Tras hallar documentos, declaraciones, archivos y correos electrónicos durante su investigación, la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia de Indecopi abrió un proceso sancionador contra 35 empresas constructoras y a 28 de sus ejecutivos por un presunto acuerdo irregular y oculto para repartirse entre sí diferentes licitaciones realizadas por Provías Nacional (Ministerio de Transporte y Comunicaciones), y otras entidades del Estado, para la adjudicación de al menos 112 obras públicas a nivel nacional por más de 13 mil millones de soles en total (unos 4 mil 300 millones de dólares). Entre estas compañías están las brasileñas Odebrecht, Camargo Correa, OAS y Andrade Gutiérrez, así como la peruana Graña y Montero, y otras que se encuentran bajo investigación fiscal por el caso 'Club de la Construcción'.
Según informó Indecopi (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual), la supuestas actividades infractoras del aparente cártel se habrían efectuado por más de 14 años, entre noviembre de 2002 y diciembre de 2016, a través de reuniones entre las compañías implicadas para evitar competir entre estas y determinar, previa coordinación, a las ganadoras de cada proceso de selección. Los encuentros se habrían desarrollado en restaurantes, hoteles, clubes y oficinas de las empresas.
El ente supervisor sostiene que existen indicios de que se habría distorsionado las condiciones en las que se adjudicaban las referidas obras públicas, situación que generó mayores gastos para el Estado.
Además de Graña y Montero S.A., son investigadas otras constructoras peruanas como Cosapi, E. Reyna C. Superconcreto, J.C. Contratistas Generales, Obras de Ingeniería S.A.C. (Obrainsa) y Upacá S.A.
Además de las evidencias recogidas, la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia de Indecopi también considera indicios de irregularidades la información vinculada con las propuestas, características y resultados de los procedimientos de contratación analizados.
Se añadió que las constructoras a las que se investiga tienen un plazo de 30 días hábiles para presentar sus descargos. Asimismo, se indicó que cualquier persona con interés en aportar información que contribuya a la investigación puede presentarse a la sede de esa institución.
De acuerdo con la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, este tipo de acciones indebidas serán sancionadas por Indecopi con diferentes multas. Si la infracción fuera "leve" la multa será de hasta 500 unidades impositivas tributarias (UIT), en caso de que sea "grave" la multa ascendería hasta 1,000 UIT, y si se concluye que es "muy grave" la multa superará las 1,000 UIT (más de 4 millones 300 mil soles, es decir alrededor de 1 millón 200 mil dólares).
En tal sentido, el ente supervisor podrá imponer además una multa de hasta 100 UIT (430 mil soles, equivalente a 128 mil dólares) a cada uno de los directivos de las firmas infractoras, según la determinación de responsabilidades.
Como se recuerda, la semana pasada Odebrecht demandó al Estado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) para obtener 1,200 millones de dólares de compensación por el proyecto del Gasoducto Sur Peruano. En esa oportunidad, el premier Vicente Zeballos consideró que esta acción de la constructora brasileña era una "frescura".
Actualización: miércoles 12 de febrero de 2020
En respuesta a Convoca.pe, voceros de Indecopi señalaron que en el caso de las 35 constructoras se pueden imponer multas de hasta el 12% del valor de las ventas o ingresos brutos percibidos por la empresa infractora. De forma adicional —se indicó—, podrían dictarse medidas como la implementación de un programa de cumplimiento, el cual implica la designación de un auditor independiente encargado de supervisar, desde el interior de la compañía, que se acate la normativa de libre competencia.
Asimismo, el ente supervisor explicó que, desde el 2008, en el Perú no existen sanciones penales por cometer prácticas anticompetitivas, pues con la entrada en vigencia de la normativa actual (Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas) se derogaron las disposiciones del Código Penal que sancionaban este tipo de acciones irregulares.
"Sin embargo, en caso que se hayan cometido delitos en el marco de los procesos de selección vinculados a la investigación estos podrán ser analizados por el Ministerio Público en el marco de sus competencias", se puntualizó.