2022-CR con la finalidad de modificar la Ley N° 28736 (Ley Piaci) trasladando facultades del Ministerio de Cultura a los gobiernos regionales. En el proceso, planteó invalidar y poner en duda las Reservas Indígenas existentes y el reconocimiento estatal a los Piaci. 

"Más bien deberíamos tratar de avanzar en cerrar esas ventanas que existen en las normas, pero la tendencia ahora, como con este proyecto de ley que finalmente se ha eliminado, lo que buscaba era aún más flexibilidad. Ahora, hay que tener cuidado, porque se ha eliminado, pero nada impide que presenten uno nuevo y similar (...). Hay que tener en cuenta que no es que estemos a salvo, eso puede reactivarse en cualquier momento. Hay que estar atentos", advierte Urrunaga.

Parte de la justificación del mencionado proyecto legislativo (que recientemente se archivó) fue un oficio dirigido al congresista Morante, por parte de la Feconaca, "adjuntando documentos, fotos y videos, expresando su rechazo a la creación de la Reserva Indígena en sus territorios [Napo-Tigre]".

En este punto es preciso anotar que la representante de la Feconaca en los dos recursos judiciales referidos previamente es Pilar Abigail Cabrera Caballero, presidenta de esta organización. Esta misma persona también firmó el oficio dirigido a Morante y fue invitada por éste a la presentación del Proyecto de Ley 3518/2022-CR, el pasado 23 de junio, ante la Comisión de Descentralización, donde tuvo el uso de la palabra.

FECONACA
Parte del oficio dirigido por el congresista fujimorista Jorge Morante a la presidencia de la Comisión de Descentralización el 23 de junio pasado.

Es importante destacar, además, que estos esfuerzos coinciden con el interés de la petrolera anglo-francesa Perenco. Esta compañía desistió el 3 de noviembre de 2022 de un proceso de amparo que empezó en mayo del mismo año, con la finalidad de anular el reconocimiento de los Piaci en Napo, Tigre y Afluentes, donde opera dos lotes petroleros: el 39 y el 67. Cabe resaltar que realizó esta acción tan solo ocho días antes de que Jorge Morante presentara su iniciativa legislativa ante el Congreso.

En este documento, la empresa refiere que decidió impulsar el proceso de amparo "como consecuencia de la transgresión continua a nuestro derecho al debido procedimiento y a la vulneración de nuestro derecho a la libertad contractual". La demanda buscaba revertir el proceso de reconocimiento de los Piaci en Napo, Tigre y Afluentes, el paso previo al establecimiento de una Reserva Indígena que tendría como efecto la intangibilidad del territorio donde la compañía francesa tiene sus operaciones.

 

FECONACA
Parte del documento en que Perenco desiste de su proceso de amparo. La empresa advierte que el Estado peruano cambió “las reglas de juego” y se reserva su derecho de “activar los mecanismos legales” nacionales o internacionales, que crea conveniente.

 

Iniciativas similares, misma finalidad: desconocer a los Piaci

Otro de estos intentos se realizó el 13 de octubre de 2022. En esta ocasión, el concesionario maderero Gustavo Gotardo Alcázar Serna presentó una acción de amparo ante la Corte Superior de Justicia de Ucayali. El ciudadano aduce que no se ha respetado el “cumplimiento a los contratos de concesión celebrados con el Estado de acuerdo a ley”. Y, además, pide que no se aplique el Decreto Supremo N° 015-2021-MC que establece la Reserva Indígena Kakataibo Norte y Sur, en las regiones de Loreto, Ucayali y Huánuco, que afecta su concesión.

Según Maritza Quispe, abogada del IDL, este tipo de acciones, por el nuevo ordenamiento jurídico, son admitidas a trámite sin analizar detenidamente los reclamos. 

"En el Poder Judicial, con el nuevo Código Procesal Constitucional, hay una obligación de no rechazar las demandas. Es decir, de admitirlas. Antes se declaraban improcedentes al momento de la calificación, ahora no. Califican la demanda y te la admiten. Aunque sea una demanda mal hecha, te la admiten. Es un tema más procedimental", comenta Quispe. 

Sin embargo, no solo estas acciones atentan contra los Piaci. Más recientemente, el 27 de marzo de 2023, la Municipalidad Provincial de Ucayali emitió la Ordenanza Municipal N° 006-2023-MPU que declara a la provincia como "zona de exclusión" para la "creación de áreas naturales protegidas y de reservas indígenas denominadas Piaci".

La ordenanza además niega la existencia de estos pueblos, pese a que el Estado ha reconocido que estos existen entre los departamentos de Loreto y Ucayali mediante un decreto supremo.

 

ORDEN
Parte de la Ordenanza Municipal N° 006-2023-MPU que niega la existencia de los Piaci en Ucayali.

 

Para Maritza Quispe esta ordenanza no tiene ningún sustento legal.

“[Las municipalidades] no pueden [declarar o no la existencia de los Piaci] porque no está dentro de sus facultades. Recordemos que el ente rector en materia de protección y reconocimiento de la existencia de pueblos en situación de aislamiento en un determinado territorio es el Ministerio de Cultura. No son las municipalidades, no son los gobiernos regionales, como se ha pretendido intentar con el proyecto de ley que se archivó”, declara al respecto la especialista.

Por su parte, Julia Urrunaga resalta el peligro que contienen este tipo de acciones y la fragilidad con la que están siendo respetados los derechos de los Piaci.

“Incluso, estando supuestamente protegidos [los territorios Piaci], los gobiernos regionales muchas veces pasan por encima de esa protección legal y los entregan para actividades económicas que tienen un impacto fuerte sobre el territorio y sobre la población. Imagínate qué va a pasar si se retira la existencia de la protección, o sea, la existencia de la categorización del territorio, que es lo que se está solicitando desde diferentes instancias”, advierte. 

Prácticamente un mes después, el 24 de abril de 2023, la misma Municipalidad Provincial de Ucayali presentó una acción de amparo ante la Corte Superior de Justicia de Ucayali en la cual realiza el siguiente pedido: "[Que] se excluya el territorio de la provincia de Ucayali-Contamana, de la propuesta de categorización de la Solicitud de Reserva Indígena Sierra del Divisor Occidental, por violentar el derecho a la igualdad y de no ser discriminado por razón de origen (...), raza, características genéticas (...) o de cualquier otra índole".

La demanda finalmente fue admitida y trasladada al Ministerio de Cultura. En este caso, la fecha de audiencia fue reprogramada del 10 de julio al 3 de agosto próximo y será debatida presencialmente en el local del Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali-Contamana.

ADMITIDA

Extracto de la demanda de amparo presentada por la Municipalidad Provincial de Ucayali el pasado abril.

 

Por otra parte, cabe señalar que el alcalde provincial de Ucayali, Pedro Rodolfo Lovo Tello, impulsor de estas iniciativas, fue otra de las personas invitadas por el congresista Jorge Morante a la sustentación de su polémico proyecto en junio pasado. Este funcionario estatal es reconocido negativamente por algunas organizaciones indígenas debido a su abierto apoyo a la iniciativa legislativa que finalmente fue archivada.

Como puede verse, el concierto de intereses por desconocer la existencia de los Piaci persiste en su objetivo luego del revés sufrido en el Congreso. Lejos de cesar, las acciones en el Poder Judicial van en la misma dirección, siguen su curso y aún ponen en duda los derechos de estas poblaciones.