La suerte del expresidente Alberto Fujimori está echada. Si bien el último 17 de marzo celebraba el hecho de que el Tribunal Constitucional (TC) le devolvió su indulto humanitario, hoy debe resignarse a permanecer en prisión hasta cumplir su pena de 25 años por disposición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Este viernes, esta instancia supranacional instó al Perú a no acatar el fallo del TC, pues dicho veredicto incumplió con las condiciones determinadas en la Resolución de Supervisión de cumplimiento de sentencia que fue emitida el 30 de mayo del 2018, a consecuencia de la gracia original que el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski le otorgó al reo más mediático del país, en la víspera de la navidad de 2017.
“El Estado tiene una obligación, no puede ser neutral, de poder facilitar a las victimas una adecuada administración de justicia”, afirmó en diálogo con Convoca.pe la abogada Gloria Cano, representante de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH).
Respeta la decisión
El procurador público supranacional Carlos Reaño Balarezo, quien representó al Estado ante la instancia internacional, explicó a este medio que el Estado peruano cumplirá con lo que la Corte Interamericana ha dispuesto en la resolución publicada este viernes.
“La Corte valoró que las medidas adoptadas por el Estado permitieron paralizar la implementación de la sentencia del TC. Valoró positivamente que los órganos e instituciones del Estado se han abstenido de ejecutar la sentencia del TC”, comentó el agente peruano a Convoca.pe.
De otro lado, la Corte IDH dio como plazo máximo hasta el 13 de mayo para que el Perú presente un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar, en lo relativo a no ejecutar la sentencia del TC del 17 de marzo de 2022, que restituyó a Fujimori el indulto que le fue otorgado el 24 de diciembre de 2017.
En este sentido, Reaño Balarezo explicó a este portal que el Estado responderá que se mantienen las medidas adoptadas sobre la no ejecución de la sentencia del TC, “tal como ha venido sucediendo desde que la Corte comunicó su resolución del 30 de marzo, donde solicitaba que el Estado se abstenga de ejecutar la sentencia que disponía la libertad de Alberto Fujimori”.
Como se sabe, la Corte IDH escuchó los argumentos de los familiares de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, quienes solicitaron las medidas provisionales contra el indulto a Fujimori. Además, escuchó los alegatos de sus abogados y de los representantes del Estado peruano, el viernes 1 de abril.
TC queda sin piso
En su resolución publicada este viernes, la Corte señaló que el Tribunal Constitucional no analizó la compatibilidad entre el indulto humanitario concedido a Fujimori y los estándares establecidos en su Resolución de Cumplimiento de Sentencias del 30 de mayo de 2018.
“La decisión del Tribunal Constitucional restituyó el indulto y dispuso la absoluta libertad del condenado sin valorar si existía una necesidad imperiosa, por la situación de salud del condenado y sus condiciones de detención, de que no pudiera continuar cumpliendo la pena privativa de libertad en el centro penitenciario”, se lee en el informe.
Asimismo, resaltó que el TC efectuó un pronunciamiento que restituyó los efectos de un indulto “por razones humanitarias” otorgado cuatro años atrás, sin valorar información actualizada sobre la situación de salud del condenado, atención médica y condiciones de cumplimiento de la pena privativa de libertad en el establecimiento penitenciario.
Cuando los defensores de Alberto Fujimori conocieron la posibilidad de que se podría anular de nuevo el recién restituido indulto, argumentaron que este padece de una fibrosis pulmonar que compromete seriamente su salud.
“Él tiene que recibir por prescripción médica un litro de oxígeno y hemos tenido que suspender varias diligencias que se había programado porque en todos los casos estamos marcando que, por razones de salud, las mismas razones que justifican el indulto humanitario justifican que él ya no sea procesado”, afirmó ante los medios el abogado César Nakazaki.
No obstante, la Corte IDH es contundente al señalar que “ni de los recursos interpuestos”, “ni del expediente conocido por el Tribunal Constitucional”, “ni de los escritos presentados ante esta Corte por el señor Fujimori y su abogado”, surge el alegato de que éste requiera estar internado en un centro médico o que no se le pueda brindar el “tratamiento regular y permanente” en el centro penitenciario en el que se mantiene recluido.
“[Estoy] preocupado también por el hecho de que no se haya analizado el tema de la documentación médica con mayor profundidad, y un poco consternado también con respecto a la forma de resolver. Porque, de acuerdo a lo que he podido tomar conocimiento, ha sido remitido esto de manera pública”, argumentó hoy Elio Riera, abogado de Alberto Fujimori, en diálogo con Canal N.
Incoherencias
Además del estado de salud del reo, la Corte (IDH) analizó los aspectos jurídicos de la decisión tomada por el Tribunal Constitucional. Así, el colegiado supranacional afirmó que el fallo que restituyó el indulto a Fujimori “ni siquiera hace la más mínima referencia a las graves violaciones a derechos humanos”. Además, resalta que los familiares de las víctimas denunciaron que no fueron escuchados por el TC.
“Nosotros como familiares pedimos, ya es el momento, que se pronuncien sobre el tema de fondo, que es sobre el tema del indulto y que de alguna manera se establezca con mejor claridad la aplicación del mismo, que se declare si es realmente legítimo o no, legal, ilegal, porque ahí empieza la controversia”, comentó a Convoca.pe Gisela Ortiz Perea, hermana de Luis Enrique Ortiz, una de las víctimas de la matanza de La Cantuta.
La activista y exministra de Cultura solicitó que el Estado garantice que Alberto Fujimori permanecerá en prisión “hasta que cumpla su condena”. No obstante, reconoció que es probable que en algún momento la familia del exmandatario vuelva a pedir su indulto. “Entonces, ¿cómo hacemos para que ese [nuevo] indulto no sea otorgado?", cuestionó.
De otro lado, la Corte (IDH) señaló en su informó que el Tribunal Constitucional tampoco tomó en cuenta otros factores, como que el exdictador no ha pagado la reparación civil a las víctimas de las masacres de Barrios Altos y La Cantuta. Además, la instancia supranacional expuso que el TC utilizó una interpretación incorrecta sobre el artículo 4.6 de la Convención Americana, que se refiere “únicamente a la pena de muerte”, caso que no aplica para Fujimori, que fue condenado a 25 años de prisión.
Los familiares de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta esperan que esta sea la decisión definitiva que les devuelva la paz perdida hace más de 30 años. Esperan que el sistema de justicia honre la memoria de sus seres queridos, arrancados de la vida por el sanguinario accionar del Grupo Colina, avalado por Alberto Fujimori.