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"Hemos planteado es priorizar el agua. Primero para el consumo humano"

Keiko Fujimori hizo propuesta engañosa sobre el uso del agua para la agricultura y minería

Por Fiorella Montaño | 1 Mayo, 2021

La candidata de Fuerza Popular señaló que dar prioridad al agua para la población, luego la agricultura y, en tercer lugar, la minería, resolvería conflictos sociales originados por su uso. Keiko Fujimori aseguró que, en un eventual gobierno suyo, se implementaría esta estrategia. Sin embargo, Convoca Verifica determinó que ya existe un marco regulatorio que establece lo propuesto por la aspirante a la presidencia del Perú. 

Keiko Fujimori, candidata a la presidencia por Fuerza Popular, se refirió a los conflictos sociales relacionados con proyectos mineros y dio posibles soluciones. Durante una entrevista televisiva, destacó que uno de los mayores problemas en zonas donde hay conflictividad es el acceso al agua. 

Por ello, dijo que una de sus principales propuestas para resolver conflictos sociales será garantizar el acceso al agua en estas zonas. "Lo que nosotros hemos planteado es priorizar el agua. Primero, para el consumo humano, en segundo lugar, para la agricultura, ganadería y, luego, para las actividades extractivas", explicó Fujimori.

Convoca Verifica, la unidad de verificación del discurso y fact-checking de Convoca.pe, revisó la normativa vigente sobre el uso del agua y determinó que lo señalado por la candidata presidencial resulta engañoso. 

Keiko Fujimori se refirió a las prioridades en el uso del agua que daría un eventual gobierno suyo, pero esto ya está normado en la Ley de Recursos Hídricos, que establece el uso y gestión del agua en el territorio nacional. 

Sobre el principio de prioridad, la norma señala que "El acceso al agua para la satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana es prioritario por ser un derecho fundamental sobre cualquier uso, inclusive en épocas de escasez".

Dicha ley establece que el orden de prioridad en el uso de este recurso es: En primer lugar, el uso primario; en segundo lugar, el uso poblacional; y, en tercer lugar, el uso productivo. El uso primario busca satisfacer las necesidades humanas primarias, como la alimentación o el aseo. 

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En cuanto al uso poblacional, que se ubica en segundo lugar de prioridad, la norma señala que "consiste en la captación del agua de una fuente o red pública, debidamente tratada, con el fin de satisfacer las necesidades humanas básicas".

Sobre el uso productivo, se indica que consiste en la utilización del recurso en procesos de producción o previos a los mismos. La Autoridad Nacional del Agua entrega los derechos de uso del agua para la agricultura, minería, transporte, uso medicinal, uso recreativo, entre otras actividades. 

Isaac Martínez consultor en riego y drenaje y exsecretario técnico del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Caplina-Locumba, recordó que ya se encuentra regulado que, si hay una disputa por la licencia de agua entre el sector agrícola y minero, se da prioridad a la agricultura. 

Lo señalado por la candidata Keiko Fujimori resulta engañoso porque la norma ya establece estas prioridades para el uso del agua y un eventual gobierno suyo solo debe cumplirlas. 

Convoca Verifica se comunicó con el área de prensa el partido Fuerza Popular, para pedir mayores detalles sobre esta propuesta, sin embargo respondieron que Fujimori no podía contestar porque estaba en campaña para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. 

Según el último Informe de Conflictos Sociales elaborado por la Defensoría del Pueblo, hasta marzo pasado se habían identificado 194 conflictos sociales en el país, de ellos, el 64.4% eran conflictos socioambientales. De los 125 conflictos socioambientales activos y latentes registrados durante marzo, el 64.0% (80 casos) corresponde a conflictos relacionados a la actividad minera. 

 

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En el informe, se menciona hasta 25 casos de conflictos socioambientales directamente relacionados con el uso del agua. Sin embargo, la mayoría de estos  tiene que ver con denuncias de la población respecto a la contaminación de ríos o lagunas por la actividad minera o petrolera, por lo que su resolución va más allá de a quién se entrega la licencia para uso del agua.