Pluspetrol Norte, cuyo contrato en el lote de mayor importancia del país venció en agosto de este año, es la más beneficiada por la ley
Hace más de un año que entró en vigencia la ley 30230, que sus detractores calificaron como una de las normas del paquetazo ambiental porque permitió reducir y desaparecer multas impuestas por infracciones ambientales en nombre de la promoción de la inversión privada en el país. Tras revelar los millones no cobrados a la gran minería gracias a esta ley, Convoca dirige ahora la mirada al sector hidrocarburos. En esta nueva entrega de la serie Excesos sin castigo, mostramos cómo la norma ha permitido que se dejen de cobrar hasta 25 millones de soles en multas por infracciones tan graves como la desaparición de una laguna.
En la cuenca del río Pastaza en Loreto, entre la espesura de la Amazonía peruana, la laguna Shanshococha continúa sangrando hidrocarburos. De la cocha de la que alguna vez se alimentaban cientos de pobladores de la comunidad cercana de Nuevo Andoas queda casi nada: el agua es escasa y está cubierta por un manto de petróleo, no hay peces. En verano, las altas temperaturas hacen que los hidrocarburos se filtren con mayor facilidad a la superficie y el olor lo impregne todo. “Ahorita ya no es una laguna, sino un caño parece [sic]”, dice Juan José Butuna, monitor de la Federación de Indígenas Quechua del Pastaza (FEDIQUEP). Shanshococha es una herida abierta en medio de la Amazonía.
Los supervisores del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) que han visitado la laguna desde 2012 han encontrado en sus suelos sustancias químicas de petróleo (TPH) hasta 1500 por ciento por encima de los estándares de calidad ambiental legalmente permitidos. Según los reportes oficiales, se ha contaminado las aguas subterráneas y se ha afectado gravemente la flora y la fauna acuática: no hay rastros de las especies de peces, venados, reptiles y variedades de aves que antes vivían en Shanshococha. Donde antes había aguajales, ahora hay tierra y palos secos. “Las plantas no pueden crecer en las tierras mezcladas con hidrocarburos”, explica Butuna.
La fuente de contaminación está apenas a 200 metros: tres pozos petroleros del lote 192 (ex 1AB), el de mayor producción nacional, que hasta agosto estuvo en manos de la empresa de capital argentino Pluspetrol Norte. Pese a que la compañía ha llevado once procesos sancionadores de OEFA al Poder Judicial para evitar pagar las multas, algunas de ellas millonarias, en junio último este organismo regulador le perdonó el pago de 5.4 millones de soles (1.8 millones de dólares) por la desaparición de Shanshococha y otras multas a una veintena de empresas del sector hidrocarburos en el último año. ¿Cómo fue esto posible?
Dinero congelado
Entre julio de 2014 y marzo de 2015, OEFA congeló y redujo multas firmes por infracciones ambientales en el sector hidrocarburos desde un mínimo de 6 millones 443 mil soles (2.1 millones de dólares) hasta un máximo de 24 millones 710 mil soles (8.6 millones de dólares) gracias a la ley 30230, conocida como una de las normas del paquetazo ambiental que fue impulsada por el gobierno de Ollanta Humala. La ley permite que, en los procesos por impactos ambientales que se encuentren en primera instancia, OEFA se limite a ordenar medidas correctivas a las empresas sin imponer multas. En los procesos en segunda instancia, las multas son reducidas en un 50 por ciento.
Convoca realizó el análisis caso por caso a partir de las propias resoluciones de OEFA y solo tomando en cuenta sanciones económicas consentidas por las empresas o ratificadas por la última instancia del organismo regulador. Los 6 millones 443 mil soles son un cálculo conservador del monto mínimo que pudo imponer OEFA en multas en primera y segunda instancia. En el 95 por ciento de los procesos analizados en primera instancia para establecer el monto mínimo no se consideró ninguna sanción económica porque en estos procesos la norma vigente no especificaba una unidad impositiva tributaria (UIT) base, que es como se fijan las multas. Casi todo el dinero calculado proviene de los casos de la segunda instancia debido a que en estas resoluciones aparece la multa exacta y el porcentaje perdonado por la ley.
Para calcular el monto máximo en multas que pudo dejar de cobrar OEFA, hasta 24.7 millones de soles (8.6 millones de dólares), solo se tomó en cuenta las multas menores a 1000 Unidades Impositiva Tributaria (UIT) en primera instancia debido a que en casi todos los procesos sancionadores del sector hidrocarburos antes de la ley 30230 no se impusieron multas superiores a esta cifra. Tampoco se han considerado los procesos que estuvieron pendientes de resolverse hasta marzo último en la segunda instancia de OEFA, ya que harían que el monto máximo se duplique y supere los 49 millones de soles (17.3 millones de dólares).
Al sumar a estos números las cifras reveladas por Convoca para el sector minero en agosto último (Los 30 millones que no cobró el gobierno en multas mineras), se puede establecer que el impacto económico para el país por las multas perdonadas y reducidas a las empresas mineras y de hidrocarburos entre julio de 2014 y marzo de 2015 oscilan entre 26 y 55 millones de soles. No es poca cosa: el 95 por ciento del dinero en multas impuestas por OEFA en 2014 corresponde a estos dos sectores y el monto máximo que se dejó de cobrar equivale a más de la mitad del presupuesto anual de la Dirección Territorial de Lima de la Policía Nacional, que tiene entre sus funciones combatir la delincuencia en la capital; cinco veces lo que gasta cada año el gobierno por la compra de frazadas para las familias afectadas por las heladas, 20 veces el presupuesto de la atención de personas con VIH del gobierno regional de Loreto, 30 veces el presupuesto de protección social del gobierno regional de Junín.
Las multas que el Estado nunca cobró en el sector hidrocarburos son por infracciones consumadas entre 2008 y 2013 en 12 regiones del país. Según las resoluciones de los procesos en primera instancia, la mayoría son infracciones graves y muy graves por las que el Estado pudo cobrar hasta 10 mil UIT (38.5 millones de soles) por infracción de acuerdo a la norma de Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones del Osinergmin que se continuaba aplicando cuando se publicaron las resoluciones analizadas.
Las de siempre
Han sido 27 las empresas favorecidas por la norma. Entre las más beneficiadas figuran Pluspetrol Norte, Petroperú e Interoil. Las dos primeras compañías también aparecen en el ranking de las empresas más multadas por infracciones ambientales en el sector hidrocarburos y entre las más favorecidas por el masivo archivamiento de informes de supervisión ambiental entre 2013 y 2014 tal como reveló Convoca.
Solo Pluspetrol Norte es responsable por el 85 por ciento del dinero no cobrado en multas en procesos en segunda instancia. El grueso de esa cantidad proviene de la reducción de la multa por la desaparición de la laguna Shanshococha. La sanción económica original, de noviembre de 2013, fue por más de 20 millones de soles (6.9 millones de dólares), pero la compañía de capitales argentinos rechazó todos los cargos y apeló la resolución del organismo regulador. En junio de 2015, OEFA ratificó parte de las sanciones y redujo a 5.4 millones de soles (1.8 millones de dólares) la multa final, de los cuales 1.83 millones de dólares fueron por la ley 30230. Convoca pidió a Pluspetrol su versión desde hace un mes, pero no hubo respuesta.
Petroperú cuenta con la mayor cantidad de procesos bajo la controversial norma: siete. Entre abril y agosto de este año, seis de las apelaciones presentadas por la empresa fueron resueltas por el Tribunal y cinco de éstas fueron confirmadas.
La mayoría de las sanciones perdonadas a Petroperú son por el manejo inadecuado de residuos sólidos, la infracción más común en el registro. La gravedad de este tipo de faltas depende de las condiciones específicas: la toxicidad y la cantidad de residuos que se manejan en una refinería, por ejemplo, son muy diferentes a las de un grifo. Petroperú incurrió en este tipo de infracción en cuatro estaciones del oleoducto norperuano y en dos de sus refinerías, la de Conchán y la de Iquitos. En estas dos últimas refinerías también superó los límites máximos permisibles en efluentes en varios parámetros. En la refinería de Iquitos, la falta se dio de manera reiterada a lo largo de un año. Convoca se comunicó con Petroperú para conocer por qué reincide en la misma infracción, pero prefirió el silencio.
Sin corrección
Pese a que todas las sanciones en primera instancia presentan únicamente medidas correctivas y declaraciones de responsabilidad, no multas, la mayoría de ellas han sido apeladas por las empresas. De los 56 procesos de sanción en primera instancia, solo 27 han sido consentidos, los otros deben pasar por el Tribunal de Fiscalización Ambiental. Como toda resolución administrativa, una vez concluido el proceso en OEFA, las empresas pueden iniciar una batalla legal en el Poder Judicial. Los juicios pueden alargarse por años y, en ocasiones, no contar con una sentencia final sino hasta después de concluidos los contratos de las empresas con el Estado.
En la cuenca del Pastaza, Juan José se pregunta qué pasará con la laguna Shanshococha y los otros 90 puntos contaminados en el área del lote 192 ahora que ha vencido el contrato de Pluspetrol. En el caso de Shanshococha, los plazos para cumplir con las varias etapas de la medida correctiva ordenada por OEFA en primera instancia ya vencieron. La empresa alegó que el proceso de apelación suspendía la medida y no cumplió con ninguno de los plazos.
Es una situación que se ha visto antes, en la misma zona, cuando el lote 192 (ex 1-AB) pasó de la empresa Oxy a Pluspetrol. Según OEFA, el contrato de Pluspetrol Norte la hace responsable de todas las obligaciones ambientales, incluso las generadas durante las actividades de Oxy. Pluspetrol alega que no puede ser sancionada por daños producidos antes de iniciar sus actividades de explotación. Mientras la batalla por establecer un responsable continúa, el daño ambiental de la explotación petrolera en Loreto puede tardar otra década sin ser remediado.
*Con la colaboración de Karen Guardia en la construcción de la data.
Fecha de publicación: Martes, 27 de octubre de 2015. 8 am.
Este reportaje también fue publicado a dos páginas en la edición impresa del diario La República.