El expresidente Ollanta Humala y la exprimera dama Nadine Heredia seguirán recluidos en los penales donde fueron internados hace tres semanas, luego de que la Segunda Sala Penal de Apelaciones confirmara hoy la orden de prisión preventiva por 18 meses que se había dispuesto para ambos el 13 de julio pasado, por el caso de lavado de activos sobre los aportes “fantasmas” al Partido Nacionalista.
Después de evaluar por tres días el pedido de apelación a la medida judicial, así como haber escuchado los argumentos de la Fiscalía y de la defensa legal de Humala y Heredia al respecto, los jueces César Sahuanay, Iván Quispe Aucca y Jessica León Yarango decidieron por unanimidad declarar infundado el recurso de apelación planteada por los esposos.
En la resolución judicial, de 57 páginas, se indica que la medida fue ratificada al considerarse que Ollanta Humala y Nadine Heredia son procesados por "el delito de lavado de activos agravado". Y se añade: "Su actuación se habría dado en el contexto de una organización criminal que rebasa las fronteras nacionales".
En la audiencia del lunes último, el tribunal presidido por César Sahuanay había declarado inadmisible la solicitud del Ministerio Público para incluir tres “nuevos elementos” que abonarían en la hipótesis fiscal de que existe peligro para el proceso de investigación si los cónyuges Humala-Heredia recuperasen su libertad. Como se recuerda, en este caso están incluidos como evidencias los envíos de dinero desde Venezuela, la aparente entrega de 3 millones de dólares por parte de la constructora brasileña Odebrecht para la campaña nacionalista de 2011, y las agendas de la exprimera dama.
La Fiscalía contra el Lavado de Activos sostuvo que hay elementos suficientes para mantener la orden de reclusión preventiva y que esta medida es consecuencia del avance de la investigación y la necesidad de asegurar la presencia de ambos para las siguientes etapas del proceso.
Los abogados del exmandatario y la exprimera dama alegaron que no es correcta la interpretación sobre los “nuevos elementos de convicción” presentados por el Ministerio Público, y que la supuesta compra de testigos por parte de Humala en el caso Madre Mía no fue corroborada, y en consecuencia no se configuraría el peligro de fuga. En tal sentido, se aseveró que los presuntos “graves y fundados elementos de convicción”, sobre los cuales fue dictada la prisión preventiva, no reúnen los requisitos previstos en el Código Procesal Penal.
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