Partido ligado a Antauro Humala tiene como postulantes al Congreso a exfuncionarios inhabilitados para laborar en el Estado

 

Unión Por el Perú (UPP) inscribió en su lista de candidatos al Parlamento, para las elecciones de abril próximo, a tres ex servidores públicos que luego de ser removidos de sus puestos se les impuso inhabilitaciones para desempeñar cargos en entidades estatales, sanciones que continúan vigentes, según información a la que accedió Convoca.pe. Son aspirantes a ocupar una curul como representantes de Lima, Piura y Huánuco. Uno de ellos, registra inhabilitación permanente por haber sido sentenciado por negociación incompatible, delito de corrupción incluido en las normas de “muerte civil”.

 

Por Luis Enrique Pérez | 11 de enero del 2021

 

El partido Unión por el Perú, dirigido por el candidato presidencial y actual congresista José Vega Antonio en coordinación con el recluido Antauro Humala, tiene entre sus postulantes al Poder Legislativo a tres exfuncionarios que figuran como inhabilitados en el registro de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), de acuerdo con documentos obtenidos por Convoca.pe

Ellos son el ex servidor público de la Municipalidad de San Juan de Miraflores, Wilfredo Alayo Jiménez, y los docentes Jorge Alberto Lovón Cueva y Carmen Felipe Soto, quienes aspiran ser representantes en el Congreso de las regiones de Lima, Piura y Huánuco.

Wilfredo Alayo Jiménez, candidato con el número 33 por Lima, fue sentenciado a cuatro años de prisión suspendida por el delito de negociación incompatible, por decisiones realizadas cuando era subgerente de Control Patrimonial de la Municipalidad de San Juan de Miraflores, distrito de la capital peruana. Por esta condena, Servir consignó que Alayo tiene una inhabilitación permanente, tal como se señala en los Decretos Legislativos 1243 y 1295, normas conocidas como de "muerte civil por delitos de corrupción".

 

Sancion Alayo
La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) registró que el candidato de UPP tiene una inhabilitación permanente. Elaboración: Convoca.pe

 

La sentencia contra Alayo está relacionada con la adquisición de un vehículo de segunda mano que se pagó como si se tratara de un vehículo nuevo, transacción que se realizó en 2011. Seis años después, en marzo de 2017, el Primer Juzgado Unipersonal Corte Superior de Justicia de Lima Sur lo condenó a cuatro años de prisión suspendida, así como a inhabilitarlo para desempeñarse en cargos públicos por tres años. 

Sin embargo, Servir registró a Alayo Jiménez como inhabilitado de forma permanente, pues este organismo considera que los Decretos Legislativos 1243 y 1295 precisan que los sentenciados por delitos de corrupción, como negociación incompatible, están incapacitados para asumir cargos o empleos de carácter público. 

Contactado por Convoca.pe, Wilfredo Alayo dijo que Servir actuó de forma irregular al inhabilitarlo de manera permanente. Alegó que el Poder Judicial solo lo sancionó por tres años, plazo que se cumplió en 2020. Afirmó que presentará un recurso judicial para pedir que su nombre sea retirado del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.

“Los de Servir no son jueces. La sentencia dice que es de prisión suspendida, pero en ningún momento el juez dice que se me incluya en la muerte civil. Servir está interpretando mal”, expresó el candidato por UPP.

Además, Alayo indicó que así continuase registrado por Servir como inhabilitado de forma permanente, esto no le impide postular al Congreso. Aseveró que la Ley 30647 le permite ser candidato, pues considera que esta norma establece que el régimen laboral del Parlamento es de la actividad privada, y las sanciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil son para funcionarios específicamente de la actividad pública.

 

JNE
Alayo asegura que la norma electoral le permite ser candidato, a pesar estar inhabilitado de forma permanente por un hecho de corrupción. Foto: Andina

 

"Yo he preguntado también esto al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a una mesa de asesores que tienen. He preguntado personalmente y me han confirmado lo que dice la norma. Por eso me he inscrito", afirmó.

Sobre la legislación que invoca el candidato de UPP, Convoca.pe consultó al abogado laboralista Christian Sánchez, quien manifestó que Wilfredo Alayo "está completamente equivocado”. Explicó que la Ley 30647 excluyó al Congreso de la Ley del Servicio Civil para que no esté sujeto a la regulación de los recursos humanos en el sector público, pero que "no tiene nada que ver con las prohibiciones para postular a cargos de elección popular".

“Sería bueno que mostrara la opinión que dice haber recibido del JNE para conocer los supuestos argumentos de la entidad electoral”, agregó el especialista en derecho laboral y exministro de Trabajo.

Cabe precisar, que la inscripción de Alayo fue declarada como improcedente por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro debido a que el personero legal de UPP, Víctor Soto Remuzgo, presentó su inscripción de forma extemporánea. Esa improcedencia fue apelada por su partido ante el JNE. El ente electoral subnacional no observó la postulación por la sanción que registra el exfuncionario en Servir por “muerte civil”.

Entre los antecedentes políticos de Alayo se encuentra que de 2008 a 2010 estuvo afiliado al Partido Aprista, mientras que del 2010 al 2012 militó en la extinta organización política Cambio Radical. Además, intentó en dos oportunidades ser regidor del distrito de San Juan de Miraflores, cuando postuló por el Partido Reconstrucción Democrática en las elecciones municipales del 2002 y por Cambio Radical en los comicios del 2010.

 

Destituido por “acoso moral”

En el caso de Jorge Alberto Lovón Cueva, candidato número 7 de UPP por la región Piura, registra una sanción de inhabilitación hasta el 26 de octubre del 2022 por una serie de faltas administrativas cometidas entre febrero y abril de 2017, de las cuales la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) N° 6 lo encontró responsable, cuando él se desempeñaba como auxiliar de Educación en el Colegio John F. Kennedy, del distrito de Ate, en Lima.

En octubre de 2017, la UGEL Nº 6 lo destituyó e inhabilitó por cinco años para ejercer cualquier cargo en el sector Educación. Según la sanción, Lovón Cueva habría "faltado de palabra" y "acosado moralmente" al director, docentes y personal administrativo del mencionado centro de estudios, así como "abusado de su autoridad" frente a los alumnos.

 

lovón
Servir confirmó la sanción contra el docente Jorge Lovón Cueva, quien está inhabilitado para ejercer cargos en el sector Educación. Elaboración: Convoca.pe

 

Días después de la sanción a nivel de la UGEL, el ahora candidato Jorge Lovón apeló la sanción ante el Tribunal del Servicio Civil y señaló que los hechos por los que fue destituido no habían sido probados a través de videos, audios o documentos. Sin embargo, Servir declaró infundada su apelación el 7 de febrero de 2018, razón por la cual su inhabilitación sigue vigente hasta el próximo año.

Lovón Cueva también participó en otros procesos electorales, sin éxito. Postuló en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 con el partido Perú Patria Segura para representar a Piura, pero fue excluido de los comicios por el JNE, en diciembre de 2019, debido a que no había consignado en su declaración jurada que tenía una propiedad, ubicada en Santa Anita, Lima. Precisamente, en 2018, fue candidato para la alcaldía del distrito de Santa Anita por Avanza País – Partido de Integración Social.

Con el fin de recoger su versión, Convoca.pe envió mensajes al candidato vía su cuenta de Facebook. Pese a haber leído los mensajes, no envió respuesta alguna hasta el cierre de la edición de este reportaje.

Sancionada hasta el 2023

Otra candidata de UPP que también fue sancionada con cinco años de inhabilitación por infracciones administrativas en el sector Educación es Carmen Felipe Soto, quien postula con el número 3 por la región Huánuco. En junio de 2019, fue sancionada por la UGEL N° 10 de la provincia de Huaral (Lima) por “abandono de cargo” al registrar cinco inasistencias injustificadas al Colegio Emilia Barcia Boniffatti, entre abril y mayo de 2017.

Carmen Felipe apeló la sanción ante el Tribunal de la Autoridad del Servicio Civil, instancia que declaró infundado su requerimiento, por lo que la postulante al Congreso continúa inhabilitada para laborar en el sector Educación hasta junio de 2023.


 

Felipe Soto
Carmen Felipe afirma que el Poder Judicial le otorgó una medida cautelar para volver a sus actividades como docente. Elaboración: Convoca.pe

 

Fue militante de Perú Posible entre el 2007 y 2014. También postuló a la vicepresidencia del gobierno regional de Ica en los comicios del 2014 por el partido Solidaridad Nacional, entonces liderado por el exalcalde Luis Castañeda. Aquella vez, obtuvo menos del 3% de votos.

En diálogo con Convoca.pe, Carmen Felipe Soto calificó su destitución como una “una patraña” y señaló como responsable a la directora del centro educativo, Susana Fernández Armas. Considera que fue removida de su puesto por una supuesta represalia para perjudicarla por haber denunciado irregularidades en los manejos económicos del referido colegio.

La candidata sostuvo que el Poder Judicial le ha otorgado una medida cautelar que la ha repuesto en sus labores desde diciembre de 2020, por lo que solicitará a Servir el retiro de su nombre del registro de sancionados en el que actualmente está incluida.