El Quinto Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo contra el Ministerio de Energía y Minas por haber afectado el derecho a la consulta previa de los pobladores de Supayacu.

 

El Poder Judicial volvió a declarar fundada la demanda de amparo presentada por la comunidad awajún de Supayacu por la presunta vulneración de su derecho a la consulta previa cometida por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) en 2013.

En efecto, el lunes 10 último, el Quinto Juzgado Constitucional de Lima ratificó su decisión emitida en agosto de 2016, cuando también falló a favor de la comunidad nativa.

Se trata de la primera demanda de amparo por consulta previa, en el sector minero, refrendada en primera instancia judicial, la cual deja sentado un precedente al respecto.

Con la resolución judicial se suspende nuevamente el proyecto de exploración minera Yagku Entsa —ubicada en la provincia de San Ignacio, región de Cajamarca— hasta que el MEM haga efectiva la consulta previa correspondiente a las comunidades que podrían verse afectadas, entre ellas Supayacu.

 

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En marzo de 2017, la Cuarta Sala Civil de Lima había anulado la sentencia de agosto de 2016 y ordenó que se realizara un nuevo proceso.

La parte demandante —la comunidad de Supayacu y la Organización Fronteriza Awajún de Cajamarca— alegó que los pobladores no fueron consultados por Exploraciones Águila Dorada S.A.C, empresa que solo obtuvo el permiso de la comunidad awajún Los Naranjos para la viabilidad del proyecto, situado en el distrito San José de Lourdes. Supayacu está en el distrito colindante, Huarango. 

Además de ser comunidades aledañas, ambas también comparten las aguas del río Chirino. Por eso, los pobladores de Supayacu han señalado que se encuentran dentro de la zona de influencia del proyecto minero y les corresponde la consulta previa. Basan sus argumentos en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley 29785, Ley de Consulta Previa, los cuales dictan que “cualquier decisión estatal que afecte sus derechos como comunidad debe serles consultadas en forma previa”. 

 

Supayacu
Supayacu se encuentra en Huarango, San Ignacio, región de Cajamarca. Foto: Frente de Defensa Nororiental de comunidades campesinas y nativas. 

 

Consultado por Convoca.pe, el abogado David Velazco, director de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), indicó que junto con la afectación del derecho a la consulta previa también se ha visto afectado “el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado”. Esta organización brindó asesoría a la comunidad de Supayacu. Velazco agregó que los pobladores están en contra del proyecto minero. 

Asimismo, se refirió al informe del Laboratorio Regional del Agua del Gobierno Regional de Cajamarca, en el cual se consigna que se “comprobó que había contaminación en el río [Chirinos]”.

El abogado ha manifestado que el acuerdo al que llegó inicialmente la comunidad Los Naranjos con la empresa Exploraciones Águila se habría producido sin una consulta real a todos los miembros de esa comunidad. “Ellos [las nuevas directivas de Los Naranjos] han sostenido que nunca hubo una consulta de parte de la junta directiva a la comunidad”. Actualmente, la comunidad de Los Naranjos, se ha manifestado en contra del proyecto Yagku Entsa, puntualizó.