La sentencia del Tribunal Constitucional que considera público el Acuerdo de Colaboración Eficaz con Odebrecht genera mucha expectativa por conocer las condiciones que pactaron el Ministerio Público y la empresa brasileña para lograr su cooperación con la justicia. Pero también, precaución ante un precedente que según algunos expertos puede afectar a la institución de la colaboración eficaz.
Este fallo del TC obliga a la Junta de Fiscales Supremos a entregar el acuerdo de colaboración al demandante, el conductor televisivo al Phillip Butters, militante del partido derechista Avanza País.
Pero este acuerdo está desde hace dos semanas en manos del juez Ubaldo Callo Deza, del 5to Juzgado de Investigación Preparatoria. Convoca ha accedido a información que revela por qué el acuerdo no está en el MInisterio Público. Y en esta trama existe un protagonista: César Nakasaki, el abogado de Jorge Barata.
El factor Nakasaki
Nakasaki solicitó este acuerdo al 5to Juzgado "a fin de realizar una defensa eficaz a favor de su patrocinado". Hay un hecho clave que explica este pedido. El pasado 3 de julio el Poder Judicial revocó el acuerdo de colaboración eficaz con Barata porque no se presentó en reiteradas ocasiones a declarar en el juicio contra el expresidente Ollanta Humala.
En entrevista con Convoca, José Domingo Pérez, Fiscal Especial del Equipo Lava Jato, explicó en julio que, desde el momento en el que César Nakazaki se convierte en abogado de Jorge Barata, el que fue directivo de Odebrecht en Perú dejó de cumplir con sus obligaciones con la justicia peruana. Domingo Pérez sostuvo que revocar su colaboración eficaz "es un mensaje para todos los colaboradores que aceptaron su culpabilidad". "Tienen la obligación de presentarse a las convocatorias de los jueces", sostuvo el fiscal entonces.
Nakazaki apeló la decisión de esta revocatoria ante el despacho del juez Ubaldo Callo Deza, del 5to Juzgado de Investigación Preparatoria y solicitó una copia del acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht.
El 19 de noviembre, el juez Callo Deza aceptó el pedido y dio un plazo de 10 días hábiles para que el Ministerio Público entregue el acuerdo de colaboración con Odebrecht a pedido de la defensa de Barata. Días después, la Fiscalía remitió las actas del acuerdo.
El último miércoles, al promediar las 8 a.m. el fiscal José Domingo Pérez comunicó a la Junta de Fiscales de Lima que el acuerdo de colaboración con Odebrecht está en manos del juez Callo Deza.
Por ello, La Junta de Fiscales de Lima ha emitido el miércoles una resolución al respecto que obliga a este juzgado a remitir en 24 horas el Acuerdo de Colaboración con Odebrecht para cumplir con la reciente sentencia del Tribunal Constitucional.
¿Pero realmente Nakasaki no tuvo acceso a este acuerdo antes de su pedido al 5to Juzgado? En el escrito al que accedió Convoca, fundamenta su falta de acceso al hecho de que no patrocinó a Barata durante su firma. El acta de acuerdo de colaboración eficaz fue firmada entre el exdirectivo y el Ministerio Público el 15 de febrero de 2019 y el acta complementaria el 20 de mayo del mismo año. Ambas actas fueron refrendadas por el Poder Judicial a través de una sentencia de homologación, que aprobó el contenido de las actas de manera íntegra. Es decir, todo aquel que acceda a la sentencia accede también a las actas del acuerdo de colaboración eficaz.
Esta sentencia, según fuentes de Convoca, ha estado a disposición de las partes y sus defensas desde el año 2019. Es más, todas las sentencias basadas en el acuerdo de colaboración eficaz incluyen el contenido de este acuerdo en las acusaciones.
Por ello, sería difícil que Nakasaki no haya tenido acceso al contenido del acuerdo hasta la fecha. Sobre todo si recordamos que ha sido abogado del ex presidente Ollanta Humala y de Nadine Heredia, procesados con pruebas provenientes del mismo acuerdo de colaboración eficaz firmado por Odebrecht.
De momento, gracias a este pedido de Barata por acceder el acuerdo, el exdirectivo de Odebrecht ha conseguido reprogramar su audiencia del 5 de diciembre al 14 enero, ganando así algo más de tiempo.
Temor a que debilite institución de colaboración eficaz
Este jueves se espera que el 5to Juzgado de Investigación Preparatoria remita el Acuerdo de Colaboración con Odebrechet y el Acta Complementaria a la Junta de Fiscales Superiores de Lima para que puedan cumplir con la sentencia del Tribunal Constitucional.
El TC justifica en su sentencia que este acuerdo ya no se encuentra bajo reserva porque el proceso de colaboración eficaz ha culminado y, sobre todo, porque ya se ha revelado la identidad de los colaboradores con su propia autorización. Por ello, sostiene que el Decreto Supremo 007-2017-JUS, a cuyo amparo se calificó el proceso de colaboración eficaz como reservado, viola el derecho al acceso a la información pública.
La difusión de este acuerdo permitirá conocer a la ciudadanía las condiciones del trato entre el Ministerio Público y la empresa brasileña para que los ex directivos Jorge Barata, , Ricardo Boleira, Renato Ribeiro Bortoletti y Antonio Carlos Nostre Junior colaboren con la justicia peruana.
Constitucionalistas y abogados penalistas han planteado su temor a que esta sentencia siente un precedente para la difusión de otros acuerdos y se debilite la institución de la colaboración eficaz. Al respecto, el magistrado de Tribunal Constitucional Gustavo Gutiérrez Ticse, respondió a Convoca que este tribunal ha resuelto una solicitud de acceso a la información pública en este caso en concreto. "La gente tiene derecho a solicitar acceso pero el TC estudia caso por caso", consideró sobre la posibilidad de que siente un precedente.
Para el abogado constitucionalista Pedro Grandez, esta sentencia podría desincentivar en algunos casos que se logren acuerdos de colaboración eficaz. Recuerda que la colaboración eficaz es una institución que ha demostrado ser eficaz en casos de corrupción. "¿Cuántos colabores en el futuro estarían interesados en dar información sobre corrupción si saben que su acuerdo puede ser accesible a través de mecanismos de acceso a la información pública?", se pregunta.
Grandez reconoce a Convoca que este acuerdo con Odebrecht tiene peculiaridades muy concretas. "La principal es que los propios involucrados han dado su consentimiento durante una de las diligencias a que se haga pública la información", recuerda. "Esto convierte a este acuerdo en un caso sui géneris".