La reciente aprobación del Pleno del Congreso, por insistencia, de los cambios a los criterios de zonificación forestal no es el único intento parlamentario de cambiar la Ley Forestal y que pone en peligro los bosques del Perú. Desde marzo de 2023 también está a la espera de debate en la Comisión Agraria una iniciativa de Eduardo Salhuana, de Alianza para el Progreso, que abre las puertas de los "bosques locales" (zonas de aprovechamiento sostenible exclusivas para lugareños) a los madereros que las soliciten. También plantea que ya no sea Serfor la entidad que apruebe el establecimiento de estas áreas de explotación, sino los gobiernos regionales, cuyo desempeño en el ámbito forestal, según especialistas, no ha sido del todo responsable.

Entre las distintas iniciativas legislativas que ha presentado el parlamentario Eduardo Salhuana que afectan a la Amazonía peruana, hay una que ha pasado varios meses desapercibida. Desde el último 29 de marzo, en la Comisión Agraria del Congreso, se encuentra a la espera de debate una propuesta de su autoría que pretende modificar la Ley Forestal para excluir a Serfor del proceso de creación de “bosques locales” zonas destinadas al aprovechamiento sostenible por parte de los lugareños y otorgar esta delicada responsabilidad a los gobiernos regionales.

Se trata del proyecto de ley 04587/2022-CR. En la actualidad, los “bosques locales” se crean por iniciativa de los gobiernos locales o de los pobladores y deben ser establecidos por Serfor. Pero con este proyecto de ley, que ha sido avalado además por otros seis congresistas de la bancada de Salhuana, Alianza para el Progreso, también se pretende que los pequeños madereros puedan solicitar el acceso a estos recursos forestales.

 

Explotar los bosques

De acuerdo con la legislación peruana, los “bosques locales” se establecen a favor de ciudadanos cuya principal actividad no es la explotación de recursos forestales. Esa es la naturaleza de su denominación. Un "bosque local" hasta hoy es una modalidad por la cual se posibilita el acceso "legal y ordenado de los pobladores locales" a los recursos maderables cercanos a su lugar de origen. La modificatoria planteada por Salhuana, no obstante, propone cambiar este aspecto agregando a la normativa actual la posibilidad de que también puedan acceder a estos espacios "pequeños productores forestales habituales organizados y legalmente constituidos". Es decir, madereros.

Para Martín Arana, especialista técnico de la Fundación para la Conservación y el Desarrollo Sostenible (FCDS-Perú), el proyecto de ley cambiaría profundamente el sentido de los llamados “bosques locales”. “Para empezar, el público objetivo al cual está destinada esta modalidad de los bosques locales es población rural que su actividad principal no es la actividad forestal”, sostiene el especialista.

"Si ahí, además, vas a meter, así sean pequeños, pero que forman estas asociaciones de pequeños productores forestales… Para eso están las otras categorías donde ciertamente puede haber asociatividad para estos grupos cuya actividad principal es la actividad forestal. Esto sí es preocupante porque desnaturaliza el objetivo mismo de esta modalidad de acceso", concluye Arana.

 

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Parte del Proyecto de Ley presentado por el congresista Eduardo Salhuana.

 

Entre las otras categorías que menciona el especialista están los "Bosques de Producción Permanente". Estas son áreas que sí están destinadas a particulares para que puedan hacer uso de sus recursos forestales y de fauna silvestre. De acuerdo con la ley, estos se establecen mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura y pueden ser otorgados en extensiones de bosques de las categorías I y II, que permiten la extracción de madera bajo sistemas intensivos o mecanizados o a través de sistemas de baja intensidad —respectivamente— siempre y cuando se haga de manera sostenible.

No obstante, el proyecto de ley propuesto por el congresista de Alianza Para el Progreso, también modifica otro aspecto importante del artículo 30 de la actual Ley Forestal y de Fauna Silvestre. En este artículo se detalla que los bosques locales se establecerán a requerimiento de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre (ARFFS), oficinas adscritas a los gobiernos regionales, y de los gobiernos locales. Por ahora, según el Reglamento para la Gestión Forestal, este requerimiento debe hacerse "a iniciativa del gobierno local o de los potenciales usuarios del bosque local organizados, a través del gobierno local correspondiente".

 

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Artículo 104 del Reglamento para la Gestión Forestal.

 

Sin embargo, el proyecto de ley del parlamentario Salhuana amplía esta disposición y admite que esto se haga también "a solicitud directa de los pequeños extractores forestales habituales organizados y constituidos como persona jurídica o de oficio (por iniciativa propia de la autoridad regional), por el plazo hasta de 40 años renovables". Con ello se abriría la puerta a que particulares puedan requerir, sin necesidad de mediación de los gobiernos locales, el establecimiento de un bosque local.

