La aplicación de la ley 30230 ha impedido aplicar la nueva escala de multas y ha reducido el nivel de multas...
El objetivo de la fiscalización es evitar que haya infracciones. Si las empresas saben que si incumplen no va a haber ningún tipo de acción del Estado o si existe (una) acción, lo que imponga el Estado termina siendo muy poco o poco significativo, entonces puede haber un incentivo al incumplimiento. ¿Dónde están las cuestiones más graves (de la norma)? Al introducir estos elementos tan rígidos, reduces significativamente la capacidad de OEFA de establecer políticas que respondan de manera más racional a los distintos tipos de inconductas.Cuando introduces todos esos detalles en la ley, lo que haces es que el regulador esté como atado de manos y tenga una camisa de fuerza que le impide adecuar sus instrumentos a las condiciones que enfrenta. Por esa razón, no es adecuado que eso ocurra.
La norma busca mejorar las condiciones para la inversión, ¿este tipo de mecanismos que debilitan al ente fiscalizador ayudan a eso?
No parece ser el tema de las multas en minas e hidrocarburos tan grandes como para poner en riesgo la posibilidad de las inversiones (Ver: La tarifa plana de la gran minería). Tampoco parece ser el tema de la gestión (de la fiscalización ambiental) en sí misma la que haya generado una situación de este tipo. Quizás sea otra razón. De pronto un organismo de supervisión ambiental empieza a operar a un nivel de intensidad mayor y probablemente eso originó preocupaciones. Pero, en verdad esa no es una razón para hacer un cambio en las políticas. Es decir, en realidad los problemas eventualmente se resolvían con una decisión interna de la entidad, al hacerlo mediante la ley, lo que hemos encontrado son más problemas originados al regulador que soluciones a la inversión.
La ley se aplicó a infracciones cometidas incluso desde cuatro años atrás…
En la práctica funciona casi como una amnistía. Es lo mismo, por ejemplo, cuando tú tienes hoy una deuda tributaria y mañana sale una ley que dice “tú deuda ya se reduce a la mitad”, no es una aplicación retroactiva de la ley, no está diciendo que la multa no existió sino que el Estado ha decidido no imponerte como sanción o multa ese monto. Eso es lo que se está haciendo y por esa razón digo que es una regla que no se entiende. En el caso tributario, los expertos dicen que no debe hacerse porque lo que genera es un incentivo a estos actores para que luego presionen para conseguir lo mismo otra vez. Entonces, has generado el precedente para que, en otra ocasión, vuelvan a decir “bueno, si ya se hizo en el 2014 ¿por qué no volverlo a hacer ahora?”. Es una muy mala política. Ese tipo de cosas no deberían hacerse. Otra cosa es que, para los casos concretos y de una manera muy clara, por alguna razón excepcional, la autoridad diga: “hagamos una reducción específica (...) por las características especiales del caso que estoy tratando”.
O porque la empresa, por ejemplo, inició la inversión para remediar…
Hay distintas maneras en las que se puede atender caso por caso; pero al establecer una suerte de “amnistía general” sin ninguna razón, por lo menos de lo que hemos visto, sin ninguna justificación clara más allá de las preocupación porque el OEFA ahora se vuelve más activo, no es una política sana.
¿Es un incentivo para que se continúe con el incumplimiento?
Claro, lo que se hace es dar una señal de que incumplir te cuesta menos, es clarísimo eso, no hay duda sobre ese punto: incumplir te cuesta menos. Y la segunda señal es que ya dejas la idea de que es posible hacer eso, en el futuro. De hecho, ¿qué va a pasar cuando acabe el plazo de tres años que se estableció? Porque este régimen, además, es temporal, eso es algo que no hemos recordado, pero ¿qué va a pasar cuando acaben los tres años?
OEFA ha dicho que, recién aplicará la nueva escala cuando finalicen los tres años…
Pero, llegados los tres años casi podría apostar que algún actor va a decir “este régimen debe mantenerse”.
¿Una ley como esta no premia a las empresas más infractoras y que apelan a las sanciones de manera reiterada? (Ver El Círculo Minero de la Infracción)
Es evidente que, una ley que genera una amnistía favorece más a los que tienen más deudas; igual, una norma que reduce el nivel de imposición de multas, lo que va a hacer es favorecer al que tiene más sanciones. Por eso digo, es un sistema irracional porque debería establecer distinciones. Es decir, a aquel que está más multado, ponle un margen más duro para que se corrija; al que tiene pocas infracciones o eventualmente tiene una, dale más incentivos. Pero, si tienes un esquema plano donde a todos se trata por igual, entonces tienes un esquema regresivo.