Parámetros para arsénico y antimonio, considerados dañinos para la salud, ahora son menos exigentes. Minam considera que se ajustan a la realidad.

 

El último 19 de diciembre, el Ministerio del Ambiente publicó el decreto supremo N°015-2015, que modifica los estándares de calidad ambiental para agua destinada al consumo humano, agricultura y ganadería,  y que según los expertos consultados va a permitir una carga contaminante de presencia de metales que se incrementará incluso en más de 400 por ciento. El decreto se publicó el día que vencía el plazo para que las mineras se adecúen a la norma que regulaba los anteriores estándares y que fue aprobada en 2008. Con este nuevo decreto, al menos 47 empresas que no han terminado de mejorar sus procesos productivos para adecuarse a los estándares que exigía la ley y entre las que figuran 18 de las más infractoras, ahora tendrán parámetros más flexibles para elementos tóxicos como arsénico, antimonio y mercurio. Además, podrán beneficiarse con un plazo adicional de adecuación de más de cuatro años. 

 

Mientras el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, se alistaba a fines de noviembre para asistir a las reuniones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21) en París, un equipo de la Dirección de Calidad Ambiental de su ministerio cerraba la etapa de consulta pública para la aprobación de nuevos estándares de calidad ambiental (ECA) para agua, en varios casos, destinada a la población. Días después, el sábado 19 de diciembre, este sector publicó el decreto supremo N° 015-2015 que flexibilizaba estos parámetros para metales como arsénico, cadmio, mercurio y antimonio, considerados altamente cancerígenos. Convoca.pe conversó con expertos, autoridades del Ministerio del Ambiente y accedió a documentos sobre cómo fue el proceso de aprobación de esta norma, que según los expertos consultados, tendría un gran impacto debido a que los ECA son una especie de valla que toda actividad productiva debe respetar para que no se contaminen las fuentes de agua para el consumo humano, para el riego y el ganado.

La modificación de estos estándares no se da en cualquier contexto. Los nuevos parámetros se publicaron justo el día que vencía el plazo para que las mineras cumplan la adecuación de los estándares anteriores, aprobados en julio de 2008. Hasta la quincena de diciembre, según información entregada a Convoca.pe por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), apenas once empresas mineras presentaron su plan para adecuarse a los ECA que les exigía la norma y empezaron a ejecutarlos. Entre ellas aparecen Buenaventura, que presentó un plan para el campamento minero que tiene en Huancavelica y Lima, y Minera IRL con su unidad de operaciones en Yauyos (Lima).

Mientras que entre las 47 empresas que no tienen un plan de adecuación aprobado, figuran 18 compañías mineras con más infracciones ambientales registradas entre 2010 y 2014, según las resoluciones de sanción ratificadas por la última instancia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).  En este grupo aparece Volcan, la minera con mayor número de infracciones y más reincidente (Ver El círculo ninero de la infracción), Santa Luisa, Los Quenuales y Caudalosa. El nuevo decreto les amplía el plazo para adecuarse a los estándares de calidad de agua por más de cuatro años (entre el tiempo de modificación y presentación del plan) a pesar que ya antes habían tenido cinco años de tregua y no lo hicieron.

La directora de Calidad Ambiental del Minam, Delia Morales Cuti, señaló a Convoca.pe que si las empresas consideraban que no era necesario cambiar sus procesos productivos, no estaban obligadas a presentar sus planes para adecuarse a los estándares de calidad ambiental para agua que regían hasta antes del 19 de diciembre. Y que en esos casos, bastaba con la supervisión de OEFA para ver si cumplían con estos parámetros. 

 

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El ministro Pulgar Vidal (al centro) y la directora de Calidad Ambiental del Minam, Delia Morales Cuti (al extremo derecho).
Foto: OEFA.

 

El artículo 11 del decreto aprobado señala que los titulares mineros que ya estaban cumpliendo la anterior norma, podrán ahora adecuarse a las nuevas medidas. Es decir, las empresas más infractoras podrán operar bajo parámetros más flexibles para elementos químicos en el agua. Sobre esas empresas, Morales señala que ahora lo que corresponde es ver cómo aplican los estándares de agua en sus procesos productivos.

Nuevos límites

Con el nuevo decreto del Minam, los parámetros para metales como el arsénico, considerado un elemento cancerígeno para los seres humanos, son menos exigentes. Para el caso de agua potable (subcategoría 3), la norma aprobó flexibilizar el parámetro de 0.05 miligramos por litro de agua, que fijaba el decreto anterior, a 0.15 miligramos, es decir permite un incremento de la presencia de este metal en las aguas en 200 por ciento. La guía para la calidad del agua potable de la Organización Mundial de Salud (OMS) recomienda un nivel máximo para el arsénico de 0.05 miligramos por litro, porque puede generar problemas de insuficiencia renal y del hígado.

Otro caso es el del antimonio, mineral que al exponerse de manera contínua a la población, puede generar enfermedades pulmonares, problemas de corazón y úlceras. Esta carga contaminante se incrementó en 233 por ciento: los niveles aprobados pasaron de 0.006 miligramos por litro a 0.02 miligramos por litro de agua. Para el cadmio, se ha permitido un incremento entre 100 por ciento y 400 por ciento a pesar que esto agravaría la poca calidad de agua en zonas de industrias extractivas. En el caso del bario, un elemento muy usual en la actividad petrolera, el decreto permite una mayor presencia de este elemento hasta en 43 por ciento en las aguas destinadas para consumo humano (subcategoría 2).

Mientras que el cromo hexavalente, también considerado cancerígeno para los humanos, se eliminó de la lista de los ECA. No será supervisado. Para la directora de Calidad Ambiental del Minam, Delia Morales, este elemento "no se ha dejado de medir" ya que ahora forma parte de la medida de cromo total. “El (cromo) total como su nombre lo dice, incluye todo”, apuntó. Sin embargo, tanto el cromo total como el hexavalente tenían un ECA distinto en el decreto que regulaba estos estándares y que fue aprobado en 2008. 

“Las normas técnicas cambian, no se puede decir antes estaba bien. El conocimiento se va perfeccionando, el estándar que había antes era un referente que se aprobó y que era válido en ese entonces”, agregó Morales Cuti. 

Los cambios

El decreto 015-2015 del Minam pasó la etapa de opiniones y consultas en los 10 días establecidos según reglamento. Sin embargo, para aprobarse la norma de 2008 se formó nueve años antes el Grupo de Estudio Técnico del Agua (GESTA), encargado de recoger los aportes de los diversos actores involucrados. El ex jefe de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Minem, Fredesbindo Vásquez, afirmó que “los ECA aprobados en 2008 fueron el resultado de un trabajo que duró cerca de 10 años, donde una comisión multisectorial trabajó defendiendo sus puntos de vista y hasta que finalmente salió la lista de ECA”. Vásquez participó en la elaboración de ese decreto.  

 

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 Caudalosa, una de las 18 mineras con más infracciones, figura entre 47 mineras que no tienen plan de adecuación
aprobado. Foto: IDL Reporteros.

 

Morales Cuti aseguró que las conversaciones con las entidades que debían participar en la modificación de los estándares de calidad de agua se dio desde mucho antes: “La discusión pública fue breve pero las conversaciones tomaron bastante tiempo”, explicó. Según la exposición de motivos del decreto aprobado por el Minam, a la que accedió Convoca.pe,  para la elaboración de la nueva norma de ECA se revisó desde 2012 los estudios de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), iniciativas de diversas instituciones públicas y aportes de la entonces Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía. 

Como parte del proceso de aprobación de la norma, el 12 de marzo de 2014 se envió una primera propuesta de modificación al Ministerio de Agricultura y Riego, la Autoridad Nacional del Agua, la Dirección General de Salud Ambiental, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Energía y Minas, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Estas instituciones dieron sus aportes. Luego de una evaluación del Minam, la propuesta fue publicada el último 21 de noviembre en el diario El Peruano, mientras que el Ministro del Ambiente se preparaba para emprender su viaje a París. Durante la consulta pública hubo 30 aportes de instituciones públicas y privadas que fueron analizadas y algunas incorporadas, de acuerdo a los documentos. 

“El gran trabajo que tenemos que hacer más allá de tomar referentes (internacionales), que son necesarios, es empezar a trabajar en determinar el nivel de concentraciones naturales de minerales en el país”, explicó Delia Morales, quien reconoció que esa es una deuda que tienen las autoridades peruanas.