“Sin lugar a dudas [el proyecto de ley] está cambiando, está facilitando, entre comillas, que cualquiera pueda solicitar [un bosque local]”, explica el abogado especialista en materia ambiental, César Ipenza.

"Yo podría constituirme como una persona jurídica y solicitarle al Estado, en este caso al Gobierno Regional, para que luego este me otorgue un bosque local (...). Creo que esto simplemente facilita vulnerar todo el marco jurídico. Y de alguna manera generar un mecanismo que lo que permite es blanquear madera de origen ilegal o extraer bajo la figura de que este es un bosque manejado, un 'bosque local'", concluye Ipenza. 

 

Quitar a Serfor de en medio

Esta iniciativa parlamentaria propone, también, la modificatoria de los artículos 19, 20 y 28 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre en el sentido de quitarle al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) la prerrogativa de “establecer los bosques locales” y de dársela a la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre (ARFFS). Para ello, plantea que estos bosques locales se establezcan mediante resolución ejecutiva de la ARFFS y no de Serfor, como sucede actualmente.

Según el Reglamento para la Gestión Forestal —un conjunto de decretos supremos que regulan la Ley Forestal y de Fauna Silvestre— el primer paso para el establecimiento de bosque local es la iniciativa de los potenciales usuarios, la cual se canaliza a través del gobierno local mediante una solicitud a la ARFFS. En este se dispone que "el bosque local, en todos los casos, debe beneficiar a poblaciones locales".

 

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Reglamento para la Gestión Forestal.

 

Para ello, previa organización de los potenciales usuarios, el gobierno local elabora un estudio técnico que sustenta la existencia del bosque local. A su vez, este estudio técnico se eleva a un comité conformado por representantes del gobierno regional de la zona y el Serfor, a petición de la ARFFS, que realiza una convocatoria.

Por último, el bosque local se establece mediante una Resolución de Dirección Ejecutiva del Serfor, previo al informe técnico legal favorable de la ARFFS. En esta instancia, Serfor aprueba los lineamientos para el "establecimiento y las condiciones para la administración de bosques locales".

Lo que propone el Proyecto de Ley presentado por el congresista Salhuana —el cual está actualmente en las comisiones Agraria y de Descentralización desde el 29 de marzo de 2023— es derivar todo este proceso a las ARFFS, que, para la propia Ley Forestal de Fauna Silvestre, son los gobiernos regionales.

“En el caso de los bosques locales, entiendo que, como está la norma hasta la fecha, esa es una competencia [el establecimiento de los bosques locales] del Serfor como autoridad nacional, al igual que otras categorías comprendidas dentro de las zonificación forestal”, explica Martín Arana, especialista técnico de la Fundación para la Conservación y el Desarrollo Sostenible (FCDS-Perú). Y agrega: “Los gobiernos regionales ya tienen dificultades para poder gestionar adecuadamente y fiscalizar además en la competencias que ya les han sido transferidas. Entonces añadir una más sin tener asegurado, digamos, una capacidad de gestión adecuada es un riesgo”, concluye Arana, para Convoca.pe.

Por otra parte, los “bosques locales” tampoco escapan a las malas prácticas forestales. En la Lista Roja de Osinfor —una base de datos de extractores de madera que representan “un riesgo inaceptable, importante o moderado para el comercio legal por haberse evidenciado aprovechamiento no autorizado a los recursos forestales maderables”— figuran 153 registros de casos en estas zonas que incluyen tala de recursos forestales sin autorización, mal uso de documentación otorgada por la autoridad forestal competente, entre otros.

 

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Reporte de Osinfor que integra la lista roja. Se acusa riesgo de malas prácticas forestales en relación a un bosque local en Loreto.

 

“Darle estas competencias a los gobiernos regionales implica obviamente un cambio. Y en la práctica ya hemos visto que más bien muchas veces malos funcionarios de los gobiernos regionales son los que facilitan la extracción ilegal de madera y son parte incluso, en algunos casos que hemos visto, de organizaciones criminales vinculadas a la tala ilegal”, explica el abogado especializado en materia ambiental, César Ipenza.

“Entonces este cambio en la práctica podría significar más bien un mecanismo para traficar madera y otro mecanismo para extraerla bajo la figura de que esto beneficia a población local”, finaliza el especialista.

Este medio intentó comunicarse con el despacho del congresista Eduardo Salhuana y envió consultas a su correo electrónico, pero no obtuvo respuesta al cierre de este informe.