Luego de 11 audiencias judiciales, iniciadas a fines de diciembre, el juez Víctor Zúñiga Urday ordenó hoy que la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi, retorne a prisión de forma preventiva por un plazo de 15 meses, cumpliendo en su totalidad el requerimiento del fiscal José Domingo Pérez, integrante del Equipo Especial para el caso Lava Jato.
De esa manera, el titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional contra el crimen organizado y corrupción no tomó en cuenta el hábeas corpus concedido a la excandidata presidencial por el Tribunal Constitucional (TC), fallo que había anulado la reclusión preventiva por 3 años dictada el 31 de octubre de 2018 por el juez Richard Concepción Carhuancho.
En ese sentido, el magistrado Zúñiga argumentó que la resolución del TC “no puede ser entendida como una imposición" y que la máxima instancia constitucional no indicó expresamente que su sentencia "tenía carácter vinculante”.
Como se recuerda, la medida de prisión preventiva dictada en su momento por el juez Concepción Carhuancho, fue ratificada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones —en enero de 2019—, así como por la Corte Suprema, que en agosto del año pasado resolvió reducir el plazo de prisión preventiva contra la excandidata presidencial de 36 a 18 meses.
Este martes, durante varias horas de lectura de su propia resolución, el juez Víctor Zúñiga expuso el sustento de su decisión para dictar una nueva reclusión preventiva contra la hija del exmandatario Alberto Fujimori por la investigación que se le sigue por el caso de los aportes ocultos de la constructora brasileña Odebrecht y otros donativos “fantasmas” a campañas electorales del partido fujimorista en 2011 y 2016.
Sustento del fallo
Ente los argumentos expuestos, el magistrado Zúñiga dijo que el juzgado habría comprobado que existiría “sospecha grave” sobre los aportes de Odebrecht a la campaña de Fuerza 2011 —ahora Fuerza Popular— de Keiko Fujimori, quien habría tenido pleno conocimiento sobre estos actos. Además, resaltó de que se habría pretendido evitar que se conociera la fuente de donde provenía el dinero.
En esa línea, narró lo declarado por Jorge Barata, exdirectivo de Odebrecht en Perú que afirmó que la empresa brasileña aportó 1 millón de dólares a la campaña de la organización fujimorista. También destacó la entrega de 200 mil dólares al fujimorismo a través de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep).
De otro lado, el juez Zúñiga acotó que se consideró las declaraciones de Jorge Yoshiyama Sasaki y del exlegislador fujimorista Rolando Reátegui, asegurando que “no hay incoherencia " en lo declarado por ambos, pues reconocieron su responsabilidad en los hechos vinculados al caso falsos aportantes.
Durante la audiencia, el juez Zúñiga citó las declaraciones de Fernando Migliaccio, extesorero del Departamento de Operaciones Estructuradas de Odebrecht, quien reconoció ante el fiscal Pérez el pago de 500 mil dólares a la campaña de Keiko Fujimori en el 2011, además de los aportes que fueron confirmados por el propio Jorge Barata, exjefe de Odebrecht en Perú.
Sobre el relato de Jorge Barata en cuanto a los aportes de Odebrecht, dijo que es “coherente y sólido”.
En su resolución, el titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria concluyó que existen graves elementos de convicción de que Fuerza Popular también actuaba como organización criminal para la realización de lavado de activos a través de la simulación de aportes, bajo conocimiento y participación de su lideresa, Keiko Fujimori.
De esta manera, el juez consideró que se cumplieron los tres presupuestos necesarios para dictar la prisión preventiva contra la excandidata presidencial: los elementos de convicción, la pena que corresponde al delito imputado y, la posibilidad de fuga y obstaculización a la justicia.