Diario La República recomienda modificar norma que reduce y congela multas a las industrias extractivas

Convoca reproduce el editorial del diario La República publicado el 4 de noviembre sobre los hallazgos del reportaje Los millones perdonados a las petroleras. La investigación reveló cómo, a partir de la vigencia de la ley 30230 (conocida como Paquetazo ambiental), se dejaron de pagar hasta 55 millones de soles (cerca de 20 millones de dólares) en multas a empresas mineras y de hidrocarburos. El diario señaló que "la ley ha devenido en un esquema surrealista y humillante para el Estado" y recomienda además que con los resultados revelados se "debería dar origen a las correcciones legales correspondientes". Como respuesta, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) publicó un comunicado en su página web en el que señala que tanto este organismo como el Ministerio del Ambiente consideran que "el Artículo 19° de la Ley N° 30230 no ha debilitado la fiscalización ambiental". A continuación el editorial de La República.

 

El Estado peruano ha dejado de cobrar por lo menos 55 millones de soles en multas* a empresas mineras y de hidrocarburos, un escandaloso perdón que tiene origen en una norma legal, la Ley N° 30230, pomposamente denominada Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.

 

Como se recuerda, con el argumento de la reactivación de la economía y la lucha contra la tramitología, el gobierno propuso en junio del año pasado un primer paquete de medidas económicas aprobado en el Congreso y por gran parte de la oposición que suspendió los procedimientos sancionadores del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y redujo el importe de las multas impuestas a las empresas por razones ambientales.

 

Según un reciente informe de Convoca.pe, publicado por La República, las multas no cobradas superan un rango histórico de 55 millones de soles, aunque con la vigencia de la mencionada ley, la OEFA, entre julio del 2014 y marzo del 2015, congeló y redujo multas firmes por infracciones ambientales en el sector hidrocarburos hasta por un monto de 24 millones de soles.

 

La ley ha devenido en un esquema surrealista y humillante para el Estado al permitir que en los procesos administrativos por impactos ambientales que se encuentren en primera instancia la OEFA solo se limite a ordenar medidas correctivas a las empresas sin imponer multas y que en los procesos que suben a segunda instancia las multas se reduzcan en un 50 por ciento.

 

En este esquema, el país tiene dos tipos de tribunales administrativos: los que aplican en todo su rigor a los administrados –incluido el pago de multas– como es el caso del Tribunal Fiscal, el Tribunal Registral o el Tribunal del Servicio Civil, y aquellos que siendo cierta la violación de la norma su función es aconsejar a los infractores y de plano, si el caso prospera, cobrarles la mitad de la infracción. Esta fórmula extraña se ha vendido como muy favorable al país.

 

Entre las beneficiadas se encuentra la empresa Pluspetrol Norte, que en agosto de este año culminó su contrato con el Estado. Entre los pasivos ambientales de esta empresa figura la desaparición de la laguna de Shanshococha y otros daños en los territorios de 4 pueblos indígenas –Ashuar, Quechua, Cocoma y Urarinas– y en área de influencia directa de 16 comunidades nativas.

 

Este perdón es un antecedente negativo tanto para la promoción de la inversión como para las políticas de remediación, compensación, mitigación y adecuación del país a los efectos del cambio climático, y habida cuenta de sus resultados debería dar origen a las correcciones legales correspondientes.

La situación de los pasivos y de los conflictos ambientales lo amerita. Habría que recordar que el Informe Defensorial N° 127 de la Defensoría del Pueblo, publicado en julio pasado, identificó 4,353 pasivos ambientales de alto riesgo, resultado de las actividades mineras y de hidrocarburos, y cuya remediación exige una atención prioritaria de las agencias públicas y empresas.

 

Publicado en el diario La República el miércoles 4 de noviembre de 2015. Ver enlace originalaquí.

Lee la respuesta de OEFA El artículo 19 de la Ley 30230 no ha debilitado la fiscalización ambiental aquí. 

*Los 55 millones de soles son el monto máximo calculado por Convoca a partir de las resoluciones de sanción de OEFA que incluyeron infracciones consentidas por las empresas y ratificadas por la última instancia de OEFA.

Fecha de publicación: jueves, 5 de noviembre de 2015. 1 pm.