La empresa española Enagás esperará por lo menos dos años, hasta el 2027, para confirmar si el Gobierno peruano le pagará la indemnización por más de US$300 millones que solicitan ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), organismo adscrito al Banco Mundial, en compensación por la cancelación del proyecto de Gasoducto Sur Peruano (GSP).
De acuerdo a la explicación brindada por fuentes con conocimiento del caso, el anuncio del último lunes 2 de junio de la Secretaría General del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) implica que este tribunal admitió el pedido peruano de iniciar el trámite de anulación contra el laudo arbitral que fuera favorable a Enagás y que se dio en el 2024.
En el laudo arbitral de diciembre de 2024, el tribunal internacional determinó que el Perú debía pagar US$ 194 millones debido a la terminación del contrato del GSP, un megaproyecto energético que se paralizó en medio del escándalo de corrupción vinculado con la empresa Odebrecht. Esta empresa integraba junto a Graña y Montero y Enagás el consorcio que ganó la adjudicación del proyecto.
El arbitraje ante el CIADI se origina en esta cancelación del contrato en el 2017 cuando era presidente del Perú, Pedro Pablo Kuczynski.
Convoca fue el medio de comunicación que reveló en el 2019, los pagos ilícitos del megaproyecto que salieron en la "Caja 2" de Odebrecht, como parte de la investigación transfronteriza "División de Sobornos".
Otro golpe para el Estado peruano ocurrió el 23 de mayo último, cuando el tribunal acogió parcialmente las solicitudes de rectificación presentadas por la empresa española e incrementó el monto de indemnización a favor de Enagás en US$ 302 millones.
Frente a este escenario adverso, el Perú presentó (en conjunto con sus abogados externos del Estudio Arnold & Porter Kaye Scholer LLP) el 30 de mayo una solicitud de anulación (que implica a la vez la suspensión) del laudo arbitral (incluyendo la decisión de rectificación) que ha sido respondida favorablemente por el Secretaria General del CIADI. Es decir, en pocos días se dio un giro completo en el escenario.
Se creará un comité ad hoc para confirmar la anulación del laudo arbitral que estará integrado por personas ajenas al tribunal involucrado hasta el momento y que son nombradas por el CIADI. Este comité podrá constituirse en uno o dos meses, que es el tiempo en que regularmente ocurre. En este tiempo, la empresa Enagás no podrá bloquear la constitución de este comité ni el proceso de anulación.
Una vez constituido el comité, tendrán una primera sesión con las partes para determinar las reglas específicas y el calendario procesal que involucra normalmente dos rondas de escritos y una audiencia. Las audiencias en este escenario son cortas y pueden durar un par de días. En total, la duración regular de un proceso de anulación es de 26 meses. Dicho en otras palabras, Enagás tendrá que esperar hasta dos años desde el registro de la solicitud hasta el fallo final, en este caso, el año 2027.
"El pedido de anulación se hizo contra todo el laudo. Lo que se está tratando de anular es la decisión que determinó que el Perú era responsable de una violación a sus obligaciones bajo el tratado entre España y Perú en temas que incluye la jurisdicción de este tribunal. Si la anulación se confirma, se cae todo el laudo", comentó una fuente a Convoca.
El último martes 3 de junio, a través de un comunicado de prensa, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que la Secretaría General del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) decidió iniciar el proceso de anulación del laudo arbitral que tenía a favor de Enagás.
De acuerdo al MEF, la Comisión Especial que representa al Estado en controversias internacionales de inversión (que integra el Sistema de Coordinación y Repuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión - SICRECI) informó que un día antes el CIADI notificó a las partes sobre el inicio del proceso de anulación del laudo arbitral que fuera emitido por este tribunal el 20 de diciembre de 2024.
"El Estado peruano expresó su amplia reserva del ejercicio de los derechos que le otorga el Convenio CIADI con respecto al laudo, principalmente en la decisión del Tribunal de rechazar y excluir la extensa prueba que demostraba conducta criminal en la adjudicación entrega al consorcio Gasoducto Sur Peruano S.A. (GSP)", indicó al comunicado en clara referencia a los cuestionamientos hecho por el equipo peruano respecto a que el tribunal desestimó pruebas que apuntaban a posibles actos de corrupción en la adjudicación del GSP.
En el comunicado el MEF refiere que el inicio del procedimiento de anulación contra este laudo representa la continuación de una búsqueda del Estado peruano en lograr una adecuada administración de justicia en el sistema de solución de controversias inversionista-Estado.
Otro informante que prefirió mantener su nombre en reserva, apuntó que el laudo arbitral suspendido se pronuncia sobre el contrato de concesión del Gasoducto Sur Peruano, en cómo se ejecutó la terminación del contrato y la ejecución de la carta fianza. Recordó que si bien Enagás ganó el laudo parcialmente porque en principio la indemnización que solicitaron superaba los US$ 500 millones y se les reconoció US$300 millones, esta vez el tribunal reconoce que la terminación de este contrato estuvo bien dado y el Perú se comportó según las reglas post resolución, que era parte de la controversia.
Resaltó que ahora un nuevo comité podrá evaluar las pruebas de actos de corrupción que en su momento no fueron aceptadas por el tribunal.
En el plano nacional, Enagás Internacional y David San Frutos Tomé, en su condición de representante legal de la empresa, fueron incluidos este miércoles 4 de junio en la acusación fiscal del Equipo Especial Lava Jato por el caso Gasoducto Sur Peruano.