El martes 30 de junio pasado, la ministra María Antonieta Alva se refirió al proyecto de ley impulsado por diferentes bancadas parlamentarias que propone el retiro del 100% de aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Aseguró que pondrá en riesgo la pensión de los jubilados en este sistema de pensiones debido a que los aportes realizados no son de carácter individual, sino que forman un único fondo, el cual se usa para pagar a los pensionistas. “No es posible devolver plata que no existe”, aseveró la titular de Economía y Finanzas en referencia a las contribuciones realizadas al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Las declaraciones de la ministra se realizaron luego que la Comisión de Economía del Congreso aprobó el dictamen que propone la devolución del 100 % de aportes a mayores de 55 años, que no cumplieron 20 años de contribuciones. Esta iniciativa también planteó que los aportantes activos menores de 55 años puedan retirar hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 4,300 soles en este año.
Convoca Verifica, la unidad de verificación del discurso público y detección de noticias falsas de Convoca.pe, evaluó los aspectos de la propuesta legislativa, para determinar si la ONP cuenta con solvencia y fondos necesarios para devolver el dinero aportado, tal como lo establece el dictamen aprobado en diferentes comisiones del Parlamento.
SNP ya estaba en crisis
Antes de la propuesta de la devolución de aportes, el SNP ya tenía problemas de presupuesto. El número de aportantes es menor al de jubilados, como se observa en el cuadro inferior. A febrero de 2020, el SNP registraba 4.7 millones de afiliados y 1.3 millones de aportantes. Por ello, para pagar las pensiones se recurre a los fondos del Tesoro Público y al Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR).
La misma ONP realizó una evaluación financiera del impacto que tendría la aprobación de la ley. El informe N° 42-2020-DPR/ONP analizó la sostenibilidad financiera de los 11 proyectos presentados por distintas bancadas del Congreso. La propuesta más costosa, que plantea el retiro del 100% de aportes y un bono extraordinario, costaría S/ 7 mil millones al sistema. Mientras que la propuesta menos costosa, implicaría un desembolso de al menos S/ 302 millones.
Las aportaciones de afiliados no son suficientes para cubrir las pensiones de los jubilados, por eso, se recurre a otros fondos. Entonces, ¿se puede utilizar el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales para pagar la devolución planteada por el Legislativo?
El Fondo Consolidado de Reservas Previsionales tiene un capital de S/ 23 mil millones. Así lo muestra el último informe de rentabilidad de la ONP, hasta enero de 2020.
No obstante, el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales ––creado en 1996 para garantizar el pago de las pensiones a cargo de la ONP–– es de carácter intangible. Es decir, los recursos que administra están protegidos y no pueden ser destinados para otro fin.
El fondo es administrado por un directorio, que está presidido por el ministro de Economía y Finanzas de turno.
Propuesta inconstitucional e inviable
Si bien el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales cuenta con más de S/ 23 mil millones, la ministra Alva no consideró esta opción. Señaló que el Congreso no tiene iniciativa de gasto, por lo que la ley de devolución de aportes podría ser inconstitucional.
Convoca Verifica conversó con José Antonio Núñez, vicepresidente de la Comisión de Economía del Congreso, quien también coincide con la ministra de Economía y Finanzas. Afirmó que existen dos posibilidades para que la ONP pueda devolver el 100% de aportes y autorizar el retiro de hasta 1 UIT.
Según el legislador Núñez, la primera opción sería utilizar el FCR, aunque considera que sería económicamente insostenible. “Generaría que el fondo desaparezca y conllevaría a la disminución de las pensiones de los actuales pensionistas, que de por sí ya son bajas”, aseguró.
Cabe anotar que utilizar el FCR es inconstitucional. El artículo 12 de la Constitución Política, establece que los fondos de seguridad social son intangibles, no pueden ser tocados.
La otra alternativa implicaría usar fondos del Tesoro Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Sin embargo, Núñez refirió que esta medida podría ser inconstitucional, pues el Legislativo no tiene la facultad de generar deuda pública.
En efecto, el inciso 17 del artículo 118 de la Constitución establece que el Presidente de la República es quien administra la economía del sector público. El Parlamento no puede imponer que se utilice los fondos del Tesoro Público para financiar un proyecto ley de carácter presupuestal.
Postura de congresistas que impulsan la propuesta de ley
Consultado sobre la viabilidad económica del Proyecto de Ley 5030/2020-CR, Diethell Columbus, parlamentario de Fuerza Popular, dijo a Convoca Verifica que se podría utilizar el Fondo de Estabilización Fiscal (FEF) del MEF.
Los fondos del FEF provienen de los recursos acumulados durante períodos de auge económico, para ser utilizados en “en épocas de recesión o contingencias”, de acuerdo con un reporte del Banco Central de Reserva del Perú.
Al cierre del año fiscal del 2019, este fondo ascendía a más de US$ 5 mil 471 millones.
Del mismo modo, Juan Carlos Oyola, congresista de Acción Popular y autor del Proyecto de Ley 5215/2020-CR, sostuvo que su propuesta plantea que la ONP realice la devolución parcial de los aportes vía endeudamiento público, sin recurrir al FCR.
Luego de revisar la información pertinente y escuchar diferentes argumentos, Convoca Verifica concluyó que la declaración de la ministra Alva es discutible. Si bien existe un déficit presupuestario en la ONP, históricamente se ha recurrido a fondos del Tesoro Público para pagar las pensiones. Se ha mencionado como alternativas para financiar esta propuesta al Fondo de Estabilización Fiscal o el endeudamiento público a través de la emisión de bonos. El Parlamento no puede generar deuda pública, pero la iniciativa puede surgir del Poder Ejecutivo.