El mensaje fraudulento difundido a través de la red de mensajería WhatsApp lleva la etiqueta de ‘reenviado muchas veces’, lo que significa que previamente ha sido enviado en cadena a por lo menos cinco chats.
Ahora bien, de acuerdo con el primer apartado de las Disposiciones Finales del Reglamento de Multas del JNE, el incumplimiento del pago de la multa, sea por omisión al sufragio o por no asistir a la instalación de la mesa de votación, no impide que el ciudadano ejerza su derecho al voto en los procesos electorales posteriores.
Además, el JNE señala que la solicitud de justificación y/o dispensa tramitada o pendiente tampoco impide la participación del ciudadano en un proceso electoral, según las Disposiciones Finales de la resolución N° 0641-2017.
A través de su cuenta oficial de Twitter, Piero Corvetto, jefe de la ONPE, precisó que los ciudadanos que no hayan pagado la multa por no ir a votar el último 11 de abril —cuando se llevó a cabo la primera vuelta de las elecciones 2021—, “tienen el derecho y deber de asistir a sufragar sin ninguna restricción [para la segunda vuelta]”.
A una consulta para esta verificación, la ONPE indicó —a través de su área de prensa— que aquellas personas que no hayan pagado una multa electoral tienen derecho a votar tanto en la segunda vuelta de junio próximo como en cualquier elección posterior. Susana Vital, Subgerente de Comunicaciones y Prensa del organismo electoral, precisó a la red Ama Llulla que, en Perú, el único escenario en el que un ciudadano no está habilitado para ejercer su derecho al sufragio es cuando se encuentra preso.
Por otro lado, en una guía habilitada por el Gobierno del Perú sobre cómo pagar una multa electoral, se destaca que el ciudadano mantiene su derecho al voto así no haya pagado la penalización. Sin embargo, en caso de mantener la deuda, no podrá inscribir actos relacionados al estado civil, intervenir en procesos judiciales o administrativos, realizar actos notariales ni suscribir ningún tipo de contrato, ser nombrado como funcionario público, obtener un brevete o inscribirse en programas sociales.
Incluso, el JNE está facultado para iniciar un proceso de cobranza coactiva mediante el cual se pueden embargar cuentas bancarias, entre otros bienes.
Cabe señalar que el mensaje falso utiliza un link de la página web oficial del JNE, habilitado para la consulta de multas electorales. Sin embargo, allí solo se indica la cantidad de multas pendientes y el motivo de cada una.
Ama Llulla solicitó una entrevista con un vocero del JNE para esta verificación, pero no se obtuvo respuesta.
En función a lo expuesto, la red Ama Llulla concluye que la información que circula en WhatsApp acerca de que no pagar una multa electoral inhabilita el derecho al voto en segunda vuelta, es falsa.
*Este chequeo fue elaborado en colaboración con Valeria Mogollón, verificadora voluntaria de la red Ama Llulla